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Resolución 1815 de 2001 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
28/12/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2001
Medio de Publicación:
Publicada en el registro distrital 2544 del 28 de diciembre de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Número 1815 de 2001

RESOLUCIÓN 1815 DE 2001

(Diciembre 28)

«Por la cual se ajustan para el año 2002 los rangos de avalúos catastrales y de ingresos para los contribuyentes del sistema preferencial del Impuesto Predial Unificado e Industria, Comercio, Avisos y Tableros, y se ajustan al múltiplo de mil los valores a pagar».

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ.

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el parágrafo segundo de los artículos 1º y 8º del Acuerdo No. 26 del 29 de diciembre de 1998.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Los rangos de avalúo catastral y los valores en pesos equivalentes a los salarios mínimos diarios vigentes para el año gravable 2002, aplicables al Sistema Preferencial de Pago del Impuesto Predial Unificado para predios residenciales de los estratos 1 y 2 son:

VALORES EN PESOS EQUIVALENTES A LOS SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS VIGENTES

RANGO DE AVALÚO CATASTRAL

PRIMER PLAZO

PLAZO SIN DESCUENTO

Hasta

$ 4.500.000

0

0

$ 4.500.001

Hasta

$ 10.600.000

$ 10.000

$ 21.000

$ 10.600.001

Hasta

$ 15.000.000

$ 21.000

$ 31.000

$ 15.000.001

Hasta

$ 22.600.000

$ 31.000

$ 41.000

$ 22.600.001

Hasta

$ 33.200.000

$ 62.000

$ 82.000

$ 33.200.001

Hasta

$ 40.700.000

$ 93.000

$ 113.000

$ 40.700.001

Hasta

$ 60.300.000

$ 124.000

$ 144.000

MAS DE

 

$ 60.300.000

$ 185.000

$ 206.000

ARTÍCULO 2º. Los rangos de ingresos netos y los valores en pesos equivalentes a los salarios mínimos diarios vigentes para el año gravable 2002 para los contribuyentes del régimen simplificado que se acojan al sistema preferencial del Impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros, son: Ver arts. 1 y 8 Acuerdo Distrital 026 de 1998

RANGO INGRESOS NETOS AÑO 2000

VALORES EN PESOS EQUIVALENTES A LOS SALARIOS MINIMOS DIARIOS VIGENTES

0

$ 22.600.000

0

$ 22.600.001

$ 30.100.000

$ 82.000

$ 30.100.001

$ 45.100.000

$ 124.000

$ 45.100.001

$ 67.800.000

$ 247.000

$ 67.800.001

$ 90.400.000

$ 371.000

$ 90.400.001

$ 117.400.000

$ 618.000

ARTÍCULO 3º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 1º de enero del año 2002.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil uno (2001).

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda Distrital