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Decreto 344 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/08/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/09/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5663 de septiembre 01 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 344 DE 2015

(Agosto 28)

"Por medio del cual se corrige la cartografía de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 58- Comuneros, ubicada en la Localidad de Usme adoptada mediante el Decreto Distrital 431 de 2004."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y los artículos 334 y 426 del Decreto 190 de 2004, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 431 de 2004 se reglamentó la Unidad de Planeamiento Zonal UPZ No. 58- Comuneros, ubicada en la localidad de Usme, según las disposiciones del Decreto Distrital 190 de 2004 y se adoptaron corno parte integral las Planchas Nos. 1,2 y 3 de 3 que contienen las fichas reglamentarias y planos correspondientes, a escala 1:5000 de la citada UPZ.

Que el literal C del artículo 2° del Decreto Distrital 431 del 28 de Diciembre de 2004, describe el Sistema de Espacio Público Construido de la Unidad de Planeamiento Zonal UPZ No. 58 y relaciona entre sus componentes, los Parques de Escala Vecinal y de Bolsillo. Este Sistema fue incorporado en la cartografía de la Unidad de Planeamiento Zonal en la Plancha No. 1 de 3 (Plano de Estructura Urbana).

Que mediante radicación 1-2014-50054 del 22-10-2014, el Subdirector de Gestión del Suelo de la Secretaria Distrital del Hábitat solicitó la revisión de una posible imprecisión cartográfica y sobre las condiciones normativas aplicables al predio localizado en la calle 108 Sur No. 7 - 60, CHIP AAA0026DYSY, de la localidad de Usme, en lo relacionado con la franja de terreno destinada a "Parque Distrital de Escala Vecinal y de Bolsillo" que aparece señalada sobre el predio en la Plancha No. 1 de 3 (Plano de Estructura Urbana) del Decreto Distrital 431 de 2004.

Que el predio ubicado en la calle 108 Sur No. 7 - 60, CHIP AAA0026DYSY, se encuentra incluido en la Resolución 147 de 2008, expedida por la Secretaria Distrital del Hábitat, "Por medio de la cual se identifican predios de desarrollo prioritario para vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario en el Distrito Capital."

Que la Dirección de Información, Cartografía y Estadística de la Secretaria Distrital de Planeación mediante memorando 3-2014-17404 del 07de noviembre de 2014, manifestó:

"(...) De conformidad con la información de la Base de Datos Geográfica Corporativa (BDGC) de esta Secretaría y con base en la solicitud, se encontró que el predio con código catastral 0025389301 y ubicado en la dirección actual calle 108 SUR N° 7-24/60 fue incorporado a la cartografía de esta entidad en el año 2007 a través del plano topográfico US258/1-01 denominado LOS BRAZUELOS No 3. Adicionalmente, se encontró que mediante radicado 2011-941842 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital se efectuó la actualización del levantamiento topográfico.

Por otra parte, consultados los planos US226/4 y US226/4-01 correspondientes al desarrollo denominado ANTONIO JOSE DE SUCRE I SECTOR y según el cuadro de áreas de mojones y cesión de zonas, la zona verde 9 presenta un área de 11.485,66 m2 (ver figura 1)

Adicionalmente, al consultar la imagen del plano de la estructura de la UPZ 58 - Comuneros (Decreto Distrital 431 del 28 de diciembre de 2004), se observa que existe una sobreposición del predio ubicado en la dirección actual calle 108 Sur Nº 7-60 y un polígono que según las convenciones de dicho plano corresponde a la cobertura del SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO CONSTRUIDO – PARQUE DISTRITAL DE ESCALA VECINAL Y DE BOLSILLO, el cual al parecer incluye la zona verde 9 del plano US226/4 (parque distrital CODIGOJDRD: 05-166).

Por lo tanto, el predio del plano topográfico US258/1-01 y la zona verde 9 de los planos US226/4 y US226/4-01 no se sobreponen.

Teniendo en cuenta lo anterior, se concluye que el área definida como PARQUE DISTRITAL DE ESCALA VECINAL Y DE BOLSILLO en el plano de la estructura de la UPZ 58 (Decreto Distrital 431 de 2004) incluye superficie del predio denominado LOS BRAZUELOS No 3 (plano US258/1-01) (...)"

Que la Dirección del Taller del Espacio Público de la Secretaria Distrital de Planeacion mediante oficio 2-2014-55184 del 11 de diciembre de 2014 emitió concepto técnico para el predio ubicado en la Calle 108 Sur No. 7-60 informando que:

"(...) con el apoyo de la Dirección de Información, Cartografía y Estadística, se determinó que el predio ubicado en la calle 108 No. 7 - 60 fue incorporado a la cartografía de esta entidad en el año 2007, a través del plano topográfico US258/1-01 denominado LOS BRAZUELOS No. 3. Adicionalmente, se encontró que, mediante el radicado 2011-941842 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se efectuó la actualización del levantamiento topográfico.

Por otra parte, se realizó consulta de los planos US226/4 y US2264-1, correspondientes al desarrollo denominado ANTONIO JOSE DE SUCRE I y II SECTOR, encontrando que, de acuerdo con el cuadro de mojones y cesión de zonas, existe un área denominada en el plano como zona verde 9, comprendida entre los mojones 139, 114, 140, 53, 52, 51, 50, 49, 48, 95, 55, 66, 65, 64, 63, 62, 96, 67, 74, 73, 72, 71, 70,69,60,60,59,58,57,97,98,99,100,101,102,103, 104,8, 12, 24, 29, 28, 27, 25, 105, 139, con un área de 11.485,66 mts2, y cuyo polígono coincide con parte del área correspondiente al parque de Escala Vecinal ANTONIO JOSE DE SUCRE I y II SECTOR identificado con el CODIGO IDRD: 05 – 166.

Confrontando esta información con la del PLANO DE ESTRUCTURA de la UPZ 58 - Comuneros, reglamentada mediante el Decreto Distrital 431 del 28 de diciembre de 2004, se observa que existe una diferencia en los polígonos que, en una y otra fuente, se señalan como parque. Así, se determinó que existe una sobreposición entre el área del predio ubicado en la dirección actual calle 108 Sur No. 7-60 y el polígono que, según las convenciones del PLANO DE ESTRUCTURA de la UPZ 58, corresponde a la cobertura del SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO CONSTRUIDO - PARQUE DISTRITAL DE ESCALA VECINAL Y DE BOLSILLO, el cual, al parecer, incluye la zona verde 9 del plano US226/4.

Igualmente, en virtud de la información analizada, se pudo determinar que entre el predio ubicado en la calle 108 Sur No. 7-60 y el área correspondiente al Parque de Escala Vecinal ANTONIO JOSE DE SUCRE I y II SECTOR incorporado en el inventario del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte con el CODIGO_ IDRD: 05-166 no existe sobreposición. "

Que la Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios, de la Secretaria Distrital de Planeacion mediante memorando 3-2015-04227 del 31 de marzo de 2015 se pronunció respecto del predio de nomenclatura calle 108 Sur Nº 7-24/60, en los siguientes términos:

"El predio identificado con la nomenclatura oficial calle 108 Sur Nº 7-24/60 fue incorporado a la cartografía de esta entidad en el año 2007 a través del plano topográfico US258/1-01 denominado "Los Brazuelos No 3" de la localidad de Usme.

Realizada la visita de campo se encontró que el predio ubicado en la CL 108 sur 7-60 CHIP AAA0026DYSY, no se encuentra urbanizado, se encuentra parcialmente libre, existen sobre el costado sur oriental del predio unas construcciones; entre este predio y la zona verde Nº 9 del desarrollo Antonio José de Sucre Sectores I y II indicada en el plano US226/4, se encuentra la calle 108 sur, la cual según la plancha Nº 2 del Decreto 431 de 2004 esta catalogada como corredor de movilidad local (CML); nos permitimos anexar el acta de ficha de terreno del 25 de febrero de 2015, en 5 folios.

Ahora bien, revisados los planos aprobados US226/4 y US226/4-1 del desarrollo ANTONIO JOSE DE SUCRE I SECTOR legalizado mediante resolución 249 de 20 de mayo de 1991 y según el cuadro de áreas de mojones y cesión de zonas, la zona verde 9 presenta un área de 11.485,66 m2.

Revisada la plancha Nº 1 de 3 plano de estructura de la UPZ 58 Comuneros, reglamentada mediante Decreto Distrital 431 del 28 de diciembre de 2004, se observó que sobre el predio motivo de consulta existe un polígono que según las convenciones de dicho plano corresponde a la cobertura del sistema de espacio público construido-parque distrital de escala vecinal y de bolsillo, como se observa en la siguiente imagen.

Es importante precisar que el predio motivo de consulta localizado en la CL 108 SUR 7 - 60 CHIPAAA0026DYSY, se encuentra incluido en el listado de la Resolución 147 de 2008, expedida por la SDHT, mediante la cual se identificaron inmuebles o terrenos que serian objeto de declaratoria de desarrollo prioritario.

Ahora bien, revisada en la base geográfica de la entidad ADMBDG. Sistema_Espacio_Publico Feature Class: ADMBDG.Parque. se puede observar que polígono del parque de consulta es diferente al que se encuentra en la plancha Nº 1 como se observa en la siguiente imagen:

De acuerdo con lo anterior se revisó la página del portal mapas de Bogotá y se encontró el parque Antonio José de Sucre I y II sector el cual esta identificado por el IDRD con el código 05-166 como figura en la siguiente imagen:

Como se puede apreciar en la imagen anterior el polígono del parque código 05-166 del IDRD no incluye el predio motivo de consulta.

Según lo anterior esta Dirección procedió a revisar en el archivo la documentación técnica con la cual fue aprobada la UPZ, y se encontró que dicha capa fue suministra (sic) en algún momento a la consultoría (Contrato 186 de 2002) como ZV- UPZ-58.

El Subdirector de Gestión del Suelo Rodrigo Carrascal Enríquez de la Secretaria Distrital del Hábitat en la solicitud con número de radicación 1-2014-50054 expresa que (...) "al sobreponer la cobertura actualizada de parque, suministrada por el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte -IDRD, encontraron que el polígono que identifica dicha área, fue actualizado y modificado geográficamente con ocasión de la certificación técnica expedida por el Departamento Administrativo de la Defensoria del espacio Publico DADEP en septiembre de 2007 dicha certificación establece que el parque identificado por el IDRD con el código 05-166 contiene, entre otras, una ZONA VERDE destinada al uso publico de 11.485.66 m2 que pertenece al Desarrollo Antonio José de Sucre II sector" (El subrayado es nuestro)

Es importante aclarar que en la plancha Nº 1 de 3 plano de estructura de la UPZ 58 Comuneros, el polígono señalado hace parte del Sistema de Espacio Público Construido- Parque Distrital de Escala Vecinal y de Bolsillo, esta cobertura se encuentra únicamente en esta plancha y no hace parte de los mapas del Decreto Distrital 190 de 2004, ni esta área se encuentra señalado en ninguno de ellos.

De acuerdo con lo anterior, esta Dirección considera que desde el punto de vista técnico es pertinente modificar en la plancha Nº 1 de 3 plano de estructura de la UPZ 58 Comuneros, en lo relacionado con el Sistema de Espacio Público Construido- Parque Distrital de Escala Vecinal y de Bolsillo, el polígono señalado, excluyendo el área que se ubica en el predio motivo de consulta y conservando los linderos del parque identificado por el IDRD con el código 05-166".

Que realizada la evaluación correspondiente por parte de la Secretaria Distrital de Planeacion se determinó que dentro de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 58 - Comuneros, existe una sobreposición cartográfica en la Plancha Nº 1 de 3 que contienen la Estructura Urbana de la UPZ, reglamentada por el Decreto Distrital 431 de 2004; por cuanto no se ajusta a los antecedentes técnicos contenidos en la cartografía previa, correspondiente a los planos US258/1-01, US 226/4 y US226/4-1.

Que revisada técnicamente la situación conforme a lo previamente señalado, la Secretaría Distrital de Planeación determinó que es necesario realizar la corrección cartográfica eliminando la sobreposición encontrada en la estructura de la UPZ 58 -Comuneros, y para ello, es preciso corregir parcialmente la cartografía del Decreto Distrital 431 de 2004 reglamentario de la misma, específicamente la plancha Nº 1 de 3 -Plano de Estructura Urbana.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Articulo  1°. Corregir la cartografía del Decreto Distrital 431 de 2004 reglamentario de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 58- Comuneros, precisando en la plancha No. 1 de 3 (Plano de Estructura Urbana), la delimitación del Parque Vecinal y de Bolsillo Antonio José de Sucre I y II Sector, de acuerdo con la base actualizada del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), el cual identifica el parque con el código_IDRD 05-166.

Parágrafo. El área relacionada con la precisión cartográfica que no hace parte del Parque Vecinal y de Bolsillo Antonio José de Sucre I y II Sector, corresponde al sector normativo No. 4, Tratamiento de Mejoramiento Integral, Modalidad Reestructurante, Área de Actividad Residencial, Zona Residencial con Actividad Económica en la Vivienda, como figura en la plancha Nº 2 de 3, Sectores Normativos y Ficha de Usos del Decreto Distrital 431 de 2004.

Artículo 2. Adóptese como parte integral del presente decreto, la plancha 1 de 3- Plano de Estructura Urbana a escala 1:5000, correspondiente a la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 58 -Comuneros., la cual reemplaza la plancha 1 de 3 adoptada en el Decreto Distrital 431 de 2004.

Artículo 3°. Ordenar a la Dirección de Información, Cartografía y Estadística de la Secretaría Distrital de Planeación realizar la corrección a la que se refiere el artículo primero del presente decreto, tanto en el formato físico como en la Base de Datos Geográfica Corporativa de la Secretaría Distrital de Planeación.

Artículo 4° Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deberá ser publicado en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra, y reemplaza las disposiciones que le sean contrarias. Todos los demás aspectos que no fueron modificados del Decreto Distrital 431 de 2004 continúan vigentes.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de agosto del año 2015.

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor.

GERARDO ARDILA CALDERÓN

Secretario Distrital de Planeación.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5663 de septiembre 01 de 2015.