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Resolución 4147 de 1993 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
--//1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 04147 DE 1993

RESOLUCIÓN 4147 DE 1993

(mayo 25)

 

por la cual se asignan unas funciones en la Subdirección de Atención a las personas.

 

El Secretario Distrital de Salud de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el Decreto 978 de 1992, artículo 9 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 49 de la Constitución Nacional establece la atención de la Salud y el Saneamiento Ambiental como un servicio público a cargo del Estado, correspondiéndole a ésta ejercer su inspección, vigilancia y control.

 

Que la Secretaría Distrital de Salud de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10 de 1990, artículo 12, literal (sic) y el Decreto 1088 de abril 25 de 1991, artículos 8, 28, 41 y 60, le compete la inspección, vigilancia y control en ciertos establecimientos, que en la jurisdicción del Distrito Capital conforman el Subsector Privado del Sector Salud, las normas técnico - científicas todas de obligatorio cumplimiento y/o técnico - administrativo con las restricciones legales.

 

Que la Secretaria Distrital de Salud por delegación del Ministerio de Salud y por establecimiento del literal q) del artículo 12 de la Ley 10 de 1990 le corresponde la inspección, vigilancia y control de las normas de orden higiénico - sanitario previstas en la Ley 9 de 1979 o Código Sanitario Nacional y su reglamentación.

 

Que dentro de la reorganización de la Secretaría Distrital de Salud mediante el Acuerdo 18 de 1991 artículo 42, 43 y 44 se asignaron ciertas funciones de inspección y Vigilancia y otras a la División de Control de Calidad, y autorización de servicios y sus secciones.

 

Que a la división indicada en el considerando anterior, no se le creó Planta de Personal por lo cual nunca entró a desarrollar sus objetivos y ampliar sus funciones.

 

Que a falta de dicha repartición se hace necesario determinar cual dependencia debe asumir tales funciones.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Asignar las funciones establecidas en los artículos 42, 43 y 44 del Acuerdo 18 de 1991 a la División de Supervisión y Evaluación - subdirección de Atención a las personas.

 

Artículo 2º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital, la que se entiende surtida con el recibo de pago.

 

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

 

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 25 de mayo de 1993

 

El Secretario Distrital de Salud, GUSTAVO MALAGÓN LONDOÑO. El Subsecretario General de Salud, LUIS GERARDO MARTÍNEZ MORENO.

 

NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 792 de octubre 19 de 1993.