RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 548 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4787 diciembre 6 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 548 DE 2011

(Diciembre 02)

Por el cual se autoriza el cobro de una Prima de Navidad, voluntaria para el usuario, en la prestación del servicio público de transporte en vehículos tipo taxi

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D)

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el literal c), del artículo 1º del Decreto Nacional 80 de 1987 y los numerales 1 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que le corresponde al Distrito Capital de Bogotá, organizar la actividad transportadora y tarifaria del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de pasajeros en el territorio de su jurisdicción.

Que la Administración Distrital considera conveniente establecer una bonificación adicional a la tarifa fijada actualmente para el servicio de transporte público individual tipo "Taxi" la cual es de carácter voluntario para el usuario, con el fin de fortalecer la red de seguridad de la ciudad y monitoreo de la movilidad en la época decembrina.

Que la Secretaría Distrital de Movilidad, a través de la Subsecretaría de Política Sectorial - Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios, elaboró el informe técnico denominado "Valoración del Incentivo a la Red de Seguridad de Taxistas en la Época Decembrina de Bogotá Positiva en Bogotá, D.C., año 2011" para determinar el monto de la prima de navidad para el servicio de transporte público terrestre de pasajeros en vehículos tipo taxi para el año 2011.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.- Objeto. Establécese para el período comprendido entre el dieciséis (16) de diciembre de 2011 y el seis (6) de enero de 2012 inclusive, una Prima de Navidad voluntaria para el usuario del servicio de transporte público individual en vehículos tipo "taxi" dentro del Distrito Capital, de hasta Un mil pesos M/Cte ($1.000), que se entenderán adicionales a las tarifas oficiales fijadas para ese servicio.

Artículo 2°.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación o expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días de mes de diciembre del año 2011

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor (D)

FRANCISCO FERNANDO ALVAREZ MORALES

Secretario Distrital de Movilidad