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Acuerdo Local 004 de 2012 Junta Administradora Local de la Candelaria

Fecha de Expedición:
15/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/01/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5037 del 3 de Enero de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 004 DE 2012

 

(Diciembre 15)

 Liquidado por el Decreto Local 14 de 2012

 Por medio del cual se expide el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2013

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº  2012EE260741  de 01 de noviembre de 2012, comunicó la Cuota de asignación por un monto de DOCE MIL NOVECIENTOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($12.909.268.000,00) para la vigencia.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 06 de treinta (30) de noviembre de 2012, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de VEINTITRES  MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($23.826.869.000,00), para la vigencia fiscal  de 2013.

 

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013 por la suma de VEINTITRES  MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($23.826.869.000,00), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

10,847,000,000

2

INGRESOS

12,979,869,000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

70,601,000

2.2

TRANSFERENCIAS

12,909,268,000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

23,826,869,000

 

 

ARTÍCULO 2.- Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de VEINTITRES  MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($23.826.869.000,00), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

23,826,869.000

3.1

FUNCIONAMIENTO

1.082,010,000

3,3

INVERSIÓN

22,744,859,000

4

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

23,826,869,000

 

ARTÍCULO 3.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los quince (15) días del mes de Diciembre de dos mil doce (2012)

 

LUIS FERNANDO GARZÓN LOZADA

 

Presidente Junta Administradora Local

 

JOSUE DARIO RODRIGUEZ ACOSTA

 

Secretario Junta Administradora Local

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA,

 

En uso de las facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 81 y 89 numerales primero y segundo: sanciona el presente Acuerdo Local por medio del cual se aprobó el Presupuesto anual para la vigencia de 2013.

 

Dado en Bogotá, D.C.  a los 17 días del mes de diciembre del año 2012.

 

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

 

Alcalde Local de La Candelaria