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Acuerdo Regional 007 de 2015 Región Administrativa y de Planificación Especial - RAPE

Fecha de Expedición:
11/02/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO REGIONAL 007 DE 2015

 

(Febrero 11)

 

Por el cual se modifica la estructura interna de la RAPE Región Central y se determinan las funciones de sus dependencias

 

EL CONSEJO DIRECTIVO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial-las que le confiere el numeral 12° del artículo 12 del Acuerdo Regional No. 001 de 2014, y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el Convenio No. 1676 del 25 de septiembre de 2014, los Departamentos de Meta, Tolima, Boyacá y Cundinamarca, y el Distrito Capital constituyeron la Región Administrativa de Planeación Especial denominada RAPE Región Central.

 

Que el numeral 12° del artículo 12 del Acuerdo Regional No. 001 de 2014 establece como función del Consejo Directivo "Adoptar la estructura interna de la entidad y determinar las funciones de sus dependencias. "

 

Que la entidad requiere una estructura organizacional que le permita dar respuesta a sus procesos misionales y de apoyo, especialmente en la planificación, gestión y ejecución de proyectos estratégicos para la Región Central.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

Artículo 1°. Estructura Interna. Para el ejercicio de las funciones, la RAPE Región Central, tendrá la siguiente estructura:

 

1. Consejo Directivo

 

2. Dirección Ejecutiva

 

2.1. Despacho del Director(a) Ejecutivo(a)

 

2.2. Oficina Asesora de Planeación Institucional

 

3. Dirección Corporativa

 

4. Dirección de Planificación, Gestión y Ejecución de Proyectos

 

5. Órganos de Asesoría y Coordinación.

 

5.1. Consejo de Participación Ciudadana

 

5.2. Comité Técnico Asesor

 

5.3. Comité de Conciliación y Defensa Judicial

 

5.4. Comisión de Personal

 

5.5. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

 

5.6. Comité Institucional de Desarrollo Administrativo

 

Articulo 2°. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo, las siguientes:

 

1. Reglamentar y declarar los hechos regionales que delimiten el ámbito de intervención de la entidad.

 

2. Establecer autoridades administrativas de orden regional, del nivel central y descentralizado por servicios, para el ejercicio de sus programas, proyectos y actividades.

 

3. Aprobar y establecer políticas e instrumentos de planeación y gestión, en particular el Plan Estratégico de la Región Central, el cual tendrá vigencia de tres (3) períodos constitucionales, y el Plan Regional de Ejecución que tendrá una vigencia de un (1) período constitucional.

 

4. Aprobar, a propuesta del Director(a) Ejecutivo(a), la política general de la entidad, el plan estratégico, los planes y programas que deberán ser incorporados por las entidades territoriales en sus respectivos Planes de Desarrollo y demás normas locales que impacten en la planeación y gestión de la Región.

 

5. Aprobar el Estatuto Orgánico de Presupuesto y el Presupuesto para cada vigencia fiscal.

 

6. Aprobar el reglamento de los aportes a cargo de las entidades territoriales y determinar la cuantía de los mismos y las condiciones para que sean transferidos a la Región Central, para cada vigencia.

 

7. Aprobar el Manual de Contratación de la RAPE Región central.

 

8. Adoptar la planta de personal, su nomenclatura y clasificación de los empleos, la escala de remuneración de sus diferentes categorías y los emolumentos que les correspondan, de conformidad con la Ley 4 de 1992 y los Decretos que para el efecto expida el Presidente de la República y no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto de la Entidad.

 

9. Reglamentar y fijar el valor que la entidad puede percibir por la explotación de sus bienes y servicios.

 

10. Nombrar y dar posesión al Director(a) Ejecutivo(a) de la entidad.

 

11. Reglamentar el Consejo Técnico Asesor y el Consejo de Participación Comunitaria, así como designar sus integrantes.

 

12. Adoptar la estructura interna de la entidad y determinar las funciones de sus dependencias.

 

13. Adoptar y modificar los estatutos internos de la Región Central.

 

14. Autorizar la supresión, terminación y liquidación de la entidad.

 

15. Autorizar la participación de la entidad en otras entidades de carácter asociativo del orden regional, nacional e internacional

 

16. Autorizar que la entidad sea delegataria de funciones del orden nacional, departamental o distrital.

 

17. Conocer las evaluaciones semestrales presentadas por el Director(a) Ejecutivo(a).

 

18. Fijar lineamientos para organizar la tesorería y la jurisdicción coactiva al interior de la entidad.

 

19. Adoptar el reglamento interno para su funcionamiento.

 

Artículo 3°. Funciones del Despacho de la Dirección Ejecutiva. Son funciones del Despacho de la Dirección Ejecutiva, las siguientes:

 

1. En relación con el Consejo Directivo:

 

1.1. Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos Regionales y demás decisiones del Consejo Directivo.

 

1.2. Preparar y coordinar la presentación de los asuntos que este cuerpo colegiado deba adoptar o reglamentar.

 

1.3. Reglamentar los acuerdos del Consejo Directivo para su debida ejecución y cumplimiento.

 

1.4. Atender la elaboración y presentación de los informes que le sean requeridos.

 

1.5. Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo Directivo.

 

2. En relación con la misión de la Entidad:

 

2.1. Dirigir y coordinar la acción administrativa para el cumplimiento del objeto, competencias y funciones de la RAPE Región Central.

 

2.2. Dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, los planes, los programas y los proyectos a cargo de la entidad.

 

2.3. Gestionar y coordinar la articulación de las decisiones de la RAPE Región Central con las tomadas por las entidades de orden nacional, departamental, municipal y distrital.

 

2.4. Diseñar e impulsar la ejecución de planes, programas y proyectos que sean de interés de la RAPE Región Central.

 

2.5. Promover la incorporación del componente regional en los Planes de Ordenamiento Territorial y en los instrumentos de planificación que los desarrollen o complementen.

 

2.6. Procurar la participación en los procesos de ordenamiento y planificación de los recursos naturales contemplados en el Sistema Nacional Ambiental, de competitividad, y los propios de su misión institucional, conforme a las normas que regulen la materia.

 

2.7. Dirigir y coordinar la gestión recursos de cofinanciación, de cooperación internacional y la constitución de alianzas público - privadas y otros instrumentos públicos y privados de gestión, para el desarrollo de proyectos estratégicos de la RAPE Región Central.

 

2.8. Promover la adopción de mecanismos de integración contemplados en la Ley 1454 de 2011 y la conformación de espacios de concertación regional.

 

2.9. Establecer un sistema de indicadores que midan la gestión de la RAPE Región Central en el territorio y sus habitantes, de conformidad con las directrices del Consejo Directivo.

 

2.10. Difundir y promover los mecanismos de participación y apoyar los mecanismos de control social que se conformen para el análisis, socialización; concertación y toma de decisiones que sobre el territorio de la RAPE Región Central adopten sus autoridades.

 

3. En relación con el funcionamiento de la entidad:

 

3.1. Ejercer la representación legal y la ordenación del gasto.

 

3.2. Intervenir en procesos judiciales o administrativos en defensa de los intereses de la RAPE Región Central.

 

3.3. Designar apoderados generales y especiales para la debida comparecencia y atención de los intereses de la entidad ante autoridades judiciales y administrativas.

 

3.4. Expedir los actos y celebrar los convenios y contratos con personas naturales o jurídicas, así como con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la RAPE Región Central.

 

3.5. Crear y organizar comités y grupos de trabajo al interior de la entidad.

 

3.6. Promover la coordinación de las actividades de la RAPE Región Central con las entidades u organismos públicos que tengan relación con el cumplimiento de su objeto.

 

3.7. Coordinar las actividades que resulten necesarias para propiciar condiciones de diálogo y concertación con las autoridades y organizaciones involucradas en los proyectos a cargo de la RAPE Región Central.

 

3.8. Definir las políticas de comunicación de la RAPE Región Central y dar las instrucciones para que éstas se cumplan de manera integral y coherente.

 

3.9. Poner a consideración del Consejo Directivo modificaciones a la estructura y planta de personal de la RAPE Región Central.

 

3.10. Distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con la organización interna y las necesidades del servicio.

 

3.11. Dirigir y desarrollar el sistema de control interno de la RAPE Región Central, de acuerdo con la normativa vigente.

 

3.12. Dictar las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos.

 

3.13. Ejercer la facultad nominadora, con excepción de los cargos que correspondan a otra autoridad y dirigir la administración del talento humano de la RAPE Región Central.

 

3.14. Garantizar la implementación y mejora de los sistemas de gestión y de control interno que adopte la RAPE Región Central.

 

3.15. Establecer estrategias de prevención de dañó antijurídico y participar en la definición de los mapas de riesgos jurídicos de la entidad.

 

3.16. Identificar, analizar y llevar el registro de la normatividad, doctrina y jurisprudencia que le aplica a la RAPE Región Central.

 

3.17. Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que' se adelanten contra funcionarios de la entidad.

 

3.18. Las demás funciones que le sean asignadas.

 

Artículo 4°. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación Institucional Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación Institucional, las siguientes:

 

1. Asesorar a la Dirección Ejecutiva y a las demás dependencias de la RAPE: Región Central en la formulación de políticas de planeación, planes, programas institucionales y proyectos de inversión.

 

2. Definir los lineamientos y criterios básicos para la formulación, evaluación y control de los planes, programas y proyectos de la RAPE Región Central, de acuerdo con los lineamientos emanados por el Consejo Directivo y la Dirección Ejecutiva, con la participación de las demás dependencias.

 

3. Elaborar en coordinación con las demás dependencias de la RAPE Región Central, el Plan Estratégico Institucional, con sujeción a los Planes Nacional, Departamentales y Distrital de Desarrollo, para someterlo a aprobación, del Consejo Directivo.

 

4. Orientar, asesorar y coordinar en las diferentes dependencias de la RAPE Región Central la elaboración, implementación y ejecución de planes y proyectos institucionales para que se integren adecuadamente a los Planes Nacional, Departamentales y Distrital de Desarrollo.

 

5. Administrar el Banco de Proyectos de la RAPE Región Central, en concordancia con las directrices del Departamento Nacional de Planeación.

 

6. Preparar, en, coordinación con la Dirección Corporativa y demás dependencias de la RAPE Región Central, el anteproyecto de presupuesto de la entidad, así como las modificaciones al presupuesto aprobado; y realizar el análisis de la ejecución del mismo.

 

7. Hacer seguimiento y evaluación a la gestión institucional y coordinar los ajustes requeridos a los planes para su cumplimiento.

 

8. Consolidar la información de la gestión institucional y efectuar su análisis, para la presentación de los informes requeridos por la Dirección Ejecutiva de la RAPE Región Central y las autoridades e instancias pertinentes.

 

9. Diseñar, en coordinación con las dependencias, los indicadores de gestión de los programas y proyectos, de acuerdo con los lineamientos y políticas diseñadas por el Estado para tal fin y hacer el respectivo seguimiento a través de los sistemas establecidos para el efecto.

 

10. Coordinar la elaboración de los informes requeridos por los entes de control y demás autoridades.

 

11. Liderar y apoyar a las dependencias en la implementación, desarrollo y sostenimiento de sistemas integrados de gestión, de acuerdo con lo establecido en los planes y proyectos estratégicos de la RAPE Región Central.

 

12. Coordinar la elaboración y actualización de los manuales de procedimientos de la RAPE Región Central en concordancia con los lineamientos del Modelo Integrado de Gestión.

 

13. Definir las herramientas, mecanismos e instrumentos necesarios para concretar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos.

 

14. Asesorar y apoyar a la Dirección Ejecutiva en la implantación del Sistema Integrado de Gestión de Calidad de la RAPE Región Central.

 

15. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

 

Artículo 5°. Funciones de la Dirección Corporativa. Son funciones de la Dirección Corporativa, las siguientes:

 

1. Asistir al Director(a) Ejecutivo(a) en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de la RAPE Región Central.

 

2. Coordinar y ejecutar las políticas, programas y proyectos relativos al registro y control, evaluación del desempeño, régimen salarial y prestacional, salud ocupacional, y seguridad y bienestar social.

 

3. Diseñar y desarrollar los programas de selección, inducción, capacitación y calidad laboral de los funcionarlos de la RAPE Región Central.

 

4. Elaborar y mantener actualizados los  estudios sobre manual de funciones y requisitos y la planta de personal, para consideración del Director(a) Ejecutivo(a).

 

5. Coordinar y ejecutar las actividades de control interno disciplinario para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan; y resolver procesos de esta naturaleza en primera instancia.

 

6. Coordinar el mantenimiento y soporte técnico de los recursos tecnológicos de la entidad.

 

7. Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la administración de los servicios generales y de apoyo logístico para el correcto funcionamiento de la RAPE Región Central.

 

8. Coordinar, supervisar y controlar el sistema de gestión documental de la RAPE Región Central.

 

9. Planear y coordinar los procesos de contratación que requiera la entidad y elaborar los actos administrativos relacionados con dichos procesos.

 

10. Ejecutar y controlar los procesos de administración y adquisición de bienes y servicios, almacenamiento, custodia, distribución e inventario, de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la RAPE Región Central, velando por el cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia.

 

11. Implementar el Sistema de Atención, al Ciudadano, así como la gestión de archivo y correspondencia de la RAPE Región Central, de conformidad con las normas legales vigentes.

