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Decreto 665 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4804 diciembre 30 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 665 DE 2011

(Diciembre 28)

"Por medio del cual se modifica el Plan Director del Parque Metropolitano la Independencia PM-24, incorporando una estructura adicional denominada Parque Bicentenario, y se dictan otras disposiciones."

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ D. C., (D)

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el parágrafo 2º del artículo 252 del Decreto Distrital 190 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1º del artículo 252 del Decreto Distrital 190 de 2004, "El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) será la entidad encargada de formular los Planes Directores de los parques de escala regional, metropolitana y zonal. (…)"

Que el Decreto Distrital 215 de 2005 "Por el cual se adopta el Plan Maestro de Espacio Público para Bogotá Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones", en su artículo 42, definió el programa de provisión, recuperación y mantenimiento del sistema de parques metropolitanos y zonales, que se enmarca en la Política de Cubrimiento y Accesibilidad del Espacio Público.

Que el artículo 243 del Decreto Distrital 190 de 2004 establece que los parques distritales se clasifican en parques de escala regional, metropolitana, zonal, vecinal y de bolsillo. De igual manera, el parágrafo 2º del citado artículo dispone que la preservación, manejo, intervención y uso de los parques de escala regional, metropolitana y zonal serán determinados por los Planes Directores, los cuales deberán armonizarse y complementarse con los Planes de Manejo Ambiental, en los casos en que formen parte de la Estructura Ecológica Principal del Distrito.

Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte radicó copia de las certificaciones "COD. IDRD: 03-039" y "COD. IDRD: 03-039 Complemento" emitidas por el Departamento dministrativo de la Defensoría del Espacio Público en el cual se presenta un estudio de las áreas y títulos del Parque Metropolitano La Independencia así:

"A. INFORMACI6N PRELIMAR SOBRE EL GLOBO TOTAL (Predios 1, 2 Y 3)

(...)

6. Solicitado el Boletín de nomenclatura que expide el Departamento Administrativo de Catastro Distrital, correspondiente al predio con código de sector 0081071201, el mismo se encuentra registrado en el Sistema Integrado de Información Catastral a favor de "BOGOTÁ MUNICIPIO", con nomenclatura oficial: Calle 26 No.5-87, relacionando como soporte jurídico la Escritura Pública No. 3743 del 16/09/1943, otorgada en la Notaría Cuarta.

7. Revisado el SIDEP, se ubicó dicha escritura pública, mediante la cual el Municipio adquirió a título de venta y enajenación un globo de terreno junto con sus edificaciones con una cabida de 6.931,49 V2 (4.436.15 M2) con destino al uso público. Dicho instrumento se encuentra registrado en elfolio de matrícula inmobiliaria No. 50C1194980.

8. Examinado el folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-1194980, se observó que también se registra la Escritura Pública No. 3178 del 25/10/1943 otorgada en la Notaria Segunda, mediante la cual el Distrito transfiere a título de permuta a favor de un particular, 2.242,19 V2 (1435,00 M2) del globo de terreno adquirido mediante Escritura Pública No. 3743 del 16/09-1943, otorgada en la Notaría Cuarta. Con esa misma escritura el Distrito adquiere del permutante parte de una zona de terreno ubicada en la carrera 7ª No. 26-00/58, con un área de 1.281,25 V2 (820.00 M2).

9. Posteriormente, el Distrito Capital mediante Escritura Pública No. 1439 del 29/03/2000, otorgada en la Notaria Cincuenta, actualizó la cabida y linderos de la parte restante del inmueble e hizo donación del mismo al Instituto de Cultura y Turismo (IDCT), quedando finalmente un área de 3.199,649 M2, de acuerdo con el levantamiento topográfico que se protocolizó con este último instrumento.

10. Así mismo, le informo que en el archivo jisico de ésta entidad se ubicaron las Escrituras Públicas No. 1318 del 08/07/1905 y No. 1309 del 02/07/1912 otorgadas en la Notaria Segunda, registradas en los folios de Matrícula inmobiliaria 50C-354986 y 50C-260732 respectivamente, mediante las cuales el Gobierno Nacional adquirió varios inmuebles destinados para la ampliación del Parque Centenario, hoy conocido como Parque de la Independencia. "

Que la Secretaría Distrital de Planeación, adelantó la revisión del proyecto de Plan Director presentado por el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte-IDRD para el Parque Metropolitano La Independencia, y concluyó que se ajusta a las normas contenidas en el Decreto Distrital 190 de 2004.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA

Artículo 1°._ Objeto. Modificase el Plan Director del Parque Metropolitano La Independencia según lo establecido en el presente decreto y lo señalado en el Plano "Parque Metropolitano La Independencia y Parque Bicentenario PM-24 " a escala 1:500, que hace parte integral del mismo.

Artículo 2°.- Localización.

El Parque Metropolitano la Independencia y el Parque Bicentenario se ubica en la localidad de Santa Fe, limita al norte con la calle 27 y el Conjunto Residencias del Parque; al sur con el Museo de Arte Moderno de Bogotá (MAMBO), el Edifico Embajador y la Biblioteca Nacional, al oriente con la carrera 5ª y la calle 26; y, al occidente con la Diagonal 26 y la Avenida Alberto Lleras Camargo (Carrera 7).

Artículo 3°.- Descripción.

El Parque Metropolitano la Independencia y el Parque Bicentenario cuenta con un área total de 43.044,05 m2 y se compone de dos zonas de terreno así:

a. Zona correspondiente al Parque Metropolitano la Independencia. Presenta una topografía inclinada e involucra el desarrollo de actividades recreativas, culturales y pasivas.

Se compone de una red de circulaciones peatonales a través de senderos que intercomunican los diferentes lugares del parque y articulan la conexión y movilidad de los sectores aledaños; cuenta con diferentes espacios una zona de jardines, el teatro al aire libre, y batería de baños. Cuenta con una gran extensión de zonas verdes arborizadas.

En el parque se relocalizarán los monumentos de Salvador Camacho Roldán, Joaquín Vélez y Julio Arboleda, existentes en otros sectores del Parque, para integrarlos al espacio público conformado. Adicionalmente se propone la instalación de los monumentos de Jorge Isaacs, Rafael Pombo, Diego Falcón, José Asunción Silva y José Manuel Groot.

b. Zona correspondiente al Parque Bicentenario, se localiza sobre el cajón vial de la calle 26, involucra el desarrollo de actividades recreativas, culturales y pasivas.

Se compone por una serie de plazoletas escalonadas, con una diferencia entre ellas de 1.30 mt (aproximadamente), articuladas mediante taludes verdes que conectan las zonas correspondientes al Parque la Independencia y el Parque Bicentenario.

Las plazoletas se destinan a actividades culturales, retomando el planteamiento inicial de la explanada de las artes, donde se enfatiza el acceso peatonal sobre la carrera 7.

En el costado sur se plantean plazoletas de acceso que demarcan el ingreso a cada uno de los edificios patrimoniales existentes: Edificio Embajador, MAMBO y su ampliación, y Biblioteca Nacional, articulados con senderos peatonales y arborización.

En los alrededores del Quiosco de la Luz se mantienen las características de paisaje y arborización.

Los elementos del mobiliario urbano propuestos, cumplen con las especificaciones y las normas de seguridad establecidas por el Decreto Distrital 603 de 2007 "Por el cual se actualiza la "Cartilla de Mobiliario Urbano de Bogotá D.C.", y se dictan otras disposiciones". Las diferentes áreas cumplen con las normas de accesibilidad de personas con movilidad reducida.

Artículo 4°.- Correspondencia con la Estructura Ecológica Principal y Regional y conectividad con la Región.

El Parque Metropolitano Independencia y el Parque Bicentenario hacen parte de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá D. C., cuya función básica es sostener y conducir la biodiversidad y los procesos ecológicos ambientales.

Ambos parques se articulan física y virtualmente con la Estructura Ecológica Principal de la red de ciudades de la región Bogotá-Cundinamarca, sobre el eje de las Avenidas Jorge Eliécer Gaitán y Alberto Lleras Camargo.

La integración de las zonas descritas en el artículo 3 promoverá el equilibrio y la equidad territorial, al aumentar la oferta de bienes y servicios propios de la ciudad; apoyando los programas de dotación, equipamientos y mejoramiento integral en un entorno deficitario; y favorecerá la identidad, apropiación, pertenencia, participación y solidaridad de la población en un territorio común.

Artículo 5°.- Correspondencia con los sistemas generales.

1. SISTEMA DE MOVILIDAD. El Parque Metropolitano Independencia y el Parque Bicentenario se conectan de Norte al Sur a través de la malla vial arterial, específicamente de las Avenidas Fernando Mazuera (Carrera 10) y Alberto Lleras Camargo (Carrera 7) que establece la movilidad con el Parque Nacional y en sentido oriente al occidente a través de la Avenida Jorge Eliécer Gaitán (Calle 26), la cual establece la conectividad con el Parque Cementerio Central, El Renacimiento y el globo B, en el entorno inmediato, se conecta a través de las vías locales carrera 5, diagonal 26 y calle 27.

El Parque Metropolitano Independencia y el Parque Bicentenario quedarán articulados con el corredor troncal de la calle 26 integrada al sistema de transporte masivo en su fase III y Alberto Lleras Camargo (Carrera 7). Se conectan indirectamente con el corredor Avenida Caracas y Avenida Jorge Eliécer Gaitán (calle 26) de la red principal de ciclorrutas y la Avenida Alberto Lleras Camargo (Carrera 7) de la red complementaria.

2. SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS URBANOS. El Parque Metropolitano Independencia y el Parque Bicentenario hacen parte del Sistema de Equipamientos Urbanos, al contar con un espacio, clasificado por la naturaleza de su función como Equipamiento Deportivo y Recreativo y por su cubrimiento como Equipamiento Urbano de escala Metropolitana, el cual mejora los índices de seguridad humana a las distintas escalas de atención en la perspectiva de consolidar la ciudad.

Los parques se complementan con otros equipamientos existentes, como La Biblioteca Nacional y El Museo de Arte Moderno.

3. SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO CONSTRUIDO. El Parque Metropolitano Independencia y el Parque Bicentenario harán parte del Sistema de Espacio Público Construido, componente Parques Distritales.

Las zonas denominadas Parque Independencia y Parque Bicentenario conforman un parque de de escala metropolitana que se identifica con el código PM-24.

Ambos parques se articulan a través del componente espacios peatonales, red de andenes, sobre la Avenida Alberto Lleras Camargo (Carrera 7), carrera 5 y diagonal 26.

4. SISTEMAS GENERALES DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL PARQUE METROPOLITANO INDEPENDENCIA Y EL PARQUE BICENTENARIO.

4.1. ACUEDUCTO. Se conectan al sistema Chingaza y la Planta de Tratamiento Wiesner, a través de la red matriz de la zona oriental que es alimentada por el tanque de almacenamiento El Silencio.

4.2. SANEAMIENTO BÁSICO. Cuentan con colectores para aguas lluvias de las redes locales que pertenecen al sistema de alcantarillado y pluvial Cuenca del Parque. Hace parte del sistema general de recolección de basuras a través del Consorcio Aseo Capital.

4.3. ENERGÍA ELÉCTRICA. La red eléctrica se conecta a la red de baja tensión existente en el sector. La acometida aérea accede a los parques sobre la carrera 7 entre la avenida calle 26 y calle 27. Se plantean luminarias peatonales sobre los senderos, circulaciones, escaleras y plazoletas al interior de ambos parques.

4.4. SISTEMA DE GAS Y TELECOMUNICACIONES: Se conectarán con redes de suministro de gas y telecomunicaciones, de acuerdo a los requerimientos técnicos de los parques.

Artículo 6°.- Correspondencia con las centralidades y las operaciones estratégicas.

El Parque Metropolitano La Independencia y Parque Bicentenario se localizan junto a la centralidad de integración nacional e internacional, Centro (Centro Histórico- Centro Internacional), por lo que contribuirán a proteger el patrimonio cultural y a promover la renovación urbana del sector.

Se encuentra dentro de la Operación Estratégica Centro (Centro Histórico- Centro Internacional, prioritaria, de conformidad con lo estipulado en el artículo 26 del Decreto Distrital 190 de 2004, para jerarquizar programas, actuaciones y proyectos, y orientar recursos de inversión en áreas especiales de la ciudad que se consideran fundamentales para consolidar en el corto, mediano y largo plazo.

Adicionalmente hacen parte integral de la Unidad de Planeamiento Zonal Sagrado Corazón, UPZ 91.

Artículo 7°.- Estructura administrativa y de gestión del parque.

En consonancia con lo dispuesto en el artículo 2º del Acuerdo 4 de 1978, Acuerdo 19 de 1996 y el artículo 2º del Decreto Distrital 759 de 1998, el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte será el encargado de la administración del Parque Metropolitano Independencia y del Parque Bicentenario, directamente o a través de terceros.

Las actividades de mantenimiento y preservación de los elementos constitutivos de los parques deberán sujetarse a las disposiciones de la Resolución IDRD número 321 del 24 de julio de 2002, en la cual se estableció el "Programa de Mantenimiento y Preservación de los parques metropolitanos, urbanos y zonales de Bogotá D. C.", al Decreto Distrital 463 del 22 de diciembre de 2003, "Por el cual se reglamenta la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales", así como al Decreto Distrital 215 del 7 de julio de 2005 "Por el cual se adopta el Plan Maestro del Espacio Público para Bogotá D. C., y se dictan otras disposiciones", y a las demás normas vigentes sobre la materia.

Artículo 8°.- Normas establecidas por las autoridades ambientales.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nacional 2820 de 2010, los parques distritales de escala regional, metropolitana y zonal no se encuentran dentro de los proyectos, obras y actividades sujetos a licencia ambiental ni aprobación de planes de manejo ambiental..

El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte deberá atender las medidas de manejo contempladas en la guía IDU-DAMA de "Manejo Ambiental para proyectos de Infraestructura Urbana en el Distrito Capital".

Artículo 9°.- Ordenamiento del Parque Metropolitano la Independencia y el Parque Bicentenario.

Los elementos descritos en este artículo corresponden al plano de localización general, denominado "Parque Metropolitano La Independencia y Parque Bicentenario" "Plan Director", a escala 1:500, el cual forma parte integral de este Decreto.

1. CIRCULACIÓN PEATONAL. La circulación peatonal del Parque Metropolitano La Independencia y Parque Bicentenario se compone de diversos elementos que articulan las diferentes áreas de los parques, como son senderos, escaleras, rampas y plazoletas. Estos varían de ancho entre los 2.00 y 6.00 mts, y permiten el tránsito de personas con movilidad reducida. Al sur del Parque Bicentenario se generan andenes y plazoletas que permiten la accesibilidad a las dos zonas.

2. LOCALIZACIÓN DE LOS USOS PRINCIPALES, COMPLEMENTARIOS Y ESPACIOS ABIERTOS.

Usos principales. Recreación pasiva.

Usos compatibles. Ubicación de expresiones artísticas, administración, puestos de primeros auxilios, puestos de información tanques y plantas de bombeo.

Usos condicionados. Usos culturales.

Usos prohibidos. Residencial, industrial, minero, comercio y todos los que no estén contemplados en los usos principales y compatibles.

3. CUADRO DE ÁREAS E ÍNDICES DE OCUPACIÓN

El siguiente cuadro de áreas presenta los usos representativos del parque y las áreas que se manejaran en los rangos presentados:

PARQUE BICENTENARIO

Nuevos senderos-rampas-escaleras

 

 

1.836,04

 

 

 

1.836,04

 

Deck- Terrazas

 

 

2.605,15

 

 

 

2.605,15

 

Nuevos taludes-Coberturas vegetales

 

 

 

5.160,00

 

 

5.160,00

 

Quiosco de la luz

129,25

 

 

 

 

 

129,25

 

COSTADO SUR CALLE 26

 

 

 

 

 

 

0,00

 

Andenes-rampas-escaleras

 

610,71

 

 

 

 

610,71

 

Plazoleta Frente a Biblioteca Nacional

 

734,92

 

 

 

 

734,92

 

Plazoletas Frente a MAMBO

 

 

182,16

 

 

 

182,16

 

Taludes-Cobertura Vegetal

 

 

 

557,29

 

 

557,29

 

CARRERA SEPTIMA

 

 

 

 

 

 

0,00

 

Rampas-escaleras

 

231,53

 

 

 

 

231,53

 

Subtotal Parque Bicentenario

 

 

 

 

 

 

 

12.047,05

 

Porcentaje

0,30%

17,65%

10,74%

71,31%

0,00%

0,00%

100,00%

 

 

Total

129,25

7.596,36

4.623,35

30.695,09

0,00

0,00

43.044,05

43.044,05

Nota: Los usos complementarios podrán ocupar un total de 0,50% adicional a la ocupación permitida para las edificaciones.

4. ACCESOS, CERRAMIENTOS Y CONTROLES. De acuerdo con el planteamiento del presente Plan Director no se cuenta con elementos de cerramiento o de control para el acceso, salvo aquellos espacios que requieran garantizar la seguridad de los usuarios de movilidad reducida. Se accede por la carrera séptima, por el andén a los senderos internos y por una plazoleta.

5. PAISAJISMO, ARBORIZACIÓN Y MOBILIARIO: Las especies propuestas para la plantación y manejo de la vegetación existente, cumplen con el diseño paisajístico del Plan Director, así como con los lineamientos y especificaciones que determina el Jardín Botánico José Celestino Mutis y la Secretaría Distrital de Ambiente.

El Parque se caracteriza por una topografía artificial ondulada; la arborización propuesta se conforma mediante especies que se adaptan a las condiciones espaciales y técnicas del proyecto, caracterizando cada área.

Asimismo se consolidan extensas zonas verdes con jardines como parte del manejo ambiental del parque.

El mobiliario propuesto es el que se encuentra en la Cartilla de Mobiliario Urbano Decreto Distrital 603 de 2007, sin embargo se propone la banca remate talud y otros elementos que hacen parte de los pliegues que se articula con las condiciones topográficas de la zona.

Artículo 10°.- Proyectos.

Todo proyecto que se vaya a adelantar en el Parque Metropolitano Independencia deberá desarrollarse de acuerdo con las características y localizaciones descritas en el presente Decreto y su plano anexo.

Artículo 11°.- Actualización de planos urbanísticos.

La Dirección de Información, Cartografía y Estadística de la Subsecretaría de Información y Estudios Estratégicos de la Secretaría Distrital de Planeación, efectuará las modificaciones y anotaciones a que haya lugar en los planos urbanísticos colindantes con el Parque, según lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 12°.-. Ámbito de aplicación.

El presente Decreto no ampara los cerramientos y/o construcciones que no estén señalados en el Plan Director del Parque Metropolitano Independencia, delimitado en el plano que forma parte integral del mismo, y tiene efectos únicamente sobre los predios de propiedad del Distrito Capital.

Artículo  13º.-. Vigencia y derogatorias.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital, modifica en lo pertinente el Decreto Distrital 192 de 2007,deroga el Decreto Distrital 398 de 2008 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Además, deberá ser publicado en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 462 del Decreto Distrital 190 de 2004.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del es de diciembre del año 2011

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

JUAN DAVID DUQUE BOTERO

Secretario Distrital de Planeación (E)