RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 433 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/10/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5450 de octubre 14 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 433 DE 2014

(Octubre 9)

'Por el cual se liquida el Acuerdo No. 566 del 26 de septiembre de 2014, expedido por el Concejo de Bogotá, por medio del cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2014"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el articulo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 50 del Decreto 714 de 1996,

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- ADICIÓN DE INGRESOS. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal 2014, en la suma de trescientos dos mil setecientos cincuenta y un millones novecientos sesenta y dos mil trescientos cinco pesos ($302.751.962.305) moneda corriente, según el siguiente detalle:

RENTAS E INGRESOS

ADMINISTRACIÓN CENTRAL



Recursos

Distrito

Transferencias

Nación

Total

2 4

Recursos de Capital

302.751.962.305

0

302.751.962.305

2 4 10

Desahorro Fonpet

302.751.962.305

0

302.751.962.305

PARÁGRAFO: Estos recursos serán registrados en la contabilidad financiera del Distrito Capital y deberán ser legalizados por la Dirección Distrital de Tesorería sin situación de fondos, teniendo en cuenta que tales recursos serán girados directamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.

ARTÍCULO 2°.- ADICIÓN DE GASTOS. Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal 2014, en la suma de trescientos dos mil setecientos cincuenta y un millones novecientos sesenta y dos mil trescientos cinco pesos ($302.751.962.305) moneda corriente, según el siguiente detalle:

GASTOS E INVERSIONES

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

206 - Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP



Recursos

Distrito

Transferencias

Nación

Total

3 1

Gastos de

Funcionamiento

302.751.962.305

0

302.751.962.305

3 1 3

Transferencias para Funcionamiento

302.751.962.305

0

302.751.962.305

3 1 3 02

Otras transferencias

302.751.962.305

0

302.751.962.305

3 1 3 02 06

Fondo de Pensiones Públicas

302.751.962.305

0

302.751.962.305

PARÁGRAFO: Estos recursos serán registrados en la contabilidad financiera del FONCEP y deberán ser ejecutados sin situación de fondos, teniendo en cuenta que tales recursos serán girados directamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C, a los 9 días del mes de octubre de 2014.

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5450 de octubre 14 de 2014