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Decreto 2882 de 2013 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
11/12/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/01/2014
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 49041 del 22 de enero de 2014.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2882 DE 2013

(Diciembre 11)

Por el cual se corrige un yerro en el artículo de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, por la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el Secretario General de la Cámara de Representantes, con oficio de fecha 12 de noviembre del presente año, corre traslado de una solicitud para que sea corregido el yerro en la cita o referencia de una ley, evidenciado en el artículo de la Ley 1529 de 2012.

En efecto, en dicho artículo se hace una referencia a la Ley 1426 de 2010, siendo lo correcto mencionar la Ley 1406 de 2010.

Que sancionada y promulgada la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 y advertido el yerro descrito, hace necesario corregirlo.

Que la posibilidad de efectuar tal corrección encuentra fundamento en lo previsto en el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, que señala: “Los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador” y sentencia C-520 de 1998 de la Corte Constitucional.

Que en consecuencia, en virtud de que no queda duda alguna sobre la intención del legislador, se hace necesario corregir el yerro en el artículo de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 “por medio de la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones”.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Corríjase el artículo  de la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, por la cual se modifica la Ley 75 de 1989 y se dictan otras disposiciones, la cual quedará así:

ARTÍCULO 1°. El artículo 16 de la Ley 75 de 1989 modificado por la Ley 1406 de 2010, quedará así: “El Aeropuerto Internacional de Bogotá, D. C. se llamará Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento”.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012, con la corrección que se establece en el presente decreto.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente decreto deberá entenderse incorporado a la Ley 1529 del 16 de mayo de 2012 y rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2013

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

CECILIA ALVAREZ CORREA GLEN

LA MINISTRA DE CULTURA

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA