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Proyecto de Acuerdo 160 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2002
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 160 DE 2002

PRESENTADO POR LILIA CAMELO CHAVES CONCEJAL DE BOGOTA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 146 de 2004 

En el inicio de la década de los 60’s Bogotá crecía desesperadamente y eso no se dejaba de sentir en el ambiente cultural en el que surgían grupos de teatro, de poesía Nadaista y movimientos de pintura. Respecto a la música, esta se sentía asfixiada con una sola orquesta de tipo sinfónico, que solo cubría las necesidades de 150 a 200 personas semanalmente en el Teatro Colon de Bogotá.

Revelándose contra el concepto elitista de quienes asistían a la Sinfónica, aparece en 1965 en el panorama Bogotano y por que no Colombiano la "Orquesta Filarmónica Colombiana" desplegando una serie de conciertos en escuelas públicas, barrios populares, hospitales, iglesias y demás sitios asequible a las capas populares.

Esta labor musical se veía en crisis permanente, por que económicamente era insostenible por los particulares sin el apoyo del Estado. Es cuando aparece como salvador de esa labor el Honorable Concejo de Bogotá que asume el lema de la Filarmónica Colombiana, "El Arte debe cumplir una función social" y decide acoger esa propuesta aprobando el Acuerdo 071 del año 1967 "Por el cual se crea la Orquesta Filarmónica de Bogotá"

A partir de ese momento la labor social se comienza a cumplir con éxito ante el asombro de quienes habían sido escépticos y dudaban que esto pudiera ser realidad.

Esa política cultural además de mantenerse, crece sin precedentes históricos que aún 35 años más tarde no han podido superar otras instituciones similares.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá lanza una contundente labor de educación y de perfeccionamiento de los músicos nacionales de la misma, incorporando en su seno elementos extranjeros que cumplen la difícil tarea de ser músicos de orquesta y excelentes pedagogos.

Durante las ultimas dos décadas la Orquesta Filarmónica de Bogotá ha sido la primera Institución Musical del País y a la vez ha tomado la vanguardia de las instituciones similares en América Latina.

La importancia de elevar la Orquesta Filarmónica a Patrimonio Cultural de la ciudad es por que con ello, fortalecemos uno de los factores a través de los cuales se genera entre los ciudadanos armonía y paz, lo cual es fundamental en esta época de violencia y desasosiego en que viven nuestros conciudadanos. Así, la música, interpretada por la Filarmónica de Bogotá, continuara deleitando a todos los sectores sociales de la ciudad, llevando un oasis de tranquilidad.

El Concejo de Bogotá, tiene la competencia y el compromiso con la ciudad de preservar nuestros valores culturales, y la forma directa de protegerlos es a través de su reconocimiento formal elevando este compromiso a nivel de Acuerdo de la ciudad.

MARCO NORMATIVO DEL PROYECTO DE ACUERDO

CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

Articulo. 7 El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación Colombiana.

Articulo. 8 Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

LEY 397 DE 1997

Articulo 4. Definición de patrimonio cultural de la Nación.

El patrimonio de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmuebles y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.

Articulo 5. Objetivos de la política estatal en la relación con el patrimonio cultural de la Nación. La política estatal en lo referente al patrimonio cultural de la Nación, tendrá como objetivo principal la protección, la conservación, rehabilitación y la divulgación de dicho patrimonio.

DECRETO 1421 DE 1993

Es competencia del Concejo de Bogotá, expedir normas para defender el patrimonio cultural de la ciudad, según el articulo 12 del Decreto 1421 de 1993, y según el articulo 12, numeral 13, es iniciativa del Concejo de Bogotá.

Articulo 12. numeral 13. Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural.

Articulo 13. Iniciativa. Sólo podrán ser dictados o reformados a iniciativa del alcalde los acuerdos a que se refieren los ordinales 2º, 3º, 4º, 5º, 8º, 9º, 14º, 16º, 17 y 21º del artículo anterior.

En el artículo 13 no se hace mención del numeral 13, referente a la defensa y preservación del patrimonio cultural.

PATRIMONIO CULTURAL

El elemento más visible del patrimonio cultural es el patrimonio tangible. Se compone de los Bienes inmuebles, como son los monumentos, edificios, lugares arqueológicos, conjuntos históricos y los elementos naturales como los árboles, grutas, lagos, montañas y otros que encarnan importantes tradiciones culturales y los Bienes muebles, que engloban las obras de arte de cualquier tipo, de cualquier material, los objetivos de interés arqueológico, los que reflejan técnicas tal vez desaparecidas y los objetos de la vida cotidiana, como pueden ser los utensilios, los vestidos y las armas.

A esta larga lista hay que añadir el patrimonio intangible, que constituye el patrimonio intelectual: es decir, las creaciones de la mente, como la literatura, las teorías científicas y filosóficas, la religión, los ritos y la música, así como los patrones de comportamiento y culturales que se expresan en las técnicas, la historia oral, la música y la danza. Es posible conservar trazas materiales de este patrimonio en los escritos, las partituras musicales, las imágenes fotográficas o las bases de datos informáticas, pero no resulta tan fácil cuando se trata, por ejemplo, de un espectáculo o la evolución histórica de un determinado estilo de representación o de interpretación. Por esto, los legisladores están tratando de añadir a los textos ciertos cambios importantes en lo que respecta a la protección de la integridad de las ideas creadoras y de los derechos generados por los espectáculos.

Por todo lo anterior, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, se debe reconocer como patrimonio cultural de Bogotá, Distrito Capital.

PRESENTADA POR;

LILIA CAMELO CHAVES

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO DE 2002

"POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA A LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ, PATRIMONIO CULTURAL DEL DISTRITO CAPITAL"

EL CONCEJO DE BOGOTÀ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Articulo 12, numeral 13, Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Declárese a la Orquesta Filarmónica de Bogotá como patrimonio cultural del Distrito Capital, como reconocimiento a la labor social realizada en promoción de la cultura ciudadana.

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de su promulgación

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Firmado a los ___ días del mes de __________ de 200_

SAMUEL ARRIETA BUELVAS

Presidente

Concejo de Bogotá

ILDEVARDO CUELLAR

Secretario General

Concejo de Bogotá

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

Bogotá, Distrito Capital