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CIRCULAR 115 DE 2011 (Diciembre 21)
La Secretaria General de la Alcaldía Mayor recibió el Oficio No 3486 del 10 de agosto de 2011, por medio del cual el Secretario del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué - Tolima, en virtud de un proceso Ejecutivo Singular del Nuevo Hospital La Candelaria de Purificación Tolima EPS-I contra PIJAOS SALUD EPS, comunica que mediante auto del dieciocho (18) de julio de 2011 se DECRETO EL EMBARGO Y RETENCIÓN DE LOS DINEROS que la Entidad demandada PIJAOS SALUD EPS-I con NIT 809.009.362-2 tenga pendientes de cobrar. Los dineros a retener de conformidad con el auto en mención, deben ser puestos a órdenes de dicho Juzgado en la cuenta de Depósito Judicial N° 7300120310006 del Banco Agrario de Colombia Sucursal de Ibagué, siempre y cuando no gocen de inembargabilidad, limitando dicha medida hasta la suma de $105'000.000,oo Mcte. En tal sentido, remito fotocopia del citado oficio, con el fin de que se dé cumplimiento al requerimiento formulado, remitiendo la información solicitada, directamente al Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué - Tolima. Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General Anexo Lo anunciado, en un (1) folio. Proyectó: Nancy E. Reyes Vásquez Revisó: Edgar Mauricio Gracia Díaz Aprobó: Héctor Díaz Moreno |