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Resolución 139 de 2015 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
02/10/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5731 de diciembre 10 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 139 DE 2015

 

(Octubre 2)


Ver Resolución 154 de 2016

 

“Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Distrital de Turismo”.

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus facultades Legales y en especial  las que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005, el Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos Nro. 01 de 2007 y 01 de 2010 expedidos por la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo – IDT, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución Nro. 001 del 13 de marzo de 2007, la Dirección General, estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que mediante la Resolución Nro.004 del 28 de enero de 2008, la Dirección General, modificó y estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, al adicionar una disciplina académica al cargo de Director General de Entidad Descentralizada.

 

Que mediante la Resolución Nro.039 del 24 de junio de 2008, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en cuanto al cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 03.

 

Que mediante la Resolución Nro.071 del 8 de septiembre de 2008, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en cuanto a los cargos de Director General de Entidad Descentralizada Código 050 Grado 02, y Profesional Especializado Código 222 Grado 04.

 

Que mediante la Resolución Nro.088 del 27 de octubre de 2008, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en cuanto al cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 01 de la Subdirección de Promoción.

 

Que mediante el Acuerdo Nro.01 del 28 de julio de 2010, se modificó la estructura organizacional del Instituto Distrital de Turismo y se dictaron otras disposiciones, previo concepto técnico favorable expedido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante Oficio Nro. 1449 del 28 de junio de 2010 y previa certificación de viabilidad presupuestal expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda expedida mediante Oficio Nro. 2010EE382030 del 26 de julio de 2010.

 

Que mediante el Acuerdo Nro.03 del 28 de julio de 2010, se modificó la planta de empleos del Instituto Distrital de Turismo, previo concepto técnico favorable expedido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante Oficio Nro. 1449 del 28 de junio de 2010 y previa certificación de viabilidad presupuestal expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda expedida mediante Oficio Nro. 2010EE382030 del 26 de julio de 2010.

 

Que mediante la Resolución Nro.085 del 28 de julio de 2010, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo, en cuanto a los cargos de Asesor Código 105 Grado 02, Asesor Código 105 Grado 01, Profesional Especializado Código 222 Grado 04, Profesional Especializado Código 222 Grado 03, Profesional Universitario Código 219 Grado 02, Profesional Universitario Código 219 Grado 01, Secretario Ejecutivo Código 425 Grado 02, Conductor Código 480 Grado 01.

 

Que mediante la Resolución Nro.182 del 24 de noviembre de 2011, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo, en cuanto a los cargos de Asesor Código 105 Grado 02.

 

Que mediante la Resolución Nro.184 del 30 de diciembre de 2013, la Dirección General, modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo, en cuanto al cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 04 - Comunicaciones.

 

Que mediante la Resolución Nro.120 del 27 de junio de 2014, la Dirección General, modificó parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para el empleo  de Director General Código 050 Grado 02 de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que mediante la Resolución Nro.149 del 25 de julio de 2014, la Dirección General, modificó parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para algunos empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo, en cuanto a los cargos del nivel Directivo y Asesor.

 

Que el Decreto 367 del 09 de septiembre de 2014 establece los requisitos de estudio y experiencia para los empleos de Secretarios de Despacho, directores de departamento y directores de las unidades administrativas especiales de la administración del sector central de Bogotá D.C.

 

Que el Decreto 2484 del 02 de diciembre de 2014 reglamenta el Decreto Ley 785 de 2005, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleados de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004.

 

Que el Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública establece en el Artículo 2.2.4.9 que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos deben incluir: el contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados públicos y las comportamentales, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2.4.7 y 2.2.4.8 del mismo; las competencias funcionales; y los requisitos de estudio y experiencia de acuerdo con lo establecido en el Decreto que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

 

Que se requiere modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en cuanto a los requisitos de estudio, incluyendo la “Experiencia Docente” y nuevas disciplinas, para todos los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que se requiere unificar todas las versiones anteriores del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que mediante oficio Nro. 2015-E-E-2407 del 22 de septiembre de 2015 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto favorable respecto a la modificación y unificación del Manual Específico de Funciones y competencias laborales del IDT.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para la planta del Instituto Distrital de Turismo, el cual hace parte integral de este documento.

 

Artículo 2. Para efectos de la acreditación de los requisitos establecidos en la presente Resolución se aplicarán las equivalencias entre estudios y experiencia de que trata el artículo 25 del Decreto 785 de 2005.

 

Artículo 3. El jefe de personal (o quien haga sus veces), entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas.

 

PARÁGRAFO: Adicionado por el art. 1 Resolución 019 de 2016. <El texto adicionado es el siguienteLas modificaciones al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleados de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo, deberán ponerse en conocimiento de/los funcionario/s que desempeñe/n un empleo que ha sido objeto de reforma y publicarse en la página Web de la entidad como documento actualizado, sin que sea necesario modificar la Resolución 139 de 2 de octubre de 2015, previo concepto favorable emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital con respecto a la modificación del Manual.

 

Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y modifica en lo pertinente las Resoluciones Nro.001 del 13 de Marzo de 2007, 085 del 28 de Julio de 2010, 120 del 27 de Junio de 2014, y 149 del 25 de Julio de 2014, y las demás que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de octubre del año 2015.

 

TATIANA PIÑEROS LAVERDE

 

Directora General

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5731 de diciembre 10 de 2015.