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Decreto 190 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/03/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/1997
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM01901997

DECRETO 190 DE 1997

(Marzo 17)

"Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias al Concejo Distrital de Santa Fe de Bogotá, D.C.".

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, D.C.,

en ejercicio de las atribuciones legales que le confiere el artículo 10 del Decreto 1421 de 1993

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Convócase al Concejo Distrital a sesiones extraordinarias, durante los términos comprendidos entre el 18 y el 21 de marzo, continuando el 31 de marzo y hasta el 14 de abril de 1997, para que se ocupe del estudio de los siguientes asuntos:

A. Proyectos de Acuerdo:

* Por el cual se organiza el Sistema del Tiempo y del Espacio Público, se transforma el Instituto de Desarrollo Urbano en la Empresa ESTEP, se suprimen la Secretaría de Obras Públicas, la Secretaría de Tránsito y Transporte y el Fondo de Educación y Seguridad Vial, FONDATT, y se dictan otras disposiciones.

* Por el cual se suprime el Centro Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos - SISE y se le conceden unas facultades al Alcalde Mayor de la Ciudad.

* Por el cual se reglamenta la publicidad exterior visual en Santa Fe de Bogotá, D.C.

* Por medio del cual se incorporan unas modificaciones al Acuerdo 20 de 1994.

B. Dar debate en sesión plenaria a los siguientes proyectos de Acuerdo:

* No. 015 de 1997 "Por el cual se efectúan unas modificaciones en el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones para la vigencia fiscal de 1997".

* No. 012 de 1997 "Por medio del cual se determinan los sistemas y métodos con base en los cuales las Juntas Administradoras Locales, podrán establecer el cobro de derechos por concepto de uso del espacio público para la realización de actos culturales, deportivos, recreacionales o de mercados temporales, se modifican y adicionan los artículos 120 y 464 del Acuerdo No. 18 de 1989".

ARTICULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

Nota: El presente Decreto fue publicado en el Registro Distrital No. 1376 del 17 de marzo de 1997