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Proyecto de Acuerdo 156 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

Proyecto de acuerdo No. 156 de 2015


Ver Acuerdo Distrital 600 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

 

“Por el cual se fomentan los viajes a pie para mejorar la movilidad sostenible, la salud y proteger el medio ambiente y se establece el programa “Muévete Diferente”

 

Autor

 

BANCADA POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO

 

Abril 17 de 2015

 

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

1. OBJETO

 

El objeto del proyecto de acuerdo es fomentar la movilidad a pie de los habitantes con el objeto de mejorar la movilidad de la ciudad, fortalecer la salud física y  ahorrar dinero.

 

Igualmente se establece el Programa Muévete Diferente  para estimular el uso de la bicicleta, patines, patines y la movilidad a pie.

 

2. JUSTIFICACION

 

Bogotá registra altísimos niveles de congestión vehicular, mal estado de la malla vial, especialmente la local, problemas en la prestación del servicio a través de Transmilenio y el SITP, etc.

 

Frente a estas circunstancias negativas de la movilidad de la ciudad, los usuarios vienen incrementando sus protestas y reclamos en los últimos años, sin obtener soluciones reales.

 

Por su parte, la Administración Distrital, a través de las entidades competentes y relacionadas con la movilidad, a pesar de que viene adelantando algunas acciones para ampliar las estaciones de TM, desarrollar el SITP, arreglar la malla vial, etc. los problemas de movilidad subsisten.

 

La solución a fondo a través de la construcción de la Primera  Línea del Metro no se ha concretada hasta la fecha y parece que -a pesar de que ya se cuenta con los estudios de ingeniería básica avanzada y demás elementos del proyecto Metro- no será posible la adjudicación de su construcción en la presente administración. El Gobierno Nacional, por su parte, no ha concretado el 70% de los recursos que se requieren para construir las obras y en el Distrito no hay suficiente claridad sobre las fuentes de recursos que le corresponden según el Documento Conpes.

 

El Plan de Desarrollo Bogotá Humana contempla la movilidad sostenible dentro del cual se contempla la promoción de medios más sostenibles como caminar o desplazarse en bicicleta.

 

La propuesta que presentamos encuentra plena justificación por lo anteriormente expuesto, como otra alternativa posible para ayudar a la movilidad de la ciudad.

 

Pero además la movilidad a pie tiene efectos directos muy favorables para la salud de la población y disminuye los costos de transporte en que incurren actualmente las personas que utilizan TM, el  SITP, taxis o vehículos particulares.

 

Esta demostrado científicamente que la actividad física mejora la salud y previene muchas enfermedades, lo que genera un ahorro sustancial para la Administración Distrital que destina anualmente grandes sumas para la atención de pacientes por diversas enfermedades que tienen  que ver con el sedentarismo, la obesidad y el sobrepeso.

 

La obesidad y la ley 1355 de 2009

 

La obesidad es una de las enfermedades que viene agobiando a muchos países del mundo, entre ellos Colombia, en donde se ha empezado a hacer conciencia de las graves consecuencias que esta enfermedad tiene en la salud de los colombianos.

 

Ante este grave problema de salud publica,  se expidió la Ley 1355 de 2009 “Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención”,  ley que  determina la obesidad como una enfermedad crónica de Salud Pública,  causa directa de enfermedades cardiacas, circulatorias, colesterol alto, estrés, depresión, hipertensión, cáncer, diabetes, artritis, colon, entre otras, todas ellas aumentando considerablemente la tasa de mortalidad de los colombianos.

 

La Ley 1355 igualmente ordena al Estado promover políticas de actividad física dirigidas a favorecer ambientes saludables y seguros para el desarrollo de las mismas. Estas políticas se complementarán con estrategias de comunicación, educación e información.

 

Resultados de la Encuesta de Movilidad de Bogotá a 2011

 

A continuación presentamos los resultados de la Encuesta de Movilidad de Bogotá realizada en el año 2011, en lo relacionado con los viajes a pie y  la participación de estos en la movilidad general de la ciudad, donde se destaca  la importancia que viene adquiriendo en los últimos años, lo cual es alentador para desarrollar la propuesta que hacemos de incrementar este tipo de movilidad sostenible.

