DECRETO LOCAL 04 DE 2015
(Julio 7)
“Por medio del cual se ajustan las Obligaciones por Pagar programadas en el Presupuesto Anual de Gastos de la Alcaldía Local Antonio Nariño para la vigencia 2015 frente a las efectivamente constituidas a 31 de diciembre de 2014”
EL SUSCRITO ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 36 del Decreto Distrital 372 del 30 de Agosto de 2010,
CONSIDERANDO:
1. Que en el presupuesto del FDLAN de la vigencia 2015, inicialmente se estimó un valor de $421.996.867 en el rubro de Obligaciones por Pagar en Gatos de Funcionamiento; $10.866.974.089 en Obligaciones por Pagar de Inversión Vigencia Anterior y $2.521.554.911 de Obligaciones por Pagar Otras Vigencias, para un valor total de $13.810.525.867, el cual resulta inferior a los $13.813.975.472 correspondientes a las obligaciones por pagar efectivamente constituidas a 31 de diciembre de 2014.
2. Que al determinarse las diferencias resultantes entre los valores constituidos al 31 de diciembre de 2014 con respecto de los programados en el 2015 en cada de uno de los rubros de obligaciones por pagar de funcionamiento, vigencia anterior y otras vigencias, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño debe ajustar al interior de los agregados de obligaciones por pagar de funcionamiento y en Inversión las Obligaciones por Pagar vigencia anterior y otras vigencias del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2015.
3. Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, al respecto señala: “Los F.D.L. efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior. (…) El Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por Decreto Local. (…) Para la expedición del Decreto de Ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto quienes para el efecto consultarán el listado de Obligaciones por Pagar”.
4. Que conforme a la disposición anterior, la Secretaría Distrital de Planeación - Subsecretaría de Planeación de la Inversión, mediante radicado No. 2-2015-28449 de fecha 11 de junio 2015 emitió concepto previo favorable para expedir el decreto local que ajusta las obligaciones por pagar de inversiones presupuestadas al monto real constituido a Diciembre 31 de 2014; así mismo, la Directora Distrital de Presupuesto mediante radicado No. 2015EE153048 de fecha 17 de Junio de 2015 , adjunta concepto favorable para el ajuste de Obligaciones por Pagar al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño en la vigencia fiscal 2015.
5. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
Ver Decreto Local 12 de 2014.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de funcionamiento del Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:
|
|
$pesos |
|
|
AJUSTE - DECRETO |
CODIGO |
RUBRO PRESUPUESTAL |
REDUCIR |
AUMENTAR |
15 |
FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO |
87.214.685 |
10.362.450 |
3 |
GASTOS |
87.214.685 |
10.362.450 |
3.1 |
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO |
87.214.685 |
10.362.450 |
3.1.8. |
OBLIGACIONES POR PAGAR |
87.214.685 |
10.362.450 |
3.1.8.02 |
GASTOS GENERALES |
87.214.685 |
10.362.450 |
3.1.8.02.01 |
Adquisición de Bienes |
22.372.258 |
1.083.284 |
3.1.8.02.01.02 |
Gastos de Computador |
0 |
1.083.284 |
3.1.8.02.01.03 |
Combustibles Lubricantes y Llantas |
834.308 |
0 |
3.1.8.02.01.04 |
Materiales y Suministros |
18.537.950 |
0 |
3.1.8.02.01.05 |
Compra de Equipo |
3.000.000 |
0 |
3.1.8.02.02 |
Adquisición de Servicios |
64.690.931 |
9.279.166 |
3.1.8.02.02.01 |
Arrendamientos |
1.861.324 |
0 |
3.1.8.02.02.03 |
Gastos de Transporte y Comunicación |
9.113.958 |
0 |
3.1.8.02.02.04 |
Impresos y Publicaciones |
5.000.000 |
0 |
3.1.8.02.02.05 |
Mantenimiento y Reparaciones |
0 |
9.279.166 |
3.1.8.02.02.05.01 |
Mantenimiento Entidad |
0 |
9.279.166 |
3.1.8.02.02.06 |
Seguros |
12.232.997 |
0 |
3.1.8.02.02.06.01 |
Seguros Entidad |
10.760.042 |
0 |
3.1.8.02.02.06.04 |
Seguros de Vida Ediles |
1.472.955 |
0 |
3.1.8.02.02.08 |
Servicios Públicos |
23.955.740 |
|
3.1.8.02.02.08.01 |
Energía |
8.253.560 |
0 |
3.1.8.02.02.08.02 |
Acueducto y Alcantarillado |
8.641.670 |
0 |
3.1.8.02.02.08.04 |
Teléfono |
7.060.510 |
0 |
3.1.8.02.02.11 |
Promoción Institucional |
5.000.000 |
0 |
3.1.8.02.02.17 |
Información |
5.000.000 |
0 |
3.1.8.02.02.18 |
Publicidad |
2.526.912 |
0 |
3.1.8.02.03 |
Otros Gastos Generales |
151.496 |
0 |
3.1.8.02.03.99 |
Otros Gastos Generales |
151.496 |
0 |
|
SUBTOTAL OBLIG. POR PAGAR FUNCIONAMIENTO |
87.214.685 |
10.362.450 |
|
|
|
|
|
ARTÍCULO SEGUNDO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de inversión del Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:
|
|
|
$pesos |
|
|
AJUSTE - DECRETO |
CODIGO |
RUBRO PRESUPUESTAL |
REDUCIR |
AUMENTAR |
15 |
FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO |
1.239.082.271 |
1.239.082.271 |
3 |
GASTOS |
1.239.082.271 |
1.239.082.271 |
3.3 |
INVERSION |
1.239.082.271 |
1.239.082.271 |
3.3.6 |
Obligaciones por Pagar |
1.239.082.271 |
1.239.082.271 |
3.3.6.14 |
Bogotá Humana |
955.245.660 |
1.239.082.271 |
3.3.6.14.01 |
Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo |
400.812.255 |
610.682.860 |
3.3.6.14.01.01 |
Garantía del desarrollo integral de la primera infancia |
4.179.685 |
0 |
3.3.6.14.01.01.0979 |
Apoyar la educación inicial de la primera infancia y garantizar la prevención de la violencia y promover el buen trato |
4.179.685 |
0 |
3.3.6.14.01.02 |
Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad |
80.865.879 |
0 |
3.3.6.14.01.02.0980 |
Promoción y prevención de enfermedades con enfoque de salud familiar y comunitaria para la población de la localidad |
80.865.879 |
0 |
3.3.6.14.01.03 |
Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender |
0 |
70.544.026 |
3.3.6.14.01.03.0981 |
Estrategia para el mejoramiento de la calidad en la educación en la localidad |
0 |
70.544.026 |
3.3.6.14.01.05 |
Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital |
52.904.706 |
33.883.892 |
3.3.6.14.01.05.0809 |
Realizar acciones para prevenir la exclusión, la segregación y la marginación |
0 |
33.883.892 |
3.3.6.14.01.05.0984 |
Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad |
52.904.706 |
0 |
3.3.6.14.01.07 |
Bogotá, un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos |
105.595.000 |
0 |
3.3.6.14.01.07.0985 |
Antonio Nariño Localidad de derechos |
105.595.000 |
0 |
3.3.6.14.01.08 |
Ejercicio de las libertades culturales y deportivas |
157.266.985 |
506.254.942 |
3.3.6.14.01.08.0988 |
Realización de acciones que integren las diferentes poblaciones en actividades recreo deportivas en la localidad |
149.394.132 |
0 |
3.3.6.14.01.08.1002 |
Antonio Nariño vive el arte y el patrimonio |
7.872.853 |
0 |
3.3.6.14.01.08.1242 |
Construcción, mejoramiento y adecuación de parques de la localidad |
0 |
506.254.942 |
3.3.6.14.02 |
Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua |
60.674.523 |
628.399.411 |
3.3.6.14.02.17 |
Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua |
0 |
84.584.650 |
3.3.6.14.02.17.0990 |
Acciones de recuperación, rehabilitación y restauración de espacios e implementación de tecnologías ambientales |
0 |
84.584.650 |
3.3.6.14.02.19 |
Movilidad Humana |
199.523 |
543.814.761 |
3.3.6.14.02.19.0993 |
Adecuación y mejoramiento del sistema de movilidad de la localidad Antonio Nariño |
0 |
543.814.761 |
3.3.6.14.02.19.0994 |
Arborización de espacios de la Localidad |
199.523 |
0 |
3.3.6.14.02.21 |
Basura Cero |
60.000.000 |
0 |
3.3.6.14.02.21.0991 |
Basura Cero en la Localidad |
60.000.000 |
0 |
3.3.6.14.02.22 |
Bogotá humana ambientalmente saludable |
475.000 |
0 |
3.3.6.14.02.22.0992 |
Control Ambiental para la protección animal en la Localidad |
475.000 |
0 |
3.3.6.14.03 |
Una Bogotá que defiende y fortalece lo público |
493.758.882 |
0 |
3.3.6.14.03.24 |
Bogotá Humana: Participa y Decide |
13.680.668 |
0 |
3.3.6.14.03.24.0996 |
En Antonio Nariño, la comunidad participa y decide |
13.680.668 |
0 |
3.3.6.14.03.25 |
Fortalecimiento de las capacidades de gestión y coordinación del nivel central y las localidades desde los territorios |
17.454.200 |
0 |
3.3.6.14.03.25.0998 |
Antonio Nariño controla y garantiza la convivencia pacífica el control urbanístico y el uso del suelo |
17.454.200 |
0 |
3.3.6.14.03.27 |
Territorios de vida y paz con prevención del delito |
74.542.416 |
0 |
3.3.6.14.03.27.0999 |
Antonio Nariño listo para enfrentar y prevenir el delito y la violencia |
74.542.416 |
0 |
3.3.6.14.03.31 |
Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional |
193.081.598 |
0 |
3.3.6.14.03.31.1001 |
Gestión y fortalecimiento para la administración local |
193.081.598 |
0 |
3.3.6.14.03.32 |
TIC para Gobierno Digital, Ciudad Inteligente y Sociedad del conocimiento y del emprendimiento |
195.000.000 |
0 |
3.3.6.14.03.32. 1255 |
Antonio Nariño conectado a tecnologías e innovación |
195.000.000 |
0 |
3.3.6.90 |
Obligaciones por Pagar Otras Vigencias |
283.836.611 |
0 |
|
|
|
|
|
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de julio del año 2015.
GIOVANNI ALEXÁNDER MONROY PARDO
Alcalde Local de Antonio Nariño
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5629 de julio 09 de 2015