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Circular 1 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería de Tecnologías de Información y las Comunicaciones

Fecha de Expedición:
22/02/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 001 DE 2013

(Febrero 22)

PARA:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA, GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS Y DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS INDUSTRITALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, ALCALDES/AS LOCALES Y RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

DE:

ALTO CONSEJERO DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES – TIC

ASUNTO:

SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 011 DE 2012.

La Alta Consejeria Distrital de TIC en su función de seguimiento de las políticas, lineamientos y directrices distritales en materia de tecnologías de información y comunicaciones para el fortalecimiento de la función administrativa y misional de los sectores y entidades de Bogotá Distrito Capital, invita a cada una de las entidades que aún no han realizado las actividades enunciadas en la Directiva 11 de 2012, para que antes del 8 de marzo realicen las tres primeras actividades, a saber:

1. Registrar los datos del talento humano experto en software libre en el sitio web que para el efecto publicitará la Comisión Distrital de Sistemas de la Alcaldía Mayor de Bogotá información que deberá permanecer actualizada.

2. Documentar los proyectos exitosos que se hayan adelantado en implementación de software libre.

3. Remitir a la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones – TIC-, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la expedición de esta Directiva, un plan de acción con el correspondiente cronograma que identifique para las vigencias 2013 a 2016, los proyectos y recursos que serán destinados para efectos de implementar y aplicar la política de promoción y uso de Software Libre en el marco de lo establecido en la Resolución No. 305 de 2008 y su Anexo 18 (el cual puede ser consultado en la página www.cds.gov.co). Los proyectos enviados harán parte de un banco de proyectos distritales de software libre y estarán enmarcados en acciones para la implementación de soluciones informáticas que incluyan componentes de software libre y que permitan a corto, mediano y largo plazo la migración de herramientas propietarias a herramientas de software libre.”

Para adelantar las actividades 1 y 2 se dispuso en la página web de la Comisión Distrital de Sistemas www.cds.gov.co una opción denominada Software Libre, ella le permite entrar al Observatorio de Software Libre y realizar el registro del talento humano y el registro de las experiencias exitosas. Cualquier dificultad de acceso o registro que se les presente en el desarrollo de estas actividades favor comunicarse con el Subdirector de Informática y Sistemas de la Secretaría General, Ingeniero Fabio Fernando Sánchez Sánchez al número 3813000 Ext 1160.

Cualquier duda o aclaración que considere necesaria, para la adoptar la presente circular, favor comunicarse a la Alta Consejería Distrital de TIC con el Ingeniero Nelson Dario Rico Pinzón al número 3813000 Ext 2709 o a la cuenta de correo ndrico@alcaldiabogota.gov.co.

Cordialmente,

MAURICIO TRUJILLO URIBE

Alto Consejero Distrital de TIC