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Proyecto de Acuerdo 235 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 235 DE 2014

PROYECTO DE ACUERDO 235 DE 2014

"Por el cual se aprueban vigencias futuras para la Secretaría de Educación del Distrito para el periodo 2015 – 2017"

Honorables Concejales:

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, en el artículo 12 de la Ley 819 de 2003 y en el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011 y su Decreto Reglamentario 2797 de 2012 la Administración Distrital presenta a consideración del Concejo de Bogotá un Proyecto de Acuerdo del Distrito "Por el cual se aprueban vigencias futuras para la Secretaría de Educación del Distrito para el periodo 2015 – 2017".

I. ASPECTOS LEGALES

La adquisición de obligaciones para comprometer presupuestos de Vigencias Futuras, tiene su fundamento legal en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, en la Ley 819 de 2003 y en el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, "Por medio de la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal para las entidades territoriales", que al respecto disponen:

Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital.

"Artículo 14º. De las Vigencias Futuras. La Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de obligaciones, que afecten presupuestos de vigencias futuras, cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo y que sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad, no excedan su capacidad de endeudamiento. Cuando se trate de proyectos de inversión deberá obtenerse un concepto previo y favorable del Departamento Distrital de Planeación. (…)".

"Artículo 10o. De las Funciones del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- desarrollará las siguientes funciones:

(…)

j. Autorizar de conformidad con el Artículo 14 del presente Acuerdo, la asunción de obligaciones con cargo a vigencias futuras, siempre que éstas estén consignadas en el Plan de Desarrollo respectivo."

Ley 819 de 2003.

"Artículo 12. Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. En las entidades territoriales, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras serán impartidas por la asamblea o concejo respectivo, a iniciativa del gobierno local, previa aprobación por el Confis territorial o el órgano que haga sus veces.

Se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:

a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 1º de esta ley;

b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas; (…).

La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. (…)."

Ley 1483 de 2011.

"ARTÍCULO 1o. VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES PARA ENTIDADES TERRITORIALES.

En las entidades territoriales, las asambleas o concejos respectivos, a iniciativa del gobierno local, podrán autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Las vigencias futuras excepcionales solo podrán ser autorizadas para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, que se encuentren debidamente inscritos y viabilizados en los respectivos bancos de proyectos.

b) El monto máximo de vigencias futuras, plazo y las condiciones de las mismas deben consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 5o de la Ley 819 de 2003.

c) Se cuente con aprobación previa del Confis territorial o el órgano que haga sus veces.

d) Cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.

La corporación de elección popular se abstendrá de otorgar la autorización, si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo respectivo y si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, excede la capacidad de endeudamiento de la entidad territorial, de forma que se garantice la sujeción territorial a la disciplina fiscal, en los términos del Capítulo II de la Ley 819 de 2003.

Los montos por vigencia que se comprometan por parte de las entidades territoriales como vigencias futuras ordinarias y excepcionales, se descontarán de los ingresos que sirven de base para el cálculo de la capacidad de endeudamiento, teniendo en cuenta la inflexibilidad que se genera en la aprobación de los presupuestos de las vigencias afectadas con los gastos aprobados de manera anticipada.

La autorización por parte de la asamblea o concejo respectivo, para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno, con fundamento en estudios de reconocido valor técnico que contemplen la definición de obras prioritarias e ingeniería de detalle, de acuerdo a la reglamentación del Gobierno Nacional, previamente los declare de importancia estratégica.

PARÁGRAFO 1o. En las entidades territoriales, queda prohibida la aprobación de cualquier vigencia futura, en el último año de gobierno del respectivo gobernador o alcalde; excepto para aquellos proyectos de cofinanciación con participación total o mayoritaria de la Nación y la última doceava del Sistema General de Participaciones.

PARÁGRAFO 2o. El plazo de ejecución de cualquier vigencia futura aprobada debe ser igual al plazo de ejecución del proyecto o gasto objeto de la misma.

La Administración Distrital presenta a aprobación del Concejo de Bogotá, la solicitud de Vigencias Futuras para la Secretaria de Educación del Distrito para el periodo 2015 -2017 por un valor de $170.574 millones, pesos constantes de 2014.

El Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012 - 2016 tiene como objetivo general mejorar el desarrollo humano de la ciudad, dando prioridad a la infancia y adolescencia con énfasis en la primera infancia y aplicando un enfoque diferencial en todas sus políticas. Considerando este objetivo se define el eje estratégico: "una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo" en el cual se establece el programa: "Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender".

En este marco, la Dirección de Cobertura de la Secretaría de Educación del Distrito ejecuta el Proyecto Subsidios a la Demanda Educativa. El objetivo de este proyecto es brindar, mediante la estrategia de contratación de la prestación del servicio educativo "los medios de acceso y permanencia que garanticen el ejercicio efectivo del derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital".

Este proyecto incluye los recursos relacionados con el proyecto de concesión educativa, que se formuló e inició en 1998 en el marco de la política de ampliación de cobertura con calidad.

Los contratos suscritos en desarrollo del proyecto de concesión educativa terminan en 2014 por vencimiento del plazo. Por lo anterior, la SED decidió realizar una evaluación general de los 25 colegios en concesión que incluyó revisión de antecedentes, análisis técnico, jurídico, presupuestal y financiero. Adicionalmente, se construyó una metodología que permitiera evaluar los colegios en concesión en el marco de la acreditación del conjunto de establecimientos educativos oficiales. Con base en esta información, la SED estableció, como se señala en el presente documento, diferentes opciones en relación con los colegios en concesión y su futura financiación.

1. Identificación del proyecto

Nombre Técnico: "SUBSIDIOS A LA DEMANDA EDUCATIVA"

Nombre Abreviado: Educación contratada

2- Descripción detallada del proyecto

2.1 Objetivos del proyecto

* Objetivo General:

"Brindar a través de las estrategias de colegios en convenio y colegios en concesión, los medios de acceso y permanencia que garanticen el ejercicio efectivo del derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital".

* Objetivos Específicos:

1. Brindar a través de la estrategia de contratación del servicio educativo, y cuando los respectivos estudios de insuficiencia así lo determinen, los medios de acceso y permanencia que garanticen el derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital.

2. Brindar, a través de la estrategia de concesión de establecimientos educativos oficiales, los medios de acceso y permanencia que garanticen el derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital.

2.2 Antecedentes

Las vigencias futuras requeridas se han utilizado en los contratos de concesión educativa tanto en Bogotá como en otras 22 entidades territoriales certificadas. A continuación se hace un breve resumen de los contratos de concesión educativa celebrados por el Distrito Capital y se hacen precisiones sobre la situación actual de los mismos.

En este tipo de contrato el objeto es prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y media, por parte del concesionario, bajo su autonomía y responsabilidad. En estos contratos, el Distrito aporta la infraestructura física y la dotación; por su parte, el concesionario provee todos los insumos de la canasta educativa requeridos para prestar un servicio educativo de calidad. El Estado reconoce una remuneración al concesionario por estudiante de acuerdo con el valor pactado en el respectivo contrato.

Como se mencionó en la introducción la concesión educativa se formuló e inició en las administraciones de Enrique Peñalosa (1998-2000) y de Antanas Mockus (2001-2003) en el marco de la política de ampliación de cobertura con calidad.

El objetivo general del proyecto fue ampliar la oferta educativa a grupos vulnerables, en áreas marginales de la ciudad, ofreciendo una educación de calidad.

Los objetivos específicos del proyecto fueron: i) posibilitar el acceso a una educación de calidad a niños y jóvenes de sectores marginales ii) elevar los índices de acceso, retención, logros académicos y de desarrollo personal y social de los niños y jóvenes iii) mejorar la calidad de las instituciones educativas en cuanto a la gestión y la eficiencia en el manejo de los recursos institucionales iv) mejorar las estrategias pedagógicas v) mejorar las condiciones materiales para el aprendizaje y vi) ampliar el tiempo de los niños dedicado al aprendizaje.

* Marco jurídico de los contratos de concesión educativa actualmente vigentes

Los contratos de concesión educativa se suscribieron con base en lo establecido en el numeral 4 del artículo 32 de la Ley 80 de 19931.

* Los concesionarios.

La selección de los concesionarios se realizó mediante cuatro licitaciones que se desarrollaron en los años 1999, 2000, 2002 y 2003. Los requisitos principales para la selección de los concesionarios se basaron en una amplia experiencia en educación y calidad. En consecuencia, las personas jurídicas o naturales para presentarse a las licitaciones, tenían que haber obtenido en los colegios de su propiedad resultados de muy superior y superior en las pruebas de Estado. Por ello, se evaluaron y calificaron los resultados obtenidos en los últimos cinco años en las pruebas ICFES, la pertinencia de los proyectos de PEI presentados, el perfil de los docentes propuestos y la oferta económica.

Los contratos se suscribieron con vigencias futuras aprobadas hasta el año 2014, con el fin de garantizar la atención de al menos una cohorte completa de estudiantes y la autonomía administrativa del concesionario para desarrollar el respectivo modelo pedagógico.

En la siguiente tabla se relacionan los nueve concesionarios que actualmente están operando los 25 colegios.

Tabla 1

Nombre de los concesionarios y número de colegios en concesión

Fuente: SED – Dirección de Cobertura

* Matrícula 2014

En la siguiente tabla se relaciona la matrícula de cada colegio en la actual vigencia con corte a Febrero de 2014. El total de la matrícula de los 25 establecimientos es de 39.156 alumnos, lo cual representa el 4.6% de la matrícula total del Distrito.

Tabla 2

Matrícula de los colegios en concesión y participación en el total de matrícula oficial a Febrero de 2014

Fuente: SED - Corte oficial 2014 – Febrero 10

3. Diagnóstico del problema o situación a resolver a través del proyecto

La SED ha realizado importantes esfuerzos para ampliar la oferta oficial generando oportunidades para el acceso al sistema educativo. Durante los últimos años el crecimiento de la oferta se ha logrado mediante la ejecución de 6 estrategias:

* Construcción de colegios, en localidades deficitarias en las cuales se concentra la mayor proporción de población de estratos 1 y 2.

* Ampliación y mejoramiento de infraestructura, mejoramiento de plantas físicas y espacios escolares para proporcionar espacios seguros que garanticen la permanencia en el sistema educativo.

* Optimización de capacidad instalada: uso eficiente de la capacidad instalada del sistema educativo, mediante el aprovechamiento de aulas (estandarización de parámetros de asignación de personal y tamaño de grupo e implementación de la rotación).

* Arrendamientos, suscripción de contratos de arrendamiento de plantas físicas ubicadas en sectores deficitarios.

* Contratos con instituciones educativas privadas. Mediante estos contratos se paga un valor por cada niño matriculado, que equivale al costo de la matrícula, pensión y otros servicios educativos, aprovechando los cupos disponibles en estos colegios privados. Lo anterior, con el fin de garantizar la atención de los niños que no encuentran cupo en las instituciones oficiales, dadas las limitaciones y problemas específicos que más adelante se relacionan.

* Colegios en concesión: suscripción de contratos con instituciones privadas sin ánimo de lucro, a las cuales se les paga por niño atendido lo correspondiente a los costos inherentes a la prestación de un servicio educativo de buena calidad (docentes, textos, materiales, mantenimiento, alimentación, otros).

Sin embargo, a pesar de que el sector educativo oficial en la ciudad con las estrategias mencionadas ha ampliado significativamente la cobertura educativa, aún se presentan grandes desafíos. Las Bases del Plan Sectorial Distrital de Educación 2012-2016, de la Administración Bogotá Humana establecen lo siguiente:

- "Una oferta aún incipiente en los extremos del ciclo educativo. Solamente el 6.3% de la oferta oficial está en la educación inicial (0 a 5 años) y la educación superior (18 años en adelante) tiene una cobertura de 41.5%.

- Los resultados en el desarrollo de capacidades de pensamiento lógico y crítico son débiles si se comparan con el contexto latinoamericano y global.

- Una jornada educativa limitada que restringe el acceso de los estudiantes a un proceso pedagógico integral.

- Una educación media poco pertinente, de escasa diversidad y precaria articulación con la educación superior.

- Una notoria debilidad de la escuela para contribuir a contrarrestar los altos índices de agresión y violencia que se presenta en las realidades cotidianas de los niños, niñas y jóvenes.

- La debilidad aún generalizada de un enfoque pedagógico que se base en los intereses y sensibilidades de aprendizaje de los estudiantes, en su participación activa y su vinculación estrecha con el entorno de la ciudad, a partir de la vida cotidiana y de las realidades y oportunidades del contexto.

- Las dificultades para adoptar una perspectiva de derechos en la educación, en la que se reconozca la universalidad del derecho para todos sin ningún tipo de distinción, a la vez que se reconoce la diferencia y se educa desde la diversidad.

- El poco reconocimiento atribuido a la labor docente y reflejado en sus condiciones laborales, de formación profesional y de empoderamiento social."2Adicionalmente, existen las siguientes limitaciones y problemas específicos en cuanto a la cobertura educativa:

* Demanda insatisfecha de cupos en colegios oficiales, especialmente en las zonas deficitarias o de mayor demanda educativa.

* Recomposición de la demanda originada en las migraciones poblacionales y en el desarrollo de programas de vivienda en nuevas zonas urbanas.

* Oferta oficial insuficiente, lo cual no permite incluir en el sistema educativo a niños, niñas y adolescentes con necesidades educativas especiales (NEE).

* Migración y desplazamiento de población vulnerable.

* Aumento en la construcción de grandes soluciones de vivienda en localidades deficitarias, en las que sin embargo no se establecen áreas de cesión para equipamiento educativo

* Insuficiencia de suelo disponible para construcción de nuevos colegios, condición acentuada en las zonas de mayor insuficiencia de cupos.

Considerando lo anterior, el Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012 - 2016, partiendo de lo realizado por las administraciones anteriores, propone avanzar en la meta de ofrecer educación de calidad que permita reducir la inequidad social.

Es por ello que, la Secretaría de Educación Distrital continua ejecutando el Proyecto Subsidios a la Demanda Educativa, cuyo objetivo es brindar, mediante la estrategia de contratación de la prestación del servicio educativo, incluyendo los colegios en concesión: "los medios de acceso y permanencia que garanticen el ejercicio efectivo del derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital".

La inequidad social no solamente es un problema de cobertura sino también de oferta de alta calidad para las poblaciones más vulnerables. La calidad en la educación pública o financiada con recursos públicos no es una característica accesoria sino un elemento esencial en la prestación de este servicio. Es un propósito nacional la necesidad de mejorar la calidad de la educación pública del país y para ello se han implementado varias políticas.  El Distrito de Bogotá debe propender por una educación de calidad.  Considerando lo anterior, y habiendo logrado altos niveles de cobertura, la estrategia y los esfuerzos de esta administración se han orientado al incremento de la calidad en la educación pública.

4. Identificación de la población afectada y necesidad de efectuar consultas previas

En 2014, la población beneficiaria de los colegios en concesión es de 39 mil estudiantes (25 colegios). En las próximas vigencias, se calcula que anualmente la población beneficiada será de cerca de 28 mil estudiantes matriculados en los 17 colegios en concesión que obtuvieron resultados sobresalientes (están en los 50 mejores colegios del Distrito) en el ranking que construyó la SED. Dichos niños (as) y jóvenes en edad escolar pertenecen a los estratos socioeconómicos más vulnerables y se ubican en localidades deficitarias.

El proyecto se concentra principalmente en las localidades que presentan mayor déficit de oferta educativa (Suba, Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy y Engativá) y en las zonas con mayores índices de vulnerabilidad.

En el marco de la normatividad vigente la ejecución de este proyecto no requiere trámite de consultas previas.

5. Valoración técnica, económica, financiera, jurídica, ambiental y social del proyecto

5.1 Valoración técnica del proyecto

Con el fin de contar con la suficiente información que permitiera tomar decisiones ante la terminación de los contratos de la concesión educativa, esta administración contrató, previo proceso de selección (concurso de méritos), al consorcio ASED – CORPOEDUCACION para que realizara una evaluación integral de los colegios en concesión. Esta evaluación abarcó, en síntesis, lo siguiente:

* Análisis de los Proyectos Educativos Institucionales formulados inicialmente por los concesionarios y los actuales.

* Revisión de los resultados de las pruebas SABER.

* Análisis de las tasas de permanencia de los estudiantes.

* Análisis de aspectos de la dimensión de desarrollo integral y comunitario de los colegios (manual de convivencia, gobierno escolar, relaciones interinstitucionales, estrategias implementadas para el desarrollo integral, jornadas complementarias, participación de la comunidad educativa).

* Revisión de información financiera de los colegios.

La evaluación incluyó además la aplicación de encuestas a directivos, docentes, estudiantes y padres de familia que permitieron medir la percepción y el conocimiento de los docentes, estudiantes y padres sobre la gestión académica, comunitaria y administrativa de los colegios.

Algunas de las conclusiones del estudio son las siguientes:

* Hay consistencia entre el discurso y las prácticas.

* Además de la jornada académica, se ofrecen jornadas complementarias para el uso del tiempo libre, el desarrollo de talentos o el refuerzo del aprendizaje.

* Respecto a los resultados de las Pruebas Saber 11° 2012: 32% (8) de los colegios en concesión alcanzan nivel Superior; el 60% (15), nivel Alto y el 8% (2) nivel Medio.

* Se generaron vínculos con universidades e institutos técnicos, el SENA y el sector productivo, para realizar prácticas empresariales.

* Desarrollan estrategias que buscan vincular a la comunidad circundante a diversos programas y actividades.

* Reconocimiento de la comunidad de los aportes de los colegios a la formación del núcleo familiar, la vecindad y la localidad.

* Aporte de experiencia en gestión, desarrollo, vínculos y prácticas de los colegios privados que tienen a su cargo los colegios en concesión.

A partir de los resultados de la evaluación mencionada, y en el marco del proceso de pre acreditación de las instituciones educativas distritales que desarrolló la Secretaría de Educación, se calificaron los resultados de los 25 colegios que funcionan bajo la modalidad contractual de concesión. En consecuencia, las Direcciones de Cobertura y Evaluación, construyeron un ranking con el fin de valorar los logros de las Instituciones Educativas Distritales (incluidos los colegios en concesión) con la metodología que brevemente se explica a continuación.

* Consideraciones sobre la construcción del ranking

El ranking considera indicadores relacionados con las metas de las Bases del Plan Sectorial de Educación 2012-2016 en las que se establecieron compromisos específicos frente al mejoramiento de las pruebas SABER, la reducción de la tasa de deserción escolar y la mejora en la convivencia, entre otros.

El ranking es además coherente con los lineamientos nacionales frente a la valoración de la calidad de los establecimientos educativos. En efecto, a nivel nacional el Decreto 1122 de 2011, que reglamentó el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, señaló la importancia de incentivar el mejoramiento de la calidad en los establecimientos educativos de las diferentes entidades territoriales en cuanto a las pruebas SABER y los indicadores de repitencia, permanencia escolar y matrícula. Posteriormente, con base en los documentos Conpes 141 de 2011, 149 de 2012, 162 de 2013 y 172 de 2014, y en cumplimiento del mencionado decreto, el Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, desarrollaron una metodología para la distribución de los recursos de calidad educativa que tiene en cuenta las variables mencionadas.

Adicionalmente, la Nación recomendó a las entidades territoriales desarrollar mecanismos que permitieran mejorar la calidad. En tal sentido, el Documento Conpes 141 de 2011 señala como recomendación a las entidades territoriales certificadas: "desarrollar programas orientados al mejoramiento de la calidad educativa y a la disminución de la deserción y reprobación escolar, incentivando los Establecimientos Educativos Oficiales de mejores resultados y mejorando el acompañamiento de los más rezagados."(DNP, 2011: 16)

Teniendo en cuenta lo anterior, la SED en el marco de sus competencias, construyó un ranking de las IED a partir de los siguientes resultados de calidad educativa: desempeño en pruebas saber, clima escolar, permanencia escolar y reprobación, los cuales permiten identificar los colegios con mejor desempeño.

* Variables e indicadores

La siguiente tabla presenta las variables e indicadores utilizados en la construcción del ranking:

Tabla 3

Variables e indicadores utilizados en el ranking

Dimensión

Variable

Indicador

Descripción

Fuente

Calidad

Desempeño académico

Logros en pruebas

Resultados de las pruebas Saber 11º de los años 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013

ICFES

Calidad con inclusión y convivencia

Convivencia

Clima Escolar

Índice de Clima Escolar (Convivencia, ambiente de aprendizaje y confianza, y seguridad, en las escuelas y sus entornos inmediatos)

SED, Encuesta de Clima Escolar

Conocimiento y percepción de la comunidad (calidad percibida)

Índice de conocimiento y percepción de comunidad educativa de los colegios en concesión sobre las siguientes dimensiones: PEI, académica, pedagógica, desarrollo integral y comunitario, y administrativa y financiera.

Resultados encuesta aplicada por el Consorcio ASED – Corpoeducación

Inclusión

Permanencia

Tasa de permanencia -niño a niño- entre 2013 y 2014.

SED, Sistema de Matrícula

Tasa de permanencia -niño a niño- en los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 de los colegios en concesión

Consorcio ASED-Corpoeducación

Aprobación

Tasa de aprobación 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013

DANE – C600

Los indicadores mencionados se ponderaron siguiendo la metodología de "pesos equivalentes" en cada una de las dimensiones y variables. Se utilizó esta metodología, en lugar de estrategias de análisis factorial, por resultar la más sencilla y transparente en el cálculo, y por tener mayores ventajas. En primer lugar, tener ponderaciones distintas sobre alguna dimensión puede incidir en que los establecimientos educativos enfoquen los esfuerzos para maximizar dicha dimensión de mayor peso a fin de obtener mejores resultados en el índice (por ejemplo, centrarse exclusivamente en las pruebas SABER descuidando la dimensión de la educación incluyente: clima escolar, permanencia, aprobación). En segundo lugar, definir y sustentar que una dimensión pesa más que otra —aún bajo la técnica estadística más sofisticada—, podría generar discusión sobre la valoración y magnitud de las dimensiones de análisis.

Por lo anterior, se otorgó un peso del 50% a cada dimensión principal y las que se subdividen, lo hacen en partes iguales según se muestra en el siguiente gráfico:

Gráfico 1

Ponderación de las variables e indicadores que componen el Índice Básico de Calidad

(SIC)

El resultado, denominado Índice Básico de Calidad, se ajustó comparando instituciones similares según las características socioeconómicas e institucionales:

Tabla 4

Condiciones de contextualización del Índice Básico de Calidad

Condiciones

Variable

Indicador

Descripción

Fuente

Socio económicas y de vulnerabilidad y diversidad de los estudiantes

Condiciones socioeconómicas

Índice de condiciones socioeconómicas

Índice construido a partir del nivel educativo de los padres y la percepción de ingresos.

SED – Encuesta de Clima Escolar realizada a los estudiantes

Condiciones de diversidad y vulnerabilidad

Índice de vulnerabilidad y diversidad

Porcentaje de estudiantes pertenecientes a población víctima de la violencia, condición discapacidad y otras poblaciones vulnerables en la matrícula de transición a undécimo.

SED a partir de información del Sistema de Matrícula reportado por los rectores.

Condiciones territoriales y características del colegio (matrícula, número de sedes)

Condiciones territoriales

Ubicación del colegio

Localidad

SED, Directorio Único de Colegios

Condiciones institucionales

Tamaño del colegio

Número de estudiantes

SED a partir de información reportada por los rectores en el Sistema de Matrícula

Número de sedes

Número de sedes del respectivo establecimiento

SED, Directorio Único de Colegios

El resultado final del ranking se obtiene de la suma del Índice Básico de Calidad y su respectiva contextualización:

Gráfico 2

Composición de las ponderaciones en el Ranking

(SIC)

* Resultados del ranking

Con base en lo expuesto anteriormente se calculó la calificación final de 335 de los 384 establecimientos educativos oficiales, incluyendo los 25 en concesión.3 En la siguiente tabla se presenta la calificación que obtuvieron los colegios en concesión, así como su posición en el ranking de los colegios distritales:

Tabla 5

Resultados colegios en concesión en el ranking

La ubicación en el ranking de los colegios en concesión permite concluir que, en general, el impacto del proyecto medido en términos de los resultados de calidad, clima escolar, permanencia y aprobación es altamente satisfactorio.

Al analizar la ubicación específica de cada colegio en concesión en el ranking se observa que 17 colegios en concesión obtienen resultados sobresalientes por ubicarse entre los 50 mejores del Distrito, y 5 colegios logran resultados satisfactorios al ubicarse entre las posiciones 51 y 100.

Se anexa el documento "Metodología de la evaluación y ranking de los establecimientos educativos distritales, incluidos los de concesión" como Anexo 1.

5.2 Justificación económica y financiera para la solicitud de vigencias futuras

Las vigencias futuras a solicitar presentan las siguientes condiciones:

* Son excepcionales pues de conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la Ley 1483 de 2011 los compromisos que se celebrarían al amparo de las vigencias futuras solicitadas no cuentan con apropiación libre del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que éstas serían autorizadas, es decir en la vigencia 2014.

Es de anotar que las vigencias futuras a solicitar están entre los conceptos de gasto previstos en el literal a) del artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, para las vigencias futuras excepcionales, pues se trata de gasto público social en el sector de educación.

* De acuerdo con el inciso 8º del artículo 1º de la Ley 1483 de 2011, la autorización del Concejo para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no puede superar el respectivo período de gobierno, salvo los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica.

* Se debe precisar que tal como lo estableció la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en concepto que se adjunta (Anexo 2), "los estudios de reconocido valor técnico que contemplen la definición de obras prioritarias e ingeniería de detalle," es un requisito adicional que solo procede en el trámite de declaratoria de importancia estratégica, tratándose de solicitud de vigencias futuras excepcionales para proyectos de infraestructura, energía y comunicaciones.

* Así mismo se aclara, que aunque se trata de un solo proyecto de inversión, el componente que requiere la declaratoria de importancia estratégica se circunscribe al componente de colegios en concesión.

* Metas del plan de desarrollo que se alcanzarán

El Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Humana", adoptado por el Concejo Distrital mediante Acuerdo No. 489 de fecha 12 de junio de 2012, para el periodo 2012-2016, contempla entre los objetivos específicos del Eje Estratégico No. 1, denominado "Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo, "Reducir la desigualdad y la discriminación social, económica y cultural. Modificar las condiciones que restringen la formación de las personas, el acceso a condiciones de salud y nutrición adecuadas para su desarrollo integral, al conocimiento científico, tecnológico y estético, y a la producción y consumo de bienes culturales, así como al conocimiento y apropiación de valores culturales que les permitan asumir sus proyectos de vida sin recibir presiones o amenazas, ni ser discriminados por su orientación sexual, identidad de género, religión, política, pertenencia étnica o cultural."

Para cumplir con dicho objetivo estratégico, el Plan de Desarrollo Distrital de Bogotá D.C., propone una serie de estrategias a seguir, a partir de las cuales plantea una sucesión de programas y sub programas encaminados a cumplir con dicha finalidad.

Uno de estos programas, denominado "Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender", busca reducir las brechas de calidad de la educación a partir de la ampliación de una oferta de educación pública incluyente y de calidad, que garantice el acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y potencie sus capacidades para la apropiación de saberes. Garantizar a las niñas y los niños el derecho a una educación de calidad que responda a las expectativas individuales y colectivas en términos de pedagogía para pensar, el libre saber, la innovación y el rediseño curricular, una segunda lengua, la lectura y la escritura, el uso pedagógico de TIC que facilite la participación de los estudiantes en las redes y autopistas del conocimiento, es decir el desarrollo integral de la juventud ofreciéndole más y mejor educación.

Uno de los objetivos específicos de dicho programa es: Garantizar el acceso permanente y de calidad a la educación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, para ampliar la cobertura de la educación inicial, extender la jornada en la educación básica y media y articular esta última con la superior, hacia el mejoramiento de las oportunidades de los jóvenes de menores recursos de la ciudad (...). En ese contexto se enmarca el Proyecto de Inversión "Subsidios a la Demanda Educativa" Código BPIN No 4248, cuyo objetivo general es: "Brindar a través de las estrategias de colegios en convenio y colegios en concesión, los medios de acceso y permanencia que garanticen el ejercicio efectivo del derecho a la educación preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial de los niños, niñas y adolescentes del Distrito Capital".

La ejecución de la concesión educativa amparada con las vigencias futuras, permitirá contribuir a la atención educativa de cerca de 28 mil estudiantes por vigencia, en el cumplimiento de las siguientes metas:

* La meta de impacto del Programa de Construcción de Saberes, relacionada con "Incrementar la tasa de cobertura neta en 3 puntos porcentuales, para los estudiantes de estratos 1 y 2 que asisten a los niveles de escolaridad en el rango de población de 5 a 21 años."

* La meta de gestión del Proyecto Garantía del Derecho con Calidad y Gratuidad, relacionada con: "Un millón de niños, niñas, adolecentes matriculados con gratuidad y calidad desde prejardín hasta grado 12".