 

12. Administrar los bienes muebles e Inmuebles de la RAPE Región Central.

 

13. Diseñar y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión presupuestal, contable y de tesorería de la entidad.

 

14. Hacer seguimiento a la, planeación, ejecución y control de la gestión financiera de la RAPE Región Central.

 

15. Preparar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación Institucional, el anteproyecto anual de presupuesto.

 

16. Preparar el-Programa Anual Mensualizado de caja (PAC) de la RAPE Región Central y presentar ante el Consejo Directivo las solicitudes respectivas.

 

17. Efectuar seguimiento a la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la RAPE Región Central.

 

18. Realizar la consolidación y presentación de los Estados Financieros de la RAPE Región Central.

 

19. Liderar la debida aplicación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional, al interior de la RAPE Región Central.

 

20. Apoyar el ejercicio de la representación legal, judicial y extrajudicial de la Entidad a cargo del Director (a) Ejecutivo (a).

 

21. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

 

Articula 6°. Funciones de la Dirección de Planificación, Gestión y Ejecución de Proyectos. Son funciones de la Dirección de planificación, Gestión y Ejecución de Proyectos, las siguientes:

 

1. Adelantar los estudios y conceptos técnicos necesarios para reglamentar y declarar los Hechos Regionales que delimiten el ámbito de intervención de la RAPE Región Central.

 

2. Establecer lineamientos generales para la coherencia y articulación de la planeación entré las Entidades Territoriales que conforman la RAPE Región Central en el ámbito de su competencia.

 

3. Coordinar la elaboración de los estudios técnicos, financieros, económicos e institucionales orientados a apoyar los proyectos a desarrollar por parte de la Región Central.

 

4. Diseñar, ejecutar, monitorear, evaluar y rendir cuentas al Director(a) Ejecutivo (a) del Plan estratégico Regional y de los programas y proyectos que sean de interés común para las entidades que conforman la Región Central y que conduzcan al desarrollo integral sostenible del territorio dentro de los límites de su competencia.

 

5. Coordinar la formulación, gestión, ejecución y evaluación de los proyectos de escala regional y misional, en concordancia con las políticas nacionales y regionales.

 

6. Diseñar, implementar y administrar el sistema de información de la Región Central para la toma de decisiones.

 

7. Ejecutar planes, programas y proyectos del Plan Nacional de Desarrollo o de los planes departamentales y distritales de desarrollo que le sean delegados.

 

8. Prestar asesoría técnica en asuntos de carácter regional y en temas relativos a la prestación de servicios supra-locales a las entidades territoriales y públicas que hagan o no parte del territorio que conforma la RAPE Región Central.

 

9. Adelantar acciones para la generación de capacidades de gestión para el desarrollo del territorio de la RAPE Región Central.

 

10. Formular las directrices que permitan la incorporación del componente Regional en los Planes de Ordenamiento Territorial, los Planes de Desarrollo y en los instrumentos de planificación que los desarrollen o complementen.

 

11. Apoyar y facilitar la participación en procesos de ordenamiento y planificación del desarrollo económico, social y de los recursos naturales en el ámbito regional.

 

12. Adelantar las actividades necesarias que permitan la formulación de los programas de cooperación técnica nacional e internacional que, la Región Central requiera para lograr su misión.

 

13. Gestionar recursos de cofinanciación, de cooperación internacional y la constitución de alianzas público-privadas y con otras entidades públicas para el desarrollo de proyectos estratégicos de la RAPE Región Central.

 

14, Formular lineamientos técnicos que soporten la adopción de mecanismos de integración contemplados en la Ley 1454 de 2011 y apoyar la conformación de espacios de concertación regional.

 

15. Gestionar y administrar el banco de tierras de la RAPE Región Central para el desarrollo de los proyectos de impacto regional que ésta adopte.

 

16. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

 

Artículo 7°. Órganos de asesoría y coordinación. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno; el Comité institucional de Desarrollo Administrativo, la Comisión de personal y los demás órganos de asesoría y coordinación serán integrados y cumplirán sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

 

Articulo 8°. Adopción de la Planta de Personal de la RAPE Región Central. De conformidad con la estructura prevista en el presente Acuerdo, el Consejo Directivo procederá a adoptar la planta de personal de la RAPE Región Central.

 

Artículo  9°. Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir .de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el numeral del artículo 12, y los artículos 23° y 29° del Acuerdo Regional 001 de 2014 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de febrero del año 2015.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

BERNARDO UMBARILA SUÁREZ

 

Presidente Consejo Directivo

 

CAROLINA CHICA BUILES

 

Secretaría Técnica