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Decreto 215 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/06/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/06/2014
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 215 DE 2014

(Junio 03)

Por medio del cual se da por terminado un encargo y se hace un encargo

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1950 de 1973 y

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., mediante Decreto Distrital 122 del 4 de abril de 2014, dio cumplimiento a la suspensión inmediata de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, ordenada por el Contralor de Bogotá, D.C.

Que por medio del mismo Decreto Distrital encargó de las funciones del cargo de Director General Código 050 Grado 04 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, al doctor RAFAEL EDUARDO RODRÍGUEZ ZAMBRANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.140.726, Secretario de despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad, por el término de la suspensión de la titular del cargo.

Que teniendo en cuenta que la Secretaría Distrital de Movilidad tiene a su cargo las políticas del sistema de movilidad del Distrito Capital, las cuales requieren la totalidad de la atención por parte del Secretario de despacho, se requiere dar por terminado el encargo de las funciones del cargo de Director General Código 050 Grado 04 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, efectuado al doctor RAFAEL EDUARDO RODRÍGUEZ ZAMBRANO mediante Decreto Distrital 122 del 4 de abril de 2014.

Que en ese sentido, se hace necesario realizar un encargo de las funciones del cargo de Director General Código 050 Grado 04 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese despacho tiene a su cargo.

Que en mérito de lo expuesto,

 Ver Decreto 618 de 2014.

DECRETA

Artículo 1°.- Dar por terminado a partir de la fecha el encargo de las funciones del cargo de Director General Código 050 Grado 04 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, efectuado mediante Decreto Distrital 122 del 4 de abril del 2014, al doctor RAFAEL EDUARDO RODRÍGUEZ ZAMBRANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.140.726, Secretario de despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad, de conformidad con las consideraciones que anteceden.

Artículo 2°.- Encargar a partir de la fecha , al doctor JUAN CARLOS ABREO BELTRAN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.103.021, Subdirector Técnico 068 Grado 01 de la Subdirección Técnica de Mantenimiento del Subsistema Vial de la Dirección Técnica de Mantenimiento del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, de las funciones del cargo de Director General Código 050 Grado 04 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, por el término de la duración de la suspensión de la titular del cargo.

Artículo 3°.- Comuníquese a los doctores RAFAEL EDUARDO RODRÍGUEZ ZAMBRANO y JUAN CARLOS ABREO BELTRAN, el contenido del presente Decreto Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 4°.- Comuníquese a la Secretaría Distrital de Movilidad, al Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV, y a la Subdirección de talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto Distrital, a través de la Subdirección de gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 5°.- El presente Decreto Distrital rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de junio del año 2014.

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor