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Resolución 526 de 2012 Departamento Nacional de Planeación

Fecha de Expedición:
29/03/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/03/2012
Medio de Publicación:
Diario Oficial 48388 del 30 de marzo de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 526 DE 2012

RESOLUCIÓN 526 DE 2012

(Marzo 29)

Por la cual se establecen los lineamientos técnicos para las estrategias de superación de la pobreza que formulen las entidades territoriales en sus planes de desarrollo.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9° de la Ley 1450 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que se evidenció la ausencia de integración entre los instrumentos de planeación y gestión territorial integral con la estrategia para la superación de la pobreza extrema y el manejo de la Línea Base Familiar de la Red Unidos, según lo señalado en "Las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para todos", artículo 2° de la Ley 1450 de 2011;

Que en las bases del Plan Nacional de Desarrollo se dispuso que las entidades territo­riales deberán formular sus planes para la superación de la pobreza extrema acordes con la estrategia de superación de pobreza definida en el Plan Nacional de Desarrollo:

Que el artículo 9° de la Ley 1450 de 2011 estableció que el Gobierno Nacional coordinará que las estrategias en superación de pobreza extrema que formulen las entidades territoriales contengan metas, programas, proyectos y recursos, los cuales deben estar articulados en sus planes de desarrollo y en sus presupuestos anuales y que el Departamento Nacional de Planeación diseñará y orientará los lineamientos técnicos mínimos que deberían contener los planes de desarrollo y los presupuestos de las entidades territoriales en materia de es­trategias de superación de la pobreza extrema;

Que en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Lineamientos técnicos para tos planes de desarrollo. Las estrategias para la superación de la pobreza extrema que las entidades territoriales decidan incluir dentro de sus planes de desarrollo deberán contener al menos:

a) La línea de base de la situación de las familias y personas en pobreza extrema con base en la información del Sistema de Información de UNIDOS - SIUNIDOS.

b) El diagnóstico de los factores que dificultan el cumplimiento de los logros.

c) Las metas a alcanzar durante el periodo de gobierno.

d) Las acciones generales a ejecutar en cada una de las dimensiones y logros.

e) La estimación de los recursos que se destinarán.

Parágrafo: La "Guía para la elaboración de los planes locales de lucha contra la pobreza extrema", que hace parte de la presente Resolución, fija los lineamientos técnicos que las entidades territoriales deberían tener en cuenta para la elaboración de las estrategias y planes territoriales para la superación de la pobreza extrema.

Artículo 2°. Lineamientos técnicos para tos presupuestos anuales. Las estrategias para la superación de la pobreza extrema que las entidades territoriales decidan incluir dentro de sus presupuestos anuales, deberán contener mínimamente:

a) Las metas anuales a alcanzar,

b) Las acciones a ejecutar durante la vigencia fiscal.

c) La estimación de los recursos anuales.

Artículo 3°. Vigencias. La presente resolución rige a partir de la fecha su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 29 dias del mes de marzo del año 2012

MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 48388 de marzo 30 de 2012