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Resolución 003 de 2014 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
16/05/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/06/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5371 del 09 de junio de 2014.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2014

 

(Mayo 16)

Derogada por el art. 3, Resolución IDRD 6 de 2014

Por la cual se modifica el numeral 5 del artículo 3 de la Resolución de Junta Directiva No. 002 del 13 de septiembre de 2005

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales y, en especial las conferidas por el numeral 5° del artículo 5° del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas de derecho público, creado mediante el Acuerdo 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.

 

Que el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993, señala que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a las normas que las organizan y la tutela de la administración a que están sometidas tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del gobierno Distrital.

 

Que el numeral 7° del artículo 17 de la Resolución 05 del 13 de 1997 dispone que es función de la Junta Directiva “...adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias”.

 

Que en cumplimiento de lo anterior, la Junta Directiva del IDRD expidió la Resolución No.002 del 13 de septiembre de 2005 “Por la cual se establece la estructura orgánica de INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE y se determinan las funciones de sus dependencias”.

 

Que se hace necesario modificar la función establecida en el numeral 5 del artículo 3 y que corresponde a las que desarrolla la Oficina Asesora Jurídica, toda vez el IDRD tiene la competencia en materia de otorgamiento, renovación, actualización y revocación de los reconocimientos deportivos para los Clubes y no las Ligas de Deporte de Bogotá.

 

Que lo anterior se requiere con el fin de garantizar el buen funcionamiento y el cabal cumplimiento de la misión institucional del IDRD, sin que ello implique modificación alguna en la estructura orgánica del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

 

Que mediante oficio número 2014-E-E-472 O 1 del 3 de marzo de 2014, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió el concepto técnico favorable requerido para la modificación parcial de la Resolución No. 002 del 13 de Septiembre de 2005, “por la cual se establece la estructura orgánica del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte y se determina las funciones de sus dependencias”.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO  1. Modificar el numeral 5 del Artículo 3 de la Resolución No. 002 del 13 de septiembre de 2005, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO 3. OFICINA ASESORA JURIDICA. Corresponde a la Oficina Asesora Jurídica el cumplimiento de las siguientes funciones:

 

5. Otorgar, renovar, actualizar y revocar el reconocimiento deportivo a los clubes Deportivos de Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO 2. Los demás artículos de la Resolución No. 002 del 13 de septiembre de 2005 expedida por la Junta Directiva del IDRD, continúan vigentes y no sufren modificación alguna.

 

ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, a los 16 días del mes de mayo del año 2014.

 

CLARISA RUÍZ CORREAL

 

Presidenta

 

MÁXIMO JOSÉ NORIEGA RODRÍGUEZ

 

Secretario