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ACUERDO LOCAL 006 DE 2011 (Diciembre 15) Por cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local del 2012, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 del 2010. CONSIDERANDO: Que la Alcaldesa Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010, Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2011EE290466 del día 04 de Octubre de 2011, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $34.129.553.000 para la vigencia. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 12 del 25 Noviembre de 2011, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, el cual asciende a la suma de sesenta y cuatro mil ciento veinte y nueve millones quinientos cincuenta y tres mil ($64.129.553.000) PESOS M/CTE, para la vigencia fiscal 2012. Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que en mérito de lo anterior, ACUERDA ARTÍCULO 1. Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012, por la suma de sesenta y cuatro mil ciento veinte y nueve millones quinientos cincuenta y tres mil ($64.129.553.000) PESOS M/CTE., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2. Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal de enero 1º. A diciembre 31 de 2012, por la suma de sesenta y cuatro mil ciento veinte y nueve millones quinientos cincuenta y tres mil ($64.129.553.000) PESOS M/CTE acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º. De Enero de 2012PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los veintiséis (26) días del mes de diciembre de dos mil once (2011). CARLOS ALBERTO SALAMANCA BAUTISTA Presidente de la J.A.L NUBIA E. BERMÚDEZ FORERO Secretaria de la J.A.L. El presente Acuerdo sancionado por: MARTHA JANNETH BOLÍVAR GUZMÁN Alcaldesa Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4802 de diciembre 28 de 2011. |