 

Viajes a pie

 

“8.136.778 es el número total de viajes que se realizaron a pie en un día típico hábil de 2011 en la zona de estudio. De estos 3.373.663 tienen una duración igual o mayor a 15 minutos. La hora pico para los viajes a pie es el medio día y puede tener su explicación en que muchas personas salen a almorzar y a hacer diversas diligencias. Se calcula que en ese lapso se realiza medio millón de viajes por hora, lo que iguala al periodo pico de la mañana en número de viajes.” (SDM. Encuesta de movilidad de Bogotá 2011)

Participación Modal

 

“Se encontró que el modo más empleado es la caminata con el 46 por ciento del total de viajes diarios. En segundo lugar, aparece el transporte público: 20 por ciento transporte público colectivo, 9 por ciento Transmilenio y 1 por ciento transporte intermunicipal. El automóvil particular capta el 10 de los viajes y el taxi el 4 por ciento.

 

El viaje a pie es el más frecuente en los estratos 1, 2 y 3, en contraposición, el viaje en automóvil es el más frecuente en los estratos 4,5 y 6. El transporte público colectivo y transporte público masivo - Transmilenio son un modo especialmente importante en los primeros cuatro estratos.

 

El transporte público que es después de la caminata la forma más importante de moverse en la ciudad y el modo motorizado preferido por los bogotanos para viajar, tiene como principal actor al transporte público colectivo. Esta forma de transporte capta el 66 por ciento de los viajes de este segmento, el transporte público masivo.

 

TransMilenio le sigue con el 27 por ciento del total de viajes. A este último hay que sumarle un 2 por ciento correspondiente a las personas que utilizan solo los servicios alimentadores, vale anotar que son personas que habitan en inmuebles clasificados en estrato 1, 2 y 3. El 5 por ciento restante se debe repartir entre el transporte informal y el transporte intermunicipal. TransMilenio es importante porque capta más del 20 por ciento del total en cada uno de los seis estratos.

 

Otro dato a tener en cuenta es que el uso del transporte público se da principalmente en hombres y mujeres de entre 20 y 60 años” (SDM. Encuesta de movilidad de Bogotá 2011)

Viajes a pie mayores a 15 minutos

 

Al realizar el análisis de todos los modos, eliminando los viajes a pie menores de 15 minutos, se encuentra que el modo de mayor participación es el transporte público colectivo, masivo e intermunicipal con el 40 por ciento de los viajes. 

 

Al realizar el análisis de partición modal por estrato socioeconómico se evidencia una relación entre el estrato y los viajes en vehículo privado y a pie: en el estrato uno el modo más frecuente es la caminata mientras que en el seis lo es el automóvil. (SDM. Encuesta de movilidad de Bogotá 2011)

 

PROGRAMA MUEVETE DIFERENTE

 

Caminar e ir en bicicleta al trabajo

 

Se sugieren algunos elementos para el diseño del programa

 

Beneficios

 

Los lugares de trabajo son los principales generadores de viajes. Más viajes a pie o en bicicleta podrían ahorrar dinero, mejorar  la salud  y reducir el consumo de energía.

 

Promoción de incentivos y eventos interactivos.

 

La gente necesita incentivos y experiencias inter activas para participar plenamente en el programa.

 

Red de caminantes por Bogotá

 

* Día ‘Camina al trabajo’ en Bogotá (Mi ciudad).

 

* Campaña ‘Al trabajo sin mi carro’.

 

Planificación de la Movilidad

 

Consiste en preparar un plan de acción integral de iniciativas. Los planes se basan en datos locales sobre patrones de viaje y servicios disponibles y en mejores prácticas de otros países.

 

Los planes proporcionan una “hoja de ruta” de actividades para que se efectúen por las entidades y empresas firmantes y con el apoyo de la comunidad local.

 

Un plan puede ser para un grupo de entidades o empresas o una empresa individual. Proporcionan un marco para priorizar acciones e inversiones.

 

Campañas en las empresas

 

Mostrar  los beneficios y ventajas de la movilidad a pie hacia el trabajo

 

La gerencia dentro de una empresa puede ser una parte activa en promover ideas para el transporte activo a los trabajadores, fomentando la participación con flexibilidad en las prácticas de trabajo y contribuyendo al desarrollo de planes de movilidad activos.

 

Esfuerzos colectivos entre empresas.

 

La puesta en común de servicios como parqueaderos exclusivos para bicicletas, etc.

 

Movilidad sostenible

 

El empleo del concepto de movilidad sostenible debe llevar aparejado un cambio de rumbo en el modelo de desplazamientos vigente, de manera que cambie el papel de cada medio de transporte e incluso se modifique la sobrevaloración del transporte presente en la cultura dominante. Pues el transporte, la movilidad de personas y mercancías, no suele ser un fin en sí mismo, sino un medio para satisfacer necesidades.

 

La interpretación que proponemos de la movilidad sostenible consiste, por tanto, en generar una nueva cultura de la movilidad, en todos los planos y esferas, una nueva aproximación al modo en que realizamos, valoramos y percibimos tanto los desplazamientos como sus consecuencias ambientales y sociales. En este sentido, hay que recalcar que las consecuencias ambientales y sociales de nuestro modelo de movilidad no se reflejan exclusivamente en el ámbito distrital (contaminación, ruido, accidentes, ocupación del suelo, pérdida de autonomía de niños y personas mayores, etc), sino también en el global, con afecciones como el cambio climático, la disminución de las reservas de energía fósil o de materiales no renovables y la desigualdad entre personas, regiones y países.

 

En el caso de la movilidad urbana, esta nueva cultura requiere reformular las políticas no sólo directamente vinculadas a la movilidad, sino también las que establecen los patrones de desplazamiento, como pueden ser las urbanísticas, las infraestructurales y las económicas/fiscales.

 

En la nueva cultura de la movilidad el peatón debe tener un tratamiento preferente, siendo la bicicleta y el transporte colectivo medios de transporte complementarios con los que debe formar una alianza. El automóvil tendría así un nuevo papel, de mucho menor protagonismo e impacto.

 

La experiencia internacional muestra cómo las políticas de movilidad sostenible son más eficaces si han tenido en cuenta un par de reglas de oro: que la oferta arrastra e inventa nueva demanda y que el estímulo de los medios de transporte alternativos es condición necesaria pero no suficiente para cambiar de rumbo en materia de movilidad.

 

La mejora de los servicios e infraestructuras de transporte desembocan en un mayor uso de los medios beneficiados por dichas mejoras. Así, una nueva carretera induce tráfico, es decir, modifica los comportamientos de los usuarios actuales y potenciales, incrementando el uso del automóvil en este caso.

 

La otra idea esencial a considerar es que no son suficientes medidas de estímulo de los medios de transporte alternativos al automóvil para conseguir un nuevo equilibrio con este medio de locomoción, sino que es imprescindible introducir también medidas de disuasión.

 

Urbanismo, ordenación del territorio y movilidad.

 

Planificar la ciudad y su área de influencia con criterios de reducción de las necesidades de desplazamiento motorizado.

 

Planificar el crecimiento urbano con criterios de accesibilidad mediante transporte no motorizado (a pie y en bici) y transporte colectivo.

 

Estímulos para el transporte alternativo al automóvil.

 

Desarrollar planes para mejorar las condiciones de seguridad y comodidad de los desplazamientos peatonales.

 

Llevar a cabo planes para promocionar  “caminar al trabajo”

 

Cambios en los hábitos y comportamientos en la movilidad.

 

Desarrollar planes de movilidad en colegios para reducir la dependencia de los escolares respecto al automóvil y los medios motorizados.

 

Establecer planes de empresas con el fin de estimular el uso de los medios de transporte alternativos de los trabajadores y de sus visitantes; incluyendo las propias administraciones que generan un importante volumen de desplazamientos hacia sus centros de trabajo y atención al público.

 

Realizar planes para orientar la movilidad generada por las administraciones distrital hacia pautas de menor impacto ambiental y social, tanto en lo que atañe a sus trabajadores como a los visitantes de sus instalaciones y oficinas.

 

Desarrollar nuevos instrumentos de información, difusión y promoción de la nueva cultura de la movilidad,

 

Medidas a aplicar en la gestión, cómo ir al trabajo caminando

 

Para ir caminando al trabajo en forma segura es necesario que se cree una red de rutas peatonales en las que prevalezca el peatón sobre el resto de vehículos. También se crearán rutas entre las empresas y las principales paradas de transporte público.

 

Caminar es un modo de desplazamiento que se encuentra condicionado por los aspectos orográficos, el clima o las distancias que existen entre la vivienda y el centro de trabajo, pero sin duda aporta numerosos beneficios a aquellos trabajadores que desean tener una buena forma física y saludable.

 

Para garantizar ese tipo de desplazamientos de los trabajadores a sus lugares de trabajo es necesario tener en cuenta algunos elementos básicos que favorezcan este modo de transporte:

 

* La existencia de una red de rutas peatonales que garanticen la seguridad de los peatones; igualmente deberá permitir la accesibilidad entre las paradas de transporte público y las diferentes empresas.