* La meta específica del proyecto de Subsidios a la Demanda de: "Garantizar los cupos necesarios con el fin de garantizar el acceso al sistema educativo y su permanencia en él a estudiantes a través de contratos de concesión con entidades sin ánimo de lucro".

5.3. Valoración jurídica

Los contratos de concesión educativa se regirán conforme a lo establecido en el numeral 4 del artículo 32 de la Ley 80 de 19934 y las normas que la adicionen y complementen.

Así mismo los contratos se someterán a lo previsto en el artículo 27 de La Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 30 de la Ley 1176 de 2007, modificado a su vez por el artículo 1º de la Ley 1294 de 2009 y a su Decreto Reglamentario 2355 de 2009.

En efecto, con posterioridad a la celebración de los contratos de concesión actualmente vigentes, se expidió la Ley 715 de 2001, que en su artículo 27 estableció la celebración de contratos de prestación del servicio educativo por parte de las entidades territoriales certificadas en educación. Dicha norma fue modificada por el artículo 30 de la Ley 1176 de 2007, modificado a su vez por el artículo 1º de la Ley 1294 de 2009.5El artículo mencionado ha sigo reglamentado en tres oportunidades, actualmente está vigente el Decreto 2355 de 2009

5.4. Valoración ambiental

El proyecto no genera ningún tipo de afectación ambiental.

5.5. Valoración social

Diversos estudios han demostrado la importancia de la cobertura y la calidad de la educación en términos de su retorno privado y social:

* Los resultados de las pruebas de calidad se relacionan con los ingresos laborales. Hanushek y Woessmann (2007) identificó que en países en desarrollo un aumento de una desviación estándar de pruebas cognitivas estandarizadas aumentan los ingresos laborales entre un 10% y un 40%.

* Los años promedio de educación se relacionan con las tasas de crecimiento económico (Hanushek y Woessman (2009)6* En Colombia, la tasa de retorno de la inversión en educación se calcula en niveles cercanos al 12% (Tenjo y Bernat, 2002)7.

* Para Bogotá, Marcelo (2005)8 obtiene, en relación con los cambios en la rentabilidad social, que cada año de educación básica reporta una tasa de retorno social del 13,3% en tanto que cada año de educación media un 19%.

Con la concesión educativa se logró ampliar cobertura, estimular la permanencia y promoción en el sistema educativo de todos los niños, niñas y jóvenes que ingresaron en estos establecimientos y mejorar la calidad del servicio educativo prestado. Contractualmente se estableció también que se les brinde a los estudiantes un complemento nutricional. Con la continuidad de los colegios en concesión, se aumenta el ingreso a la educación pública y se mantiene la cobertura educativa, prestando una educación de alta calidad. Es importante mencionar que un importante porcentaje de la población atendida en estos establecimientos es población vulnerable.

6. Análisis del impacto social, ambiental, económico y territorial

De acuerdo con las diferentes evaluaciones independientes realizadas al proyecto de concesión y las realizadas por la SED y, en particular, la ubicación de estos establecimientos en el ranking, el impacto del proyecto en términos del cumplimiento de los objetivos propuestos, los resultados de calidad, clima escolar, permanencia y aprobación es sobresaliente o satisfactorio en 22 de los 25 colegios que operan actualmente bajo este esquema. .

Así mismo, se ha identificado, que estos colegios generan el siguiente impacto de orden social y territorial de indudable importancia:

* Contribuyen con el mejoramiento de los resultados de la calidad de la educación de la ciudad en general, y en particular de las localidades y UPZ en las cuales se ubican.

* Facilitan la vinculación de los estudiantes a la educación superior.

* Promueven atmósferas de convivencia armónica.

* Reducen al mínimo los riesgos que enfrentan en mayor grado los niños y jóvenes más pobres, por cuanto ofrecen jornadas complementarias para el uso del tiempo libre, el desarrollo de talentos o el refuerzo del aprendizaje.

* Favorecen la movilidad social de estudiantes de los sectores más pobres de la ciudad.

* Vinculan a la comunidad circundante de sus respectivas localidades a los diversos programas y actividades que desarrollan.

En relación con el impacto económico sobresalen las altas tasas de permanencia y aprobación de los colegios en concesión, las cuales se traducen en una mayor efectividad y eficiencia en el uso de los recursos que se invierten en el sector.

Durante la ejecución del proyecto de colegios en concesión se han realizado diversos estudios que dan cuenta de su aporte al mejoramiento de los resultados de la calidad de la educación en el Distrito. A continuación se relacionan, los principales estudios realizados y se resumen sus conclusiones:

* "Los colegios en concesión de Bogotá, Colombia: una experiencia innovadora de gestión escolar reformas o mejoramiento continuo" Leonardo Villa y Jesús Duarte, año 2002. Banco Interamericano de Desarrollo.

- Se introduce competencia entre los proveedores del servicio educativo. Se plantea una selección competitiva de oferentes.

- Se definen con claridad las características del servicio en términos cuantitativos (número de niños) y cualitativos (logro académico según un estándar previamente acordado).

- Se propone pagos por alumno matriculado con base en una canasta que incluye costos laborales, textos, materiales educativos y alimentación.

* "Evaluación de la gestión de los colegios en concesión en Bogotá 2000-2004." A. Sarmiento, E. Alonso, G. Duncan; C. Garzón. Año 2004.

- La propuesta pedagógica propuesta para cada uno de los niveles es más específica en los colegios en concesión que en los que administra el Distrito.

- Hay una mejor gestión de recursos físicos y administrativos en los colegios en concesión

- El clima escolar es mejor en los colegios en concesión.

- Los colegios en concesión muestran mejoras importantes en términos de repetición, aprobación y deserción.

* "The Impact of Private Provision of Public Education: Empirical Evidence from Bogota´s Concession Schools." F. Barrera. Año 2006

- Importante evidencia del impacto directo en la disminución de las tasas de deserción en los colegios en concesión.

- Evidencia de impacto positivo en resultados de las pruebas de estado de los estudiantes de los colegios en concesión cuando son comparados con estudiantes de otros colegios.

- La relación entre los profesores y los estudiantes en los colegios en concesión es abierta y constructiva.

- Los estudiantes de los colegios de concesión tienen un alto sentido de pertenencia a sus instituciones. * "Evaluación integral proyecto de concesión educativa." CORPOEDUCACION. Año 2004

- Los colegios han implementado modelos de gestión educativa en los cuales se hace un gran énfasis en el aprendizaje de los niños.

- Han diseñado estrategias para brindar mejores oportunidades de aprendizaje y compensar las condiciones culturales y afectivas con las que llegan los niños a estas instituciones.

- Dan significativo énfasis al manejo de la socio afectividad y los problemas emocionales de los estudiantes.

- Dan gran importancia al clima escolar.

- El concesionario y los rectores ejercen un fuerte papel en la implementación de propuestas.

- Equipos de trabajo integrados.

- Trabajo con los padres de familia ocupa un papel primordial.

* "Seguimiento y Evaluación al Modelo de Gestión Educativa por Concesión – Año 2007". Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico (IDEP). Año 2008.

- Las tasas promedio de deserción y de aprobación de los colegios han mejorado.

* "Resultados de la Segunda Fase de Evaluación a Colegios en Concesión – Año 2008". Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico (IDEP).

- El balance general de los colegios en concesión es positivo.

- Los colegios presentan un buen rendimiento al evaluarlos integralmente.

* Resultados de la Tercera Fase de Evaluación a Colegios en Concesión - Año 2009). Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico (IDEP).

- Los colegios, en general, han implementado acciones y estrategias atendiendo las observaciones de las evaluaciones anteriores dando como resultado un incremento positivo y permanente en sus evaluaciones.

* "Resultados de la Cuarta Fase de Evaluación a Colegios en Concesión - Año 2009. Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico (IDEP).

"Los resultados en las pruebas de Estado de los estudiantes de los colegios concesionados son bastante mejores que los que logran aquellos de los colegios oficiales no concesionados con los que fueron comparados."

- "Los colegios concesionados presentan, salvo una excepción, tasas de deserción y de repitencia bastantes razonables e inferiores al promedio de las tasas de deserción de los colegios oficiales."

- "El modelo de concesión parece ser una alternativa buena y viable a una educación oficial de mala calidad: es una alternativa para las para las instituciones educativas con bajos puntajes en las pruebas de Estado, con tasas de deserción o repitencia del 15% o más."

* "Evaluación integral de los colegios en concesión" – 2013. Consorcio ASED – CORPOEDUCACION. Algunas de las conclusiones del estudio son las siguientes:

* "Hay consistencia entre el discurso y las prácticas.

* Además de la jornada académica, se ofrecen jornadas complementarias para el uso del tiempo libre, el desarrollo de talentos o el refuerzo del aprendizaje.

* Respecto a los resultados de las Pruebas Saber 11° 2012: 32% (8) de los colegios en concesión alcanzan nivel Superior; el 60% (15), nivel Alto y el 8% (2) nivel Medio.

* Se generaron vínculos con universidades e institutos técnicos, el SENA y el sector productivo, para realizar prácticas empresariales.

* Desarrollan estrategias que buscan vincular a la comunidad circundante a diversos programas y actividades.

* Reconocimiento de la comunidad de los aportes de los colegios a la formación del núcleo familiar, la vecindad y la localidad.

* Aporte de experiencia en gestión, desarrollo, vínculos y prácticas de los colegios privados que tienen a su cargo los colegios en concesión."

Con base en los estudios relacionados se puede concluir, en general, que los colegios en concesión han contribuido al mejoramiento de la calidad educativa y al aumento de la tasa de permanencia de los estudiantes.

7. Identificación de posibles riesgos y amenazas que puedan afectar la ejecución del proyecto

Entre los principales riesgos que pueden amenazar la ejecución del proyecto se encuentran:

* Posibilidad de que durante la ejecución del proyecto, los operadores no logren obtener los resultados de calidad esperados por el Distrito y que hoy motivan la continuidad del proyecto.

* Supuestos imprevistos por movilidad o migración de las familias que conlleven a deserción escolar que generen pérdida de matrícula atendida afectando el equilibrio financiero de los contratos.

8. Fases y costos de ejecución

El costo del proyecto se determina por cada año de vigencia, estableciéndose tal costo a partir de multiplicar el valor de la canasta educativa promedio ajustado por el número de alumnos que se estima se atenderán en cada año. En consecuencia, los costos de los componentes del proyecto para el cual se solicitan vigencias futuras discriminados por fases, entendiendo por fase cada año de vigencia de la prórroga o duración del contrato, son los siguientes:

Tabla 8

Valor de las vigencias futuras por año a precios corrientes

Proyecto

2015

2016

2017

Total

4248 - Subsidios a la Demanda Educativa

58.563.953.486

60.320.872.091

62.130.498.253

181.015.323.830

* Los precios se ajustan estimando una inflación anual del 3%.

Tabla 9

Valor de las vigencias futuras por año a precios constantes 2014

Detalle

2015

2016

2017

Total

4248 -Subsidios a la Demanda Educativa

56.858.207.268

56.858.207.268

56.858.207.268

170.574.621.804

* Los precios se deflactan estimando inflación anual del 3 %

Independientemente del total de recursos presentados en la solicitud de las vigencias futuras, la SED deberá asumir los costos de apoyo a la supervisión y la evaluación independiente de dichos contratos. Estos rubros no se incluyen en la vigencia futura ya que hacen parte del presupuesto del proyecto "Subsidios a la Demanda" en cada vigencia.

9. Financiación, proyección de financiación y requisitos fiscales y presupuestales

9.1 Proyección de ingresos y gastos para los años de solicitud de las vigencias futuras

Los conceptos que se costearon para determinar el valor de la canasta educativa de la concesión educativa son los siguientes:

* Recurso Humano. Incluye el personal necesario (personal docente, directivo docente, administrativo y de servicio) para ofrecer una educación de calidad con adecuada relación alumno/grupo y docente/grupo, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.

Este concepto de la canasta educativa se ajustó con base en la información y análisis financiero presentado por el Consorcio ASED – CORPOEDUCACIÓN.

* Material educativo. Incluye material bibliográfico, material didáctico, material tecnológico, y elementos de papelería necesarios para el desarrollo de las actividades académicas de los estudiantes y las labores pedagógicas de los docentes.

* Apoyo nutricional. Corresponde al suministro de un complemento nutricional completo y balanceado a los alumnos durante la jornada escolar. Los alimentos suministrados deben representar como mínimo un aporte calórico parcial del requerimiento diario establecido por las Recomendaciones Nutricionales de Kilocalorías para la población colombiana por edad aceptada por el ICBF. Este concepto de la canasta educativa se ajustó con base en la información y análisis financiero presentado por el Consorcio ASED – CORPOEDUCACIÓN.

* Gastos generales: Los gastos generales incluyen las erogaciones requeridas para el mantenimiento de las condiciones físicas del establecimiento educativo, tanto de la planta física como de la dotación, para la adecuada prestación del servicio educativo. Incluye entre otros conceptos los siguientes:

* Servicios públicos: se refiere a los servicios públicos domiciliarios: acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, gas y comunicaciones. Estos costos se calculan con base en las tarifas establecidas para éstos, en cada entidad territorial.

* Reparaciones y mantenimiento: se refiere a los gastos necesarios para mantener en buen estado la planta física y la dotación.

* Vigilancia y aseo. Se refiere a los gastos necesarios para mantener permanentemente organizada y limpia la planta física y la dotación, así como el ejercicio de salvaguarda de los bienes.

* Otros gastos: se refiere a otros gastos necesarios para la prestación del servicio, como derechos académicos, boletines, informes, diplomas, etc.

* Gastos administrativos: Conjunto de erogaciones para la correcta ejecución del contrato ( por ejemplo los materiales y suministros de oficina, otros )

La siguiente tabla muestra los valores de la canasta en sus distintos componentes a precios corrientes:

Tabla 10

Componentes y valor promedio ajustado de la canasta educativa por alumno atendido, vigencia 2014.

Pesos corrientes

Fuente: Cálculo SED – Dirección de Cobertura

10. Es de anotar que el valor de la canasta antes mencionado es un valor promedio ajustado que se utiliza para efectos de calcular el valor de las vigencias futuras a solicitar. Informe sobre la utilización de vigencias futuras aprobadas en años anteriores

Se adjunta el informe en relación con la última vez que se utilizaron las vigencias futuras, realizado por la Dirección Financiera de la Secretaría de Educación. Anexo 3

11. Formato de solicitud de vigencias futuras debidamente diligenciado.

Se adjunta el formato de solicitud de vigencias futuras. Anexo 4

12. Acta del Consejo de Gobierno en donde conste la declaratoria de importancia estratégica y Acta Confis de autorización.

Se adjunta Acta del Consejo de Gobierno en donde conste la declaratoria de importancia estratégica y Acta Confis de autorización de las Vigencias Futuras. Anexo 5

13. Concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación Nacional para proyectos de inversión nacional

El proyecto denominado "Subsidios a la demanda" se financiará con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones para educación y recursos del Distrito (fuente Otros Distrito), recursos que constitucionalmente pertenecen a las entidades territoriales y que éstas deben incorporar en sus respectivos presupuestos. En consecuencia, el proyecto en mención no requiere concepto previo y favorable del DNP.

Los recursos del Sistema General de Participaciones son una transferencia constitucionalmente prevista en favor de las entidades territoriales como un mecanismo de distribución del ingreso, que pertenecen a las entidades territoriales de acuerdo con la distribución que realiza el CONPES. Tales recursos no tienen como finalidad financiar o cofinanciar proyectos de inversión nacional, y por ende constitucionalmente ingresan al presupuesto de las entidades territoriales y se destinan al cumplimiento de las finalidades que la ley prevé. En el caso específico del proyecto "Subsidios a la demanda" los recursos del Sistema General de Participaciones para educación deben considerarse como recursos del Ente Territorial, sin que pueda predicarse que existe cofinanciación de la Nación.

De hecho el artículo 5 de la Ley 715 de 2001 establece claramente que los proyectos de inversión que la Nación financie o cofinancie en materia de educación los deberá hacer con recursos distintos de los del Sistema General de Participaciones. Establece dicha norma:

"Artículo 5°. Competencias de la Nación en materia de educación. Sin perjuicio de las establecidas en otras normas legales, corresponde a la Nación ejercer las siguientes competencias relacionadas con la prestación del servicio público de la educación en sus niveles preescolar, básico y medio, en el área urbana y rural:

(…)

5.3. Impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión de orden nacional en materia de educación, con recursos diferentes de los del Sistema General de Participaciones. Con estos recursos no se podrá pagar personal de administración, directivo, docente o administrativo.(…)" (negrillas extratextuales).

14. Requisito Planeación

De acuerdo con la ficha EBI-D del Banco Distrital de Programas y Proyectos del proyecto 4248, en el numeral 17 se da concepto de viabilidad al proyecto debidamente actualizado para el cual se solicitan vigencias futuras.

Gráfico 3

Concepto de viabilidad de la Oficina Asesora de Planeación SED en la ficha EBI-D

15. Competencia del Concejo de Bogotá, D.C.

La competencia del Concejo de Bogotá, D.C. para la expedición de esta iniciativa está contenida en el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996 y artículo 1 de la Ley 1483 de 2011.

Las normas en cuestión señalan específicamente lo siguiente:

Decreto Ley 1421 de 1993

Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

2. Adoptar el Plan General de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas. El plan de inversiones, que hace parte del Plan General de Desarrollo, contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos y la determinación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.

3. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas: ordenar exenciones tributarias y establecer sistemas de retención y anticipos con el fin de garantizar el efectivo recaudo de aquéllos.

4. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.

(…)

Decreto 714 de 1996

Artículo 14. De las Vigencias Futuras. La Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de obligaciones, que afecten presupuestos de vigencias futuras, cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas, siempre que los proyectos estén consignados en el plan de desarrollo respectivo y que sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad, no excedan su capacidad de endeudamiento. Cuando se trate de Proyectos de Inversión deberá obtenerse un concepto previo y favorable del Departamento Distrital de Planeación.

Estas disposiciones se aplicarán a Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas. El Gobierno Distrital reglamentará la materia.

El Gobierno presentará en el Proyecto del Presupuesto Anual un Artículo sobre la asunción del compromiso para vigencias futuras

Ley 1483 de 2011

Artículo 1. VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES PARA ENTIDADES TERRITORIALES. En las entidades territoriales, las asambleas o concejos respectivos, a iniciativa del gobierno local, podrán autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Las vigencias futuras excepcionales solo podrán ser autorizadas para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, que se encuentren debidamente inscritos y viabilizados en los respectivos bancos de proyectos. (…)

16. Impacto Fiscal 

La Ley 819 de 2003 establece que dentro del Marco Fiscal de Mediano Plazo para las entidades territoriales se debe presentar una meta de superávit primario y metas indicativas para los superávit primarios de las diez vigencias fiscales siguientes, que garanticen la sostenibilidad de la deuda de acuerdo con lo establecido en la Ley 358 de 1997. Dicha ley establece dos indicadores para evaluar la capacidad de pago y la sostenibilidad de la deuda territorial; uno de ellos es el indicador de solvencia o sostenibilidad, definido como el saldo de la deuda / ingresos corrientes y cuyo valor no puede superar el 80%. El segundo indicador, de capacidad de pago o liquidez, está definido como intereses/ahorro operacional y tiene un límite de 40%.

Por otro lado, la Ley 819 de 2003 establece que las metas ajustadas por el ciclo económico, en promedio, no podrán ser inferiores al superávit primario estructural que garantiza la sostenibilidad de la deuda. Para evaluar esto, se calcula el Balance Primario requerido para mantener la deuda neta en niveles de 2013, indicador que actualmente se ubica en 0,01% del PIB, y que se compara con el balance primario promedio proyectado para el horizonte de 10 años.

Tomando en cuenta lo anterior, se procede a incluir dentro del MFMP los estimativos de gasto de vigencias futuras para la Secretaría de Educación Distrital en lo correspondiente a lo financiado con recursos de la Administración Central denominados Otros Distrito.

Criterios

* Los ingresos y gastos de la Administración Central corresponden a los establecidos en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) 2014-2024 vigente los cuales incluyen recursos para el cubrimiento de subsidios en el SITP para población Sisbén.

* Dentro del MFMP se incluyen gastos adicionales correspondientes al pasivo que se generaría de la contingencia para el saneamiento de las ESEs del Distrito Capital por $63 mil millones de 2012 entre 2014 y 2017 de acuerdo con el siguiente cuadro:

Flujo financiero pasivo contingente hospitales

Millones de $ de 2012

CONCEPTO

2014

2015

2016

2017

Valor Total

CUENTAS POR PAGAR

7.041

7.041

PAGO DE PASIVOS

11.280

-885

10.395

VALOR POSITIVO DEL FLUJO CORRIENTE

-284

-6.481

-5.582

-12.347

VALORES A APORTAR POR DISTRITO

11.414

10.222

8.164

29.799

LIQUIDACION PLANTA DE PERSONAL

27.890

27.890

TOTAL PASIVO CONTINGENTE

18.321

38.135

3.741

2.582

62.778

Fuente: SDH – DDP

* Se adicionan al MFMP los gastos de funcionamiento y de inversión de la RAPE que deberá asumir el Distrito Capital entre 2014 y 2024, reportados en el siguiente cuadro. Dichos gastos permiten cumplir con los indicadores de solvencia, capacidad de pago y balance primario.

Distribución Gastos RAPE

Millones de $

Vigencia

Gastos de Funcionamiento RAPE - Distrito

Inversión RAPE

Total

2014

2.048

3.373

5.421

2015

2.088

3.505

5.593

2016

2.130

3.636

5.767

2017

2.174

3.769

5.943

2018

2.220

3.904

6.124

2019

2.267

4.041

6.309

2020

2.317

4.181

6.499

2021

2.369

4.325

6.694

2022

2.424

4.471

6.895

2023

2.479

4.623

7.102

2024

2.554

4.761

7.315

Fuente: SDH – DDP

* Se incluyen los aportes para la diferencia entre aportes y subsidios en acueducto, alcantarillado y aseo si se pasan a estrato 1 las VIP subsidiadas por el Distrito. De la misma forma, se incluye dentro de los gastos los del aporte adicional para cubrir el mínimo vital del servicio público domiciliario de agua potable para dichas viviendas.

