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Decreto 587 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5745 de diciembre 31 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 587 DE 2015

 

(Diciembre 29)

 

“Por medio del cual se prorrogan unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito”

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y Decreto Nacional 1227 de 1995, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, consagran que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

 

Que mediante el Decreto Distrital 511 de 2013, fue creada la planta temporal con mil trescientos cuarenta y cinco (1345) empleos para la Secretaría de Educación Distrital con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, con el fin de garantizar la continua prestación de los servicios institucionales, así como el logro de los objetivos y metas contempladas en los planes institucionales en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan Sectorial de Educación 2012-2016 "Calidad para todos y todas" y del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana".

 

Que teniendo en cuenta las necesidades de los empleos temporales creados por el Decreto Distrital 511 de 2013 persisten en la entidad y se requiere culminar con las metas de los programas, proyectos y planes para los cuales fueron aprobados dichos cargos, se requiere la ampliación de la vigencia de algunos de los empleos temporales de la Secretaría de Educación Distrital hasta el treinta (30) de junio de 2016.

 

Que con base en las facultades otorgadas por el Acuerdo 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, una vez analizada la solicitud de la citada Secretaría remitida bajo oficio No. 137254 del 06 de octubre de 2015, emitió concepto técnico favorable mediante oficio número 2015-E-E-2856 del 10 de diciembre de 2015, para la prórroga de seiscientos cincuenta y tres (653) empleos de carácter temporal a que se ha hecho referencia.

 

Que en el mismo sentido, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para la prórroga a que hace referencia el presente acto administrativo, mediante oficio radicado No. 2015-E-E-289627 del 22 de diciembre de 2015.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Prorrogar hasta el 30 de junio de 2016, la vigencia de seiscientos cincuenta y tres (653) empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito creados por el Decreto 511 de 2013, tal como se determina a continuación:

 

Nivel

Denominación

Código

Grado

No. Empleos

Técnico

Técnico Operativo

314

04

153

Asistencial

Auxiliar Administrativo

407

05

500

Total Empleos de carácter temporal

653

 

Artículo 2°.- Los empleos temporales prorrogados en el presente Decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 e (sic) 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

Artículo 3°.- Las demás disposiciones del Decreto Distrital 511 de 213 (sic) que no han sido modificadas continúan vigentes.

 

Artículo  4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica el artículo del Decreto Distrital 511 de 213 (sic).

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C.,  a los 29 días del mes de diciembre del año 2015

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

 

OSCAR SANCHEZ JARAMILLO

 

Secretario de Educación Distrital

 

HERNANDO VARHAS ACHE

 

Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5745 de diciembre 31 de 2015.