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Decreto 410 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/09/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5442 de octubre 01 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 410 DE 2014

Derogado por el art. 5° del Decreto 581 de 2017

(Septiembre 30)

"Por medio del cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que los numerales del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia y el del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, le otorgan atribuciones al Alcalde Mayor para crear. suprimir o fusionar lo empleos de sus dependencias, señalar funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

Que mediante el Decreto 076 de 2007 se modificó la estructura organizacional del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el cual fue modificado por el Decreto 102 de 2011.

Que mediante el Decreto 103 de 2011, se modificó la planta de cargos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Que el artículo 46 del Acuerdo 257 de 2006 establece que la misión del Sector Gestión Pública es "coordinar la gestión de los organismos y entidades distritales y promover el desarrollo institucional con calidad en el Distrito Capital y fortalecer la función administrativa distritales y el servicio al ciudadano"

Que se hace necesario suprimir el empleo Subdirector 070-03 y crear el Subdirector 070-05. teniendo en cuenta la importancia reflejada en el desarrollo de las funciones asociadas a la Subdirección Jurídica, sumadas al desarrollo de los temas de Representación Judicial y de Contratación que desarrolla la subdirección, así como a la importancia en la labor encomendada al DASCD en el Plan de Desarrollo Distrital 2012 - 2016 "Bogotá Humana" a través de la materialización de la política de dignificación del empleo en Bogotá con la formalización del 100% de las 68 Entidades Públicas Distritales y en la que la Subdirección participa dando soporte jurídico permanente en el proceso de reestructuración y modernización de la mismas.

Que como lo establece el artículo 15 de Decreto Nacional 785 de 2005, el sistema de nomenclatura y clasificación determina que a cada uno de los niveles jerárquicos de los empleos le corresponde una nomenclatura y clasificación específica que consta de un código de tres dígitos. El primero señala el nivel al cual pertenece el empleo y los dos restantes indican la denominación del cargo. Este código se debe adicionar con dos dígitos que corresponden a los grados de asignación básica en el Distrito Capital.

Que modificada la planta de personal se debe incorporar al funcionario al empleo ajustado en su nomenclatura, en la situación administrativa en la que e encuentre, sin exigir requisitos diferentes a los ya acreditados.

Que existe concepto previo de viabilidad técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital con oficio 2014IE681 de6 (sic) 25 de agosto de 20 14. de acuerdo con lo establecido por el artículo del Acuerdo Distrital 199 de 2005 .

Que existe concepto de viabilidad presupuestal emitido por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. radicado con número 2014EE190831 del 10 de septiembre de 2014, en cumplimiento del artículo 16 del Decreto 164 de 2013 .

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Suprimir en el Nivel Directivo de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil el empleo de Subdirector 070-03,

Artículo .- Crear en el Nivel Directivo de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil el empleo de Subdirector 070-05

Artículo 3°.- Las funciones propias del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital serán cumplidas por la planta de empleos que se señala a continuación:

Denominación del empleo

Código

Grado

No. de

empleos

DESPACHO

NIVEL DIRECTIVO

Director de Departamento

055

09

1

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

1

NIVEL ASESOR

Jefe de Oficina asesora de Planeación

115

03

1

Asesor

105

05

1

Asesor

105

03

3

TOTAL NIVEL ASESOR

5

TOTAL DESPACHO

6

PLANTA GLOBAL

NIVEL DIRECTIVO

Subdirector Operativo

068

07

1

Subdirector Técnico

068

07

1

Subdirector

070

05

1

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

3

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

27

2

Profesional Especializado

222

21

17

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

19

NIVEL ASISTENCIAL

Auxiliar Administrativo

407

24

1

Auxiliar Administrativo

407

20

2

Auxiliar Administrativo

407

19

2

Auxiliar Administrativo

407

16

2

Secretario

440

19

5

Operario

487

13

1

Conductor

480

13

2

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

15

TOTAL PLANTA GLOBAL

37

TOTAL PLANTA DE PERSONAL DASCD

43

Artículo  4°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 103 de 2011.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de septiembre del año 2014

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5442 de octubre 01 de 2014