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Decreto 427 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/10/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/10/2015
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 427 DE 2015

 

(Octubre 30)

 

"Por el cual se confiere una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo"

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el doctor Carlos Arturo Rey Parra, Secretario Privado del Despacho del señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., mediante memorando radicado con el Nro. 3-2015-36633 del 27 de octubre de 2015, remitió la comunicación suscrita por el doctor RICARDO ROA BARRAGÁN, Presidente Grupo Energía de Bogotá, por medio de la cual invita al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para que participe en el XXX Comité Sectorial de Cultura, organizado por la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas - UCCI, que se llevará a cabo del 4 al 6 de noviembre de 2015, en la ciudad de Guatemala - Guatemala.

 

Que en el mencionado evento se tratarán temas relacionados con la gestión cultural como herramienta de desarrollo local y las buenas prácticas que hacen cultura, entre otros.

 

Que en el Eje 1 del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 - Bogotá Humana, determina que "este eje tiene como propósito reducir las condiciones sociales, económicas y culturales que están en la base de la segregación económica, social, espacial y cultural de la ciudadanía bogotana, que contribuyen a la persistencia de las condiciones de desigualdad o que dan lugar a procesos de discriminación. Se trata de remover barreras tangibles e intangibles que le impiden a las personas aumentar sus opciones en la elección de su proyecto de vida, de manera que estas accedan a las dotaciones y capacidades que les permitan gozar de condiciones de vida que superen ampliamente los niveles de subsistencia básica, independientemente de su identidad de género, orientación sexual, condición étnica de ciclo vital, condición de discapacidad, o de sus preferencias políticas, religiosas, culturales o estéticas".

 

Que la participación del doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO en dichos eventos, se considera procedente y guarda relación con las funciones de su competencia, teniendo en cuenta que participará activamente en el XXX Comité Sectorial de Cultura, organizado por la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas - UCCI, en el cual tendrá la oportunidad de presentar los logros y cifras que ha alcanzado la ciudad en los temas relacionados con las condiciones culturales de la sociedad bogotana, los cuales se encuentran fijados en el Eje 1 del mencionado Plan de Desarrollo, lo cual coadyuvará en el posicionamiento de Bogotá, D.C., como líder en políticas y programas a nivel mundial, de conformidad con el artículo 45 del aludido Plan de Desarrollo.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., entregará al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tiquetes aéreos en la ruta Bogotá – Guatemala – Bogotá, con cargo al contrato de suministro 2211500-347-2015 y reconocerá viáticos a razón del cien por ciento (100%) por los días 4 y 5 de noviembre de 2015, y cincuenta por ciento (50%) por el día 6 de noviembre de 2015, de la tarifa máxima establecida en el Decreto 1063 de 2015, con cargo al rubro 3-1-2-02-02-00-0000-00 concepto "Viáticos y Gastos de Viaje" de la actual vigencia fiscal, según certificado de disponibilidad presupuestal Nro. 29.

 

Que el artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que "Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo. Las comisiones sólo se podrán decretar para atender asuntos relacionados con las funciones del cargo. Copia de los decretos de comisión será enviada a la mesa directiva del Concejo".

 

Que con el propósito que el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., asista al evento previsto, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior, por cuestiones de itinerario y agenda de nivel internacional, a partir de las 10:30 a.m. del 4 de noviembre hasta las 9:30 p.m. del 6 de noviembre 2015, en los términos dispuestos en las normas vigentes.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Conferir comisión de servicios al exterior a partir de las 10:30 a.m. del 4 de noviembre de 2015, al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 208.079, Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para desplazarse a la ciudad de Guatemala - Guatemala.

 

Parágrafo 1°.- Durante el término de la comisión el doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.11.8 del Decreto 1083 de 2015.

 

Parágrafo 2°.- Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo ordenado en el artículo 2.2.5.11.11 del Decreto 1083 de 2015.

 

Artículo 2°.- Ordenar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que entregue al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Guatemala - Bogotá, con cargo al contrato de suministro 2211500-347-2015 y reconocerá viáticos a razón del cien por ciento (100%) por los días 4 y 5 de noviembre de 2015, y cincuenta por ciento (50%) por el día 6 de noviembre de 2015, de la tarifa máxima establecida en el Decreto 1063 de 2015, con cargo al rubro 3-1-2-02-02-00-0000-00 concepto "Viáticos y Gastos de Viaje" de la actual vigencia fiscal, según certificado de disponibilidad presupuestal Nro. 29.

 

Artículo 3°.- Encargar a partir de 10:30 a.m. del 4 de noviembre de 2015, de las funciones del cargo de Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la doctora MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 41.786.499, Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta por el término de duración de la comisión del titular.

 

Parágrafo 1°.- Una vez el doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO retorne a la ciudad, reasumirá las funciones del cargo de Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., del cual es titular y se dará de manera inmediata por terminado el encargo de dichas funciones, efectuado a la doctora MARTHA LUCÍA  ZAMORA ÁVILA mediante el presente Decreto.

 

Artículo 4°.- Comunicar a la doctora MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, a la autoridad competente, para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto Ley 1421 de 1993, a las Subdirecciones Administrativa y de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría.

 

Artículo 5°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de octubre del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor