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Resolución 8 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/02/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/02/2012
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA,

RESOLUCIÓN 8 DE 2012

(Febrero 2)

"Por la cual se designa un Vocal de Control como miembro de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para el período estatutario 2012-2013"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6º del artículo 27 de la Ley 142 de 1994; el literal e) del artículo 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995, y el artículo 56 del Decreto 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las juntas directivas de las empresas distritales de servicios públicos domiciliarios estarán conformadas así: Dos terceras partes de sus miembros serán designados libremente por el Alcalde Mayor y, la otra tercera parte, serán delegados de los usuarios y de organizaciones sociales, cívicas, gremiales o comunitarias, en la proporción que determine el Concejo Distrital de acuerdo con la ley.

Que para efectos de conformar la tercera parte de los miembros de las juntas directivas de las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios del orden Distrital, su escogencia se hará entre los Vocales de Control que figuren registrados como representantes de los Comités de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios, conforme a lo previsto en el numeral 27-6 del artículo 27 de la Ley 142 de 1994 y el literal e) del artículo 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995.

Que al respecto, en el Acuerdo 13 de 2004, que reformó los Estatutos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, en concordancia con el artículo 1º del Decreto Distrital 046 de 2012, se prevé que la Junta Directiva de la Empresa estará integrada por nueve (9) miembros, incluidos los tres (3) Vocales de Control registrados ante la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios.

Que agotado el procedimiento dispuesto en el Decreto Distrital 161 de 2005, adicionado por el Decreto 298 de 2005, la Subdirectora Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Entidades sin Ánimo de Lucro remitió, para la elección de las Ternas por parte del señor Alcalde Mayor, mediante memorando No. 3-2011-37627 del 29 de diciembre de 2011 los documentos del proceso de la Asamblea realizada el 19 de diciembre de 2011 para la elección de la conformación de las Ternas de los Vocales de Control que harán parte de la Junta Directiva de la EAAB.

Que la Terna 1 allegada está conformada por los señores Roberto Carlos Parra Borrego, Helber Hugo Morales Rincón y Ricardo Esteban Loaiza Morantes.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar como miembro de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, al señor ROBERTO CARLOS PARRA BORREGO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.362.435, para un período de un (1) año, contado a partir de la fecha de posesión.

Artículo 2º.- Comunicar la presente resolución al ciudadano designado, al Gerente General de la Empresa de Acueducto de Alcantarillado de Bogotá - ESP, y al Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

Artículo 3.- Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de febrero de 2012.

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor