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Decreto 373 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/09/2016
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 373 DE 2016

 

(Septiembre 12)

 

Por el cual se concede una licencia temporal a la arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN Curadora Urbana 3 de Bogotá, D.C., y se hace una designación provisional

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales. cn especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 199.3 y el Decreto Nacional 1083 de 2015,y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que el Alcalde Mayor tiene dentro de sus atribuciones legales la de "dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito ",

 

Que el numeral 1 del artículo 100 del Decreto Nacional 1469 de 2010. señala que se consideran faltas temporales de los curadores urbanos, " La licencia temporal en los términos previstos en el Estatuto de Notariado".

 

Que el artículo 101 del Decreto Nacional ídem, dispone que "En el caso de que trata el numeral 1 del artículo anterior, corresponderá al alcalde municipal o distrital designar al curador provisional. quién deberá reunir los mismos requisitos para ser curador urbano y podrá pertenecer al grupo interdisciplinario especializado adscrito a la curaduría ".

 

Que mediante oficios radicados con los No. 1-2016-34144 del 26 de julio y 1-2016-37598 del 26 de agosto de 2016 la arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN. identiticada con cédula de ciudadanía No. 51.657.102. Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C., solicita que se le conceda una licencia temporal del 26 de septiembre al 18 de noviembre de 2016, inclusive.

 

Que mediante comunicación radicada con el Nro. 1-2016-36688 del 17 de agosto de 2016, el doctor JUAN OSWALDO MARTÍNEZ MARTÍNEZ Subsecretario de Inspección.Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat (E), certifica que la arquitecta ADA MONTILLA GUERRERO identificada con cédula de ciudadanía No. 41.598.577. cumple con los requisitos establecidos legalmente para er designada provisionalmente como Curadora Urbana 3 de Bogotá D.C.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Conceder licencia temporal a la arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 51 .657.102, Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. del 26 de septiembre al 18 de noviembre de 2016 inclusive, de conformidad con las consideraciones que anteceden.

 

Artículo 2º. Designar provisionalmente a partir del 26 de septiembre de 2016. a la arquitecta ADA MONTILLA GUERRERO, identificada con cédula de ciudadanía No. 41.598.577, como Curadora Urbana 3 de Bogotá. D.C. mientras dura la licencia temporal de la titular.

 

Artículo 3º. Comunicar a las arquitectas ANA MARÍA CADENA TOBÓN y ADA MONTILLA GUERRERO, a la Curaduría Urbana 3 de Bogotá, D.C.. y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría.

 

Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.


 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 12 días del mes de septiembre del año 2016.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor