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Acuerdo 632 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/01/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5748 de enero 05 de 2016
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 632 DE 2015

 

(Diciembre 30)

 

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN ESTRATEGIAS PARA LA PRESERVACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES CONMEMORATIVOS, ESCULTURAS Y OTROS BIENES CULTURALES UBICADOS EN EL ESPACIO PÚBLICO"

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por los numerales 1 y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyecto de Acuerdo 376 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1°. La Administración Distrital promoverá la participación, sin ánimo de lucro, de los sectores público y privado en la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos, esculturales y otros bienes culturales ubicados en el espacio público de la ciudad.

 

PARÁGRAFO. Las actividades de restauración preservación y defensa de los bienes conmemorativos, esculturas y otros bienes culturales ubicados en el espacio público que ejecuten las empresas, organismos, entidades o personas naturales, en el marco del presente Acuerdo, no les otorgarán ninguna concesión o derecho sobre los bienes de patrimonio cultural, ni eximirán a la Administración Distrital de la responsabilidad que le compete en relación con la restauración, preservación y defensa de los mismos.

 

ARTÍCULO 2°. Créese el logo "ADOPTA UN MONUMENTO" como símbolo de reconocimiento hacia las empresas, organismos, entidades o personas naturales que participen en actividades orientadas a la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos y esculturas ubicados en el espacio público.

 

ARTÍCULO . Las empresas, organismos, entidades o personas naturales que participen en la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos y esculturas ubicados en el espacio público, podrán recibir de la Administración Distrital, según el caso los siguientes beneficios o estímulos:

 

1. Presencia del nombre, la marca o logo institucional en el espacio público en el que se encuentra el bien conmemorativo o escultura.

 

2. Utilización del lago "Adopta un monumento" en los bienes y servicios que ofrezcan o en la publicidad de los mismos.

 

3. Exaltación y reconocimiento de su nombre en actos y documentos oficiales.

 

4. Posibilidad de reconocimiento, a criterio de la Administración, de compensaciones a las empresas, organismos, entidades o personas naturales por su vinculación al programa de Adopción de un monumento.

 

5. Los demás que considere pertinente la Administración en el marco de sus competencias.

 

ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

 

Presidenta

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2015.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5748 de enero 05 de 2016