 

* Se deberá garantizar la prioridad peatonal en las rutas, realizando un tratamiento especial en los cruces e intersecciones con vehículos.

 

* Estudiar la ruta entre la vivienda y el trabajo.

 

* Empezar de forma paulatina, los primeros días probar una o dos veces a la semana, aumentando gradualmente la frecuencia hasta hacerlo todos los días.

 

* hacer un viaje de prueba durante un fin de semana.

 

* buscar rutas seguras y accesibles

 

* buscar trayectos que se encuentren bien alumbrados y analizar los barrios especialmente durante las últimas horas de la tarde.

 

BENEFICIOS DE CAMINAR SOBRE LA SALUD

 

Caminar en medio de la naturaleza. No hay mejor que caminar al aire libre rodeado de naturaleza. Según estudios científicos, cuando se camina en exteriores, el cerebro genera más vitalidad y endorfinas y se piensa con más claridad. No es lo mismo hacer ejercicio en el gimnasio, por lo menos una vez a la semana es necesario rodearse de un ambiente natural para relajar cuerpo y mente.

 

(Fuente:_http://www.elespectador.com/noticias/salud/mejore-su-salud-mental-7-practicos-consejos-articulo-491721)

 

En el marco de la celebración del Día Internacional de la actividad física, el Ministerio de Salud recuerda la importancia de la actividad física en la vida diaria del ser humano.

 

La cartera de la Salud informa que realizar algún tipo de actividad física como caminar rápido, montar en bicicleta, nadar, patinar, bailar, empujar una silla de ruedas, jugar ping pong hasta hacer tarea de limpieza en casa, durante al menos 150 minutos semanales ayuda a prevenir el cáncer, enfermedades del corazón, la DIABETES entre otras enfermedades.

 

(Fuente:_http://www.elespectador.com/noticias/salud/actividad-fisica-el-remedio-prevenir-cancer-y-enfermeda-articulo-553416)

 

3. FUNDAMENTO JURIDICO

 

Constitución Política

 

ARTICULO   44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

 

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.

 

Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

 

ARTICULO 49. Modificado por el Acto Legislativo No 02 de 2009. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

 

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

 

Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

 

La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.

 

Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.”

 

ARTICULO 79.Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

 

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

 

ARTICULO 80.El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

 

Ley 99 de 1993

 

ARTÍCULO 1. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES. La Política ambiental colombiana seguirá los siguientes principios generales:

 

1. El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de junio de 1992 sobre  Medio Ambiente y Desarrollo.

 

Artículo 65.- Funciones de los Municipios, de los Distritos y del Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Adicionado por el art. 12, Decreto Nacional 141 de 2011.  Corresponde en materia ambiental a los municipios, y a los distritos con régimen constitucional especial, además de las funciones que le sean delegadas por la ley o de las que se le deleguen o transfieran a los alcaldes por el Ministerio del Medio Ambiente o por las Corporaciones Autónomas Regionales, las siguientes atribuciones especiales: Ver Fallo Consejo de Estado 0254 de 2001. El Decreto Nacional 141 de 2011 fue declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-276 de 2011

 

2. Dictar, con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

 

Artículo 107. Las normas ambientales son de orden público y no podrán ser objeto de transacción o de renuncia a su aplicación por las autoridades o por los particulares.

 

Ley 1355 de 2009 Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a ésta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención.

 

ARTÍCULO 5. Estrategias para promover Actividad Física. Se impulsarán las siguientes acciones para promover la actividad física:

 

* El Ministerio de Educación Nacional y las Instituciones Educativas en desarrollo de las Leyes 115 de 1994 y 934 de 2004, promoverán el incremento y calidad de las clases de educación física con personal idóneo y adecuadamente formado, en los niveles de educación inicial, básica y media vocacional.

 

Parágrafo. El Ministerio de Protección Social reglamentará mecanismos para que todas las empresas del país promuevan durante la jornada laboral pausas activas para todos sus empleados, para lo cual contarán con el apoyo y orientación de las Administradoras de Riegos Profesionales

 

ACUERDO 489 DE 2012. Plan de desarrollo Bogotá Humana

 

Artículo 28. Programa de Movilidad Humana

 

Movilidad humana dará prioridad en el siguiente orden: a las y los peatones, las y los ciclistas, al transporte masivo sobre el vehículo particular y a la introducción de la energía eléctrica en el transporte masivo, con el fin de reducir emisiones y de esta manera contribuir a mitigar el cambio climático y a disminuir las causas de las enfermedades cardiorrespiratorias que afectan especialmente a las niñas, los niños y adultos mayores. Esta prioridad además ayudará a disminuir los niveles de accidentalidad.

