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Decreto 092 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/03/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/03/2015
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 092 DE 2015

DECRETO 092 DE 2015

 

(Marzo 12)

 

Por medio del cual se hace un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 y el Decreto Nacional 1950 de 1973, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Distrital 080 del 4 de marzo de 2015, se aceptó a partir del 13 de marzo de la misma anualidad, la renuncia irrevocable presentada por el doctor JUAN CARLOS AMAYA PICO, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 80.746.381, al cargo de Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar.

 

Que en ese sentido, se hace necesario efectuar un encargo de las funciones del cargo de Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar, para garantizar la continua atención de los asuntos que ese despacho tiene a su cargo.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Encargar a partir del 13 de marzo de 2015, al doctor CRISTÓBAL PADILLA TEJADA, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 8.729.973, Subdirector Técnico Código 068 Grado 05 de la Secretaría Distrital de Integración Social, del cargo de Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar, hasta que se provea de forma definitiva el mismo.

 

Artículo 2°.- Comunicar al doctor CRISTÓBAL PADILLA TEJADA, a la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar, a la Secretaría Distrital de Gobierno y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto Distrital a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría.

 

Artículo 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2015

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor