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DECRETO 166 DE 2012 (Abril 12) Por medio del cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, el artículo 23 del Decreto 669 de 2011 y, CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 603 del 20 de diciembre de 2011, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2012, el cual fue liquidado según Decreto No. 669 del 29 de diciembre de 2011. Que la Secretaría Distrital de Ambiente solicita adicionar recursos con fundamento en el Acuerdo de Asociación para el Desarrollo entre las ciudades de Stuttgart (Alemania) y Bogotá, firmado por los respectivos Alcaldes el 17 de noviembre de 2008, radicado en la Alcaldía Mayor con el número 3-2008-37037; el Acuerdo de socios firmado entre los representantes de los departamentos ambientales de Stuttgart y Bogotá, en marzo de 2009 bajo el nombre INTEGRATION. Que INTEGRATION es una iniciativa de la Unión Europea en el marco del programa URB-AL III, desarrollada en Bogotá bajo la coordinación técnica de la Secretaría Distrital de Ambiente; cuyo objetivo principal es la Planeación Urbana para la reutilización y revitalización de predios contaminados con participación social. Que la Secretaría Distrital de Ambiente y el Departamento de Protección Ambiental Ciudad Stuttgart, en el marco del Acuerdo de Colaboración firmaron Adenda (sic) No. 1 en marzo de 2010 y Adenda (sic) No. 2 en octubre de 2010, con el propósito de implementar el proyecto de INTEGRATION y dar cumplimiento a las obligaciones contractuales. Que la Tesorería Distrital, registró el ingreso por valor de doscientos diecisiete millones doscientos setenta y ocho mil cuatrocientos once pesos ($217.278.411), según Acta de Legalización No.20591 del 25 de abril de 2011, depositados en la cuenta de ahorros No. 220-032-11584-2 del Banco Popular, recursos que fueron adicionados el año pasado según Decreto No. 270 de junio 24 de 2011. Que de acuerdo con lo manifestado por la Secretaría Distrital de Ambiente y según consta en el sistema de Presupuesto Distrital -PREDIS "Informe de ejecución del Presupuesto de inversiones detallado por fuentes de financiación", de los recursos apropiados la entidad solamente comprometió ochenta y un millones cuatrocientos treinta mil setecientos treinta siete pesos ($81.430.737), quedando un saldo sin ejecutar por valor de ciento treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos ($135.847.674), para ser adicionados en la presente vigencia fiscal. Que la incorporación de los recursos se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 714 de 1996 y el artículo 23 del Decreto 669 de 2011, que dispone: "Las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al Presupuesto como Donaciones de Capital por Decreto del Alcalde/sa Mayor o Alcalde/sa Local según corresponda, previa certificación de su recaudo expedida por el/la Tesorero/a o quien haga sus veces, salvo que los reglamentos internos de los donatarios exijan requisitos diferentes". Que en mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1º. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2012, en la suma de ciento treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos ($135.847.674) moneda corriente según el siguiente detalle:
Artículo 2º. Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2012, en la suma de ciento treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos ($135.847.674) moneda corriente según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL 126 SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de abril del año 2012. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá D.C. RICARDO BONILLA GONZÁLEZ Secretario Distrital de Hacienda |