Aportes para cubrir subsidios y mínimo vital

Millones de $ de 2014

Año

Nuevo aporte administración

Aporte adicional por mínimo vital

Total

2015

553

158

711

2016

2.564

733

3.298

2017

5.128

1.467

6.595

2018

8.789

2.514

11.303

2019

12.813

3.665

16.478

2020

12.813

3.665

16.478

2021

12.813

3.665

16.478

2022

12.813

3.665

16.478

2023

12.813

3.665

16.478

2024

12.813

3.665

16.478

2025

12.813

3.665

16.478

Total

106.724

30.528

137.251

Fuente: Elaboración SDH-SD, EAB.

* Finalmente, se adiciona en la inversión del periodo 2015-2017 la porción del gasto correspondiente a las vigencias futuras de la Secretaría de Educación Distrital que se financiaría con recursos de la Administración Distrital, denominados Otros Distrito:

Vigencias futuras Secretaría de Educación Distrital

Proyecto 4248 "Subsidios a la Demanda Educativa" colegios en concesión

Financiación Otros Distrito

Millones de $

2.015

2.016

2.017

Total

Otros Distrito

24.011

24.732

25.474

74.216

Fuente: SDH – DDP

Resultados

* Los indicadores de solvencia y de liquidez proyectados para el periodo 2014-2024 no superan los límites de 80% y 40% respectivamente establecidos en la Ley 358 de 19979.

Cálculos: SDH - DEEF

Cálculos: SDH - DEEF

* Por otro lado, el promedio del balance primario proyectado se ubica en 0,01% del PIB Distrital siendo igual al balance primario requerido para hacer sostenible la deuda en el mediano plazo. Es necesario tener en consideración que el MFMP vigente (2014-2024) presentaba un promedio de balance primario de 0,02% del PIB distrital, lo que muestra que las diferentes presiones de gasto adicionadas al MFMP han reducido el espacio fiscal disponible, hecho que debe tomarse en consideración al analizar la sostenibilidad de las finanzas distritales.

Cálculos: SDH - DEEF

En conclusión, una vez analizado el proyecto de Acuerdo, se considera que desde el punto de vista presupuestal la iniciativa es viable, teniendo en cuenta el aporte propuesto con recursos del Distrito para la constitución de Vigencias Futuras en la Secretaría de Educación del Distrito, lo cual permite que los indicadores de solvencia y de liquidez proyectados para el periodo 2014-2024 no superen los límites de 80% y 40% respectivamente, establecidos en la Ley 358 de 1997.

Así mismo, el promedio del balance primario proyectado se ubica en 0,01% del PIB Distrital siendo igual al balance primario requerido para hacer sostenible la deuda en el mediano plazo, hecho acorde con la Ley 819 de 2003 que establece que las metas de superávit primario ajustadas por el ciclo económico, en promedio, no podrán ser inferiores al superávit primario estructural que garantiza la sostenibilidad de la deuda.

Cordialmente,

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

PROYECTO DE ACUERDO No._____DE 2014

"Por el cual se aprueban vigencias futuras para la Secretaría de Educación del Distrito para el periodo 2015-2017"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996, el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, artículo 1 de la Ley 1483 de 2011, las demás normas vigentes y,

CONSIDERANDO:

Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de obligaciones, que afecten presupuestos de vigencias futuras y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas, siempre que los proyectos estén consignados en el plan de desarrollo respectivo.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal j, del Estatuto Orgánico de Presupuesto el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS en su reunión del 31 de julio de 2014 autorizó las solicitudes de vigencias futuras presentadas por las entidades.

Que de acuerdo a lo estipulado en la Ley 819 de 2003, el Consejo de Gobierno en su reunión del 31 de julio de 2014, consideró de importancia estratégica las solicitudes presentadas por la Secretaría de Educación Distrital.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º- Autorizar a la Secretaría de Educación del Distrito para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras 2015-2017 hasta por la suma de ciento setenta mil quinientos setenta y cuatro millones seiscientos veintiún mil ochocientos cuatro ($170.574.621.804) pesos constantes de 2014, de acuerdo al siguiente detalle.

Código

Concepto

2015

2016

2017

Total

3

Gastos

56.858.207.268

56.858.207.268

56.858.207.268

170.574.621.804

3 3

Inversión

56.858.207.268

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Directa

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Bogotá Humana

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Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

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Construcción de Saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

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Subsidios a la demanda educativa

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Total Vigencias Futuras

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ARTÍCULO 2º- El presente Proyecto de Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 "Son contratos de concesión los que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar a una persona llamada concesionario la prestación, operación explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden." 

2 Ver: Secretaría de Educación del Distrito (2012). Bases para el Plan Sectorial de Educación 2012-2016, P. 6-7.

3 No se pudo aplicar la metodología en todos los establecimientos educativos oficiales, porque en 49 casos no se disponía de información de alguna variable de análisis. Fundamentalmente no tenían resultado de la Encuesta de Clima Escolar o pruebas SABER 11.

4 "Son contratos de concesión los que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar a una persona llamada concesionario la prestación, operación explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden." 

5 La versión actual de dicho artículo 27 es la siguiente: "Prestación del Servicio Educativo: Los Departamentos, Distritos y Municipios certificados, prestarán el servicio público de la educación a través del Sistema Educativo Oficial.

Solamente en donde se demuestre insuficiencia o limitaciones en las instituciones educativas del Sistema Educativo Oficial podrá contratarse la prestación del servicio educativo con entidades sin ánimo de lucro, estatales o entidades educativas particulares cuando no sean suficientes las anteriores, que cuenten con una reconocida trayectoria e idoneidad, sin detrimento de velar por la cobertura e infraestructura en los servicios educativos estatales. El valor de la prestación del servicio financiado con recursos del sistema general de participaciones no puede ser superior a la asignación por estudiante, definido por la Nación. Cuando el valor sea superior, el excedente se pagará con recursos propios de la entidad territorial, con las restricciones señaladas en la presente ley.

Cuando con cargo a recursos propios la prestación del servicio sea contratada con entidades no estatales, la entidad territorial deberá garantizar la atención de al menos el ciclo completo de estudiantes de educación básica.

La Educación Misional Contratada y otras modalidades de educación que venían financiándose con recursos del Situado Fiscal, y las participaciones de los municipios en los Ingresos Corrientes de la Nación se podrán continuar financiando con los recursos del Sistema General de Participaciones."

6 Hanushek, E. A.; Woessman, L. (2009b). Schooling, cognitive skills, and the Latin American growth puzzle. NBER working paper 15066.

7 Tenjo, J., Bernat, L. 2002. "Evolución de las Diferencias Salariales entre Hombres y Mujeres: comparación de seis países latinoamericanos."

8 Marcelo, D. (2005). Rentabilidad social e individual de la educación: una interpretación a partir de modelos jerárquicos. Trabajo de Grado. Facultad de Economía. Universidad Nacional de Colombia.

9 De los ingresos que sirven de base para el cálculo de la capacidad de pago se descuentan las vigencias futuras ordinarias y excepcionales proyectadas a comprometer, por valor de $1 billón de pesos anuales, en consonancia con lo establecido en la Ley 1483 de 2011