 

Mejorar las condiciones de la movilidad de las ciudadanas y ciudadanos mediante un sistema de transporte público masivo con equidad, calidad, más limpio, y seguro. El sistema integrado de transporte será intermodal, es decir, incluye todas las formas, integra lo urbano, rural y regional; con las redes de ciclorrutas, las actuales y nuevas troncales del componente flexible, la red férrea, los cables aéreos; complementado con la promoción de medios más sostenibles como caminar o desplazarse en bicicleta.

 

El cambio del modelo de transporte tiene en cuenta la peatonalización de algunas zonas de la ciudad; la delimitación continúa de una red de ciclorrutas en las vías para posibilitar la llegada a múltiples destinos como: universidades, colegios, campos deportivos, espacios culturales, entre otros. Esto permitirá incrementar el uso de la bicicleta en la ciudad. Así mismo, identificará puntos de integración donde se requiere interconexión entre los diferentes modos y medios de transporte para asegurar nodos de conexión al interior del sistema urbano.

 

Las intervenciones en el sistema de movilidad están orientadas a fortalecer la estrategia de ordenamiento territorial del Distrito, en coherencia con la perspectiva regional; a reconocer las diferentes necesidades de los grupos poblacionales, en especial niños y niñas, mujeres y población en condición de discapacidad y el papel especial del derecho a la movilidad en garantizar la seguridad y accesibilidad de los ciudadanos y ciudadanas en condición de vulnerabilidad.

 

4. COMPETENCIA DEL CONCEJO

 

Decreto ley 1421 de 1993

 

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

 

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

 

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

 

5. IMPACTO FISCAL

 

El proyecto de acuerdo genera gastos adicionales, que se pueden asumir con los recursos asignados a las entidades relacionadas con el tema.

 

Cordialmente;

 

BANCADA POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO

 

ORLANDO SANTIESTEBAN MILLAN

ALVARO ARGOTE MUÑOZ

 

Concejal de Bogotá

 

Concejal de Bogotá

 

ORIGINAL NO FIRMADO

 

CELIO NIEVES HERRERA

 

VENUS ALBEIRO SILVA GOMEZ

 

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

 

Proyecto de Acuerdo No. de 2015

 

“Por el cual se fomentan los viajes a pie para mejorar la movilidad sostenible, la salud y proteger el medio ambiente y se establece el programa “Muévete Diferente”

 

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA

 

Artículo 1. La administración distrital tomará las medidas necesarias de adecuación de andenes y espacios públicos, seguridad, iluminación  y  señalización  para la fomentar la movilidad a pie y garantizar las condiciones para el desplazamiento de los caminantes.

 

Artículo 2. La administración establecerá de manera progresiva una red de rutas seguras de caminantes  para la movilización a pie de los habitantes de la ciudad.

 

Artículo 3. La Administración distrital desarrollará una aplicación web para obtener la mejor ruta todos los días, con la ayuda en tiempo real de las personas que se movilizan a pie.

 

Artículo 4. Las entidades distritales incluirán en sus planes de bienestar social estímulos para los empleados que se movilicen a pie de sus sitios de vivienda a los lugares de trabajo.

 

Artículo 5. La administración distrital diseñará e implementará el programa MUEVETE DIFERENTE  para fomentar la movilidad a pie, en bicicleta, patines y patinetas  destacando las bondades para la salud y el medio ambiente.

 

Artículo 6. Las entidades distritales promoverán campañas informativas sobre los beneficios para la salud, ahorro de dinero y mejoramiento de la movilidad de la ciudad, que significa vincularse al programa Muévete Diferente.

 

Artículo 7. La Secretaria Distrital de Movilidad realizará un estudio sobre los medios de movilidad de los habitantes de la ciudad, profundizando en la movilidad a pie en lo relacionado con distribución de viajes, horarios, actividades,  con el objeto de definir estrategias para su incremento.

 

Artículo 8. El día o los días sin carro, la administración distrital promoverá la movilidad a pie, en bicicleta,  patines y patineta en el marco del programa MUEVETE DIFERENTE.

 

Artículo 9. La administración distrital implementará campañas entre las empresas privadas para que sus trabajadores se movilicen a pie de sus sitios de vivienda al lugar de trabajo.

 

Artículo 10. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.