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Resolución 168 de 2015 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
03/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5733 de diciembre 14 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 168 DE 2015

 

(Diciembre 3)

 

¨Por la cual se armoniza la Misión y Visión, y se adoptan las Políticas y Objetivos Estratégicos del Sistema Integrado de Gestión, del Instituto Distrital de Turismo”.

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá y el Acuerdo 03 de Junta Directiva del 12 de marzo de 2007 y

 

CONSIDERANDO:

Que actualmente el IDT cuenta con la Resolución No. 270 del 22 de Diciembre de 2012, por medio de la cual se actualizó la Misión y Visión del Instituto Distrital de Turismo.

Que mediante el Sistema de Información Distrital para la Implementación y Sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión SID-SIG, la Entidad u Organismo Distrital debe documentar y adoptar oficialmente la Misión, Visión, Políticas del Sistema Integrado de Gestión, así como los Objetivos Estratégicos.

Que el Manual del Sistema Integrado de Gestión tiene como objetivo establecer las directrices y lineamientos que permitan dirigir, controlar y asegurar la gestión del Instituto Distrital de Turismo, en términos de los Subsistemas del Sistema Integrado de Gestión, en el cual establece dentro de la Planeación Estratégica el desarrollo de la misión,  la visión y los objetivos a través de los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación institucional; los cuales permiten ejecutar de manera articulada y eficiente sus funciones, en búsqueda de la satisfacción de las necesidades de los clientes, el logro de los objetivos institucionales y los objetivos ambientales.

Que a su vez el Manual Plan Estratégico Institucional tiene como objetivo identificar y establecer los objetivos, estrategias, programas, proyectos y productos y/o servicios, que permitan al Instituto Distrital de Turismo obtener la mayor productividad con el fin de cumplir con su misionalidad, el cual tiene como elementos descriptores la visión, la misión, los principios, el modelo de servicio o de negocio, los objetivos estratégicos y de calidad, la estrategia central Institucional, la estructura organizacional que soporta la estrategia y finalmente, se formula el plan de acción para los próximos años.

Que la Asesoría de Planeación y Sistemas del IDT implementó la metodología TASCOI la cual determina la delimitación sistémica de la Entidad, permitió articular, armonizar y establecer los alcances de la Misión, Visión, Políticas del Sistema Integrado de Gestión, así como los Objetivos Estratégicos dentro de sus Manuales del Sistema Integrado de Gestión y Plan Estratégico Institucional de forma técnica.

Que de acuerdo con el seguimiento realizado por el Asesor de Control Interno a la implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión, en el marco del Decreto 370 de 2014, se recomendó la armonización de la Misión y la Visión del Instituto de acuerdo con lo establecido en el Manual del Sistema Integrado de Gestión y el Manual Plan Estratégico del Instituto.

Que de acuerdo con el Sistema de Información Distrital para la Implementación y Sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión SID-SIG, es necesario adoptar oficialmente las Políticas del Sistema Integrado de Gestión y los Objetivos Estratégicos que se encuentran incorporados en los Manuales del Sistema Integrado de Gestión y Plan Estratégico del Instituto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Armonizar como Misión Institucional, en los documentos Manual Plan Estratégico y Manual del Sistema Integrado de Gestión, la siguiente:

“Impulsar el desarrollo económico de Bogotá, a través de la promoción y posicionamiento de la actividad turística de la Ciudad y de gestionar las condiciones de competitividad y sostenibilidad turística del destino”.

ARTÍCULO 2. Armonizar como Visión Institucional, en los documentos Manual Plan Estratégico y Manual del Sistema Integrado de Gestión, la siguiente:

“Posicionar a Bogotá en el 2020, como destino turístico sostenible y al sector turístico  como uno de los principales dinamizadores del desarrollo económico y social para la ciudad”.

ARTÍCULO 3. Adoptar las Políticas del Sistema Integrado de Gestión y los Objetivos Estratégicos que se encuentran incorporados en los Manuales del Sistema Integrado de Gestión y Plan Estratégico del Instituto. Los Manuales se encuentran vigentes y publicados en la INTRANET del Instituto.

ARTÍCULO 4. Publicar el presente acto administrativo en la INTRANET del Instituto y en el Diario Oficial de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO 5. Vigencia y Derogatorias. El presente acto administrativo rige a partir de su fecha de su expedición y deroga la Resolución N. 270 del 20 de Diciembre de 2012.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil quince (2015).

 

TATIANA PIÑEROS LAVERDE

 

Directora General

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5733 de diciembre 14 de 2015