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Decreto 279 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/07/2015
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 279 DE 2015

 

(Julio 13)

 

"Por medio del cual se hace un encargo"

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1083 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que este Despacho aceptó la renuncia irrevocable presentada por el doctor NICOLÁS CORSO SALAMANCA, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 79.955.632, al cargo de Gerente General Código 050 Grado 02 de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá - ERU, a partir del 13 de julio de 2015.

 

Que en ese sentido, se hace necesario realizar el encargo de las funciones del cargo de Gerente General Código 050 Grado 02 de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá - ERU, hasta que se provea de forma definitiva el cargo.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Encargar a partir del 13 de julio de 2015, a la doctora LILIANA MARÍA OSPINA ARIAS, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 30.393.177, Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital de Planeación, de las funciones del cargo de Gerente General Código 050 Grado 02 de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá - ERU, hasta que se provea de forma definitiva el cargo.

 

Artículo 2°. Comunicar a la doctora LILIANA MARÍA OSPINA ARIAS, a la Secretaría Distrital de Planeación, a la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá - ERU, y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría.

 

Artículo 3°. El presente Decreto Distrital rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de Julio del año 2015

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor