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PROYECTO DE ACUERDO No. 519 DE 2016 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA
IMPLEMENTAR LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL DISTRITO
CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1.
OBJETO DEL
PROYECTO. El presente proyecto busca generar
un marco distrital de acciones para el fomento de la educación superior en
Bogotá D.C. aprovechando la creación del Subsistema de Educación Superior. De acuerdo con las competencias
que tiene la Secretaria de Educación al respecto y de conformidad con los
lineamientos propuestos en el Documento de Política Pública “Acuerdo por lo superior 2034”, el propósito es
poder desarrollar paulatinamente en la ciudad de Bogotá las recomendaciones de dicha
política pública, construida en un escenario de 20 años. Partiendo de la autonomía universitaria y de
la heterogeneidad de actores, (115 Instituciones de Educación Superior públicas
y privadas, el SENA, instituciones para la formación del trabajo y desarrollo
humano) es necesario trabajar conjuntamente con estos, proponiendo desde el
Concejo de Bogotá un marco de lineamientos para que la Secretaría pueda trabajar
en estos aspectos, convirtiéndolo en una política de ciudad para lograr el acceso
con calidad a la educación superior de los jóvenes del distrito, guardando un
énfasis en aquellos egresados de educación media de los colegios oficiales de la ciudad
y aumentar su absorción principalmente en la
Universidad Distrital Francisco José de Caldas –UDFJC. La iniciativa que el distrito
trabaje en 5 aspectos para el fomento de la educación superior: ·
Descentralización de la oferta educativa. ·
Crear un modelo de
acompañamiento y orientación socio ocupacional. ·
Mejorar los niveles de
interlocución con las instituciones educativas distritales para facilitar la
absorción de graduandos a la educación superior. ·
Mitigar la deserción estudiantil y promover el paso
hacia el primer empleo. ·
Impulsar las TICS como un medio de educación fundamental, ejemplo de esto
es la implementación de Universidad Virtual, salas virtuales, entre otros. 2.
ANTECEDENTES Este proyecto
había sido radicado dos veces en el semestre anterior, una vez surtida la discusión del Plan de
Desarrollo Distrital vemos necesario ajustar el título y texto del proyecto de
acuerdo, para articularlo a lo que quedó plasmado en el Plan de Desarrollo
“Bogotá Mejor Para Todos” en el marco de la creación del Subsistema Distrital
de Educación Superior.
De los ponentes hemos recogido su análisis juicioso, varias de las
propuestas modificatorias se incluyeron en el articulado, por ejemplo de la
ponencia del Concejal Manuel Sarmiento recogimos su preocupación frente a la Universidad
Distrital, es por eso que se planteó un artículo puntual, en este tema. De la ponencia del Concejal Nelson Castro, acogimos su inquietud para que
Bogotá se constituya en una ciudad del conocimiento, en donde la ciencia, utilizando
las TICS como medio de educación fundamental. 3.
JUSTIFICACIÓN
DEL PROYECTO. El Ministerio de Educación
Nacional-MEN ha identificado varios problemas del sistema educativo en el país: ·
Desarticulación entre los diferentes niveles
educativos. ·
Ausencia de orientación vocacional y/o socio
ocupacional. ·
No existe movilidad entre los diferentes niveles y
modalidades educativas. ·
Altas brechas de inequidad en la oferta. ·
Necesidad de actualización y cualificación docente1 Por ello el Ministerio
expidió la Propuesta de Política
Pública para la excelencia de la educación superior en Colombia en el escenario
de la paz, denominada “Acuerdo por lo Superior 2034”. El “Acuerdo por lo Superior”, según el Documento del MEN se define en
el siguiente sentido: “Es una propuesta de
Política Pública construida sobre lo que el país espera para su educación
superior. Es producto del Gran Diálogo Nacional por la Educación Superior,
iniciado en 2012, por el Ministerio de Educación, y luego que el CESU
recorriera todo el país, analizara los aportes de expertos nacionales y
extranjeros y diagnosticara los problemas del sistema de educación superior. El
Acuerdo tiene 136 lineamientos que podrán ser implementados a partir de un plan
estratégico con metas esperadas a 2018, 2024 y 2034, y sirve para que el
Gobierno Nacional, el Congreso de la República, Planeación Nacional y los
Gobiernos Departamentales y municipales, entre otros, los incluyan en sus
planes de acción.2” Agrega la Propuesta que: “El Acuerdo por lo Superior
plantea un periodo de 20 años, que es una proyección viable para ir
introduciendo los cambios que definen las acciones prioritarias en el corto
plazo (2014-2018), en el mediano (2018-2024) y en el largo plazo (2024-2034),
comprometiendo a cinco periodos de gobierno nacionales, departamentales y
municipales, así como a varios periodos de gobiernos de las instituciones
de educación superior”3. (Subrayado
fuera de texto original). El modelo “Acuerdo por lo Superior 2034” está compuesto por 10
lineamientos a desarrollar por temas: 1.
Educación inclusiva. 2.
Calidad y pertinencia. 3.
Investigación. 4.
Regionalización. 5.
Articulación educación media y superior. 6.
Comunidad Universitaria y Bienestar. 7.
Nuevas modalidades educativas. 8.
Internacionalizacion. 9.
Estructura y gobernanza del sistema. 10.
Sostenibilidad financiera. Los puntos determinados por el Acuerdo por lo Superior 2034 para las
cuales las acciones territoriales deben enfocarse son: • Aumentar su cobertura con
inclusión. • Mejorar radicalmente la
calidad de sus instituciones y programas. • Acercar la ciencia,
tecnología e investigación al país. • Pensar la educación desde
las regiones. • Acabar las distancias
entre la media, la superior y la formación para el trabajo. • Mejorar las condiciones
de bienestar de profesores y estudiantes. • Apropiarse
definitivamente de las tecnologías. • Avanzar en las tendencias
internacionales. • Diseñar un nuevo modelo
de inspección y vigilancia. • Asegurar la
sostenibilidad financiera de las IES. Frente al tema de regionalización, la Propuesta de Política Pública
plantea también varios puntos que según nuestro punto de vista, Bogotá debe
empezar a trabajar, puntualmente: ·
Proponer la sub regionalización y la territorialización como un eje central del sistema. Las
gobernaciones y las alcaldías deben participar, junto con las IES, en la
definición de iniciativas regionales concertadas con los demás actores del
territorio a fin de fortalecer sus capacidades. ·
Elaborar planes decenales de formación del talento
humano de carácter regional con la participación de los comités departamentales
de educación, los comités regionales de competitividad, los CODECYTS o CODECTIS
¸ las secretarías de educación de los municipios de la región, el DNP, Mincomercio, Mintrabajo, el SENA,
COLCIENCIAS, los comités Universidad-Empresa y las instituciones educativas de
la respectiva región. Dichos planes deberán contener criterios orientadores
para la organización de la oferta educativa en las regiones y los medios para
estimularla. ·
Articular esfuerzos para desarrollar programas de
fortalecimiento de las competencias y capacidades político-administrativas de
gobernaciones, alcaldías, concejos y asambleas departamentales para la gestión
y fomento de la investigación, la ciencia, la tecnología, la innovación social
y la creación artística en las regiones y territorios4. Otro de los problemas que plantea el
documento es la “Articulación de la educación media con la educación superior y
la formación para el trabajo y el desarrollo humano: hacia un sistema de
educación terciaria”. Al respecto el “Acuerdo por lo Superior” hace referencia
a lo siguiente: “Son mínimos los procesos de orientación socio ocupacional que reciben
los jóvenes que culminan estudios de media en torno de objetivos de formación,
estructuras curriculares, ofertas diferenciadas, instituciones educativas y niveles
de estudio. La mayoría de ellos toma decisiones sobre su futuro a partir de
imaginarios y percepciones del mundo, la vida y el trabajo, basados en
limitados modelos de rol que encuentran en sus contextos. Esto incide en
materia grave en problemas de permanencia y deserción en los niveles de estudio
escogidos. Los estudiantes que
culminan la educación media (aproximadamente 800 mil al año), y que desean
continuar sus estudios, tienen dos opciones: la formación superior a nivel
técnico profesional, tecnológico y universitario; y la educación para el
trabajo y el desarrollo humano. En los
diálogos regionales, adelantados por el CESU, se ratificaron varios de los
diagnósticos que se han hecho sobre el sistema educativo colombiano, en el
sentido de que hay una ausencia de diálogo fluido, comprometido y programático
entre el sistema de educación de la básica y la media con el superior y con el
de la formación para el trabajo. Esto impide comprender las realidades y
alcances de cada nivel de formación, e incide en los altos niveles de deserción
que se registran en las opciones post-media.5” El reto del Ministerio, es contar con un sistema de educación terciaria que
reconozca la importancia de las instituciones de enseñanza terciaria, públicas y
privadas, que apoyan, junto a las IES, la creación de capacidades de orden superior
necesarias para el desarrollo6. En ese orden de ideas, la
administración distrital a través del Plan de Desarrollo, busca contar con un
Subsistema Distrital de Educación Superior, señala el artículo 16 del Plan: “Acceso con calidad a la educación superior. El objetivo de este programa es consolidar en
Bogotá un Subsistema Distrital de Educación Superior cohesionado, dedicado a
generar nuevas oportunidades de acceso, permanencia, pertinencia y al
fortalecimiento de la calidad de los programas virtuales y presenciales de las
Instituciones de Educación Superior – IES – y de Formación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano – FTDH – con asiento en el Distrito. Lo anterior, permitirá
la formación de capital humano desde la educación formal como a lo largo de la vida,
la innovación, la generación de conocimiento como resultado del fomento a la
investigación y de procesos de apropiación social de ciencia, tecnología y
cultura” El Subsistema Distrital de
educación superior será reconocido como la principal alianza de actores de
educación superior, ciencia y tecnología, capaz de convocar y formular
políticas de investigación y formación que respondan a los intereses de la
ciudad” Para ahondar dicha propuesta, la SED se propuso como meta “Crear el Subsistema de Educación Superior en
la ciudad, con un enfoque de avance en la Innovación, la Ciencia y la
Tecnología.” En sentido, las Bases del Plan de Desarrollo, sustenta lo siguiente: “El Subsistema de Educación
Superior del Distrito canalizará las estrategias de la administración para
responder a los retos que la ciudad demanda en materia de calidad, acceso y
permanencia, pertinencia e innovación. Esto significa generar dinámicas de
trabajo colaborativo, donde los actores que hacen parte del subsistema se
conozcan y reconozcan, generen sinergias y en conjunto con el Distrito
identifiquen oportunidades de mejora y de generación de nuevos proyectos. El subsistema buscará
incrementar las oportunidades de acceso a los diferentes niveles que conforman
el sistema de educación superior mediante diferentes modalidades presenciales y
virtuales, así como a la formación para el trabajo y desarrollo humano,
fortalecer la calidad de la educación mediante instrumentos como la
acreditación de alta calidad de los programas e instituciones de educación
superior (IES), velar por la pertinencia y calidad de las instituciones y
programas ofrecidos por la educación para el trabajo y el desarrollo humano,
propender por estrategias que con eficiencia y efectividad aseguren el éxito y
permanencia escolar en el sistema, sintonizar los resultados de la investigación
con la agenda de la ciudad (…)…. La estrategia de
conformación del Subsistema Distrital de Educación Superior le confiere un
papel crucial a la alianza entre actores públicos y privados. Por la
Administración Distrital, las Secretarías de Planeación, Desarrollo Económico y
Educación, así como la Alta Consejería Distrital de TIC, actuarán como agentes
articuladores de trabajo y ejercerán la gerencia estratégica del subsistema, que
estará conformado por las IES, las instituciones de FTDH, actores de Ciencia,
Tecnología e Innovación, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), así como
representantes del sector privado[1]”. El objetivo con este proyecto es profundizar lo planteado a través de
unos lineamientos para adecuar en cada uno de estos componentes, las líneas de
acción que permitan al Distrito cumplir con las acciones de fomento a la
educación superior. 3.1 LOS DESAFÍOS DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA EN EL MARCO DEL SUBSISTEMA DISTRITAL
DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El presente proyecto busca coadyuvar
a la sostenibilidad de la educación superior de la ciudad, especialmente el de
la Universidad Distrital Francisco José de Caldas-UDFJC, como única institución
oficial bogotana para atender la demanda de los egresados de los colegios. La
Universidad Distrital Francisco José de Caldas, fue creada mediante el Acuerdo
10 de 1948 por el Concejo de Bogotá, es un ente universitario autónomo del
orden distrital, con personería jurídica, gobierno, rentas y patrimonio propio
e independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes o
por el producto de impuestos, tasas o contribuciones y venta de servicios. La
Universidad Distrital Francisco José de Caldas tiene plena independencia para
decidir sobre sus programas de estudio, investigación y extensión. Puede
definir y reglamentar sus características, las condiciones de ingreso, los
derechos pecuniarios exigibles y los requisitos para la expedición de los
títulos correspondientes. Con la propuesta del Plan de Desarrollo Distrital: “La Universidad Distrital Francisco
José de Caldas, ente Universitario Autónomo del orden distrital de la capital
se erige como el socio estratégico en el marco del Subsistema para brindar oportunidades
de acceso a educación superior a los jóvenes del distrito, y el desarrollo de
programas de calidad vinculados a las apuestas de ciudad. Desde el Distrito, y
en el marco del Consejo Superior Universitario, se promoverán las condiciones
para que con los distintos actores de la comunidad académica se fortalezca el
buen gobierno institucional, su gestión y rendición de cuentas, así como la
culminación efectiva de sus procesos de acreditación institucional con lo que
se consolidará la cultura de la autoevaluación. Así mismo, se acompañará la
finalización y puesta en operación de las sedes en Bosa y Ciudad Bolívar y los
procesos de fortalecimiento institucional para el cumplimiento de sus funciones
misionales.7” Según datos oficiales del Ministerio de
Educación, el Distrito Capital concentra el 31% de la oferta de educación
superior del país, el 40% de los profesores y el 34% de los programas
acreditados también están localizados en la ciudad. El 33% de la matrícula de
la ciudad es oficial y el 67% privada, mientras que en la Nación representan un
52% y 48% respectivamente. La tasa de deserción se ubica en un 10,9%. En ese
sentido se plantean puntualmente superar los siguientes desafíos con este
proyecto de acuerdo. a.
Aumentar
la absorción de graduados de la Educación Media a la Educación Superior. En el año 2013, se graduaron 93.204
bachilleres, en el 2014 ingresaron a la educación superior 45.244, lo cual
significa una tasa de absorción de 48,54%.8 En ese
sentido, tenemos alrededor de 50.000 graduandos bachilleres que no acceden a la
oferta educativa superior de la ciudad. Dichas cifras, coinciden con las
reveladas por la Universidad Distrital Francisco José de Caldas (UDFJC),
institución educativa oficial de la ciudad, que señala en su informe No. 14 de
Universidad Visible que: “En Bogotá, se gradúan de educación media aproximadamente 90.000
estudiantes, de los cuales 55.000 provienen de colegios oficiales del Distrito:
la Universidad Distrital apenas alcanza a absorber el 7% del total de los
graduados de Bogotá y el 5% de los graduados de los colegios oficiales”.
(Subrayado fuera de texto original) Al respecto, la UDFJC ha señalado que la
tasa de absorción de la Universidad, es decir matriculados frente a los inscritos),
en el año 2003 fue de 17%, mientras que para el año 2014 ascendió al 23%, es
decir, que la Universidad en diez (10) años no ha logrado satisfacer la demanda
por cupos de educación superior, especialmente aquellos que son egresados de
colegios oficiales de la ciudad. La Academia superior de Artes de Bogotá-ASAB,
tiene la más alta tasa de absorción mientras que el área de Ciencias y
Educación representa la más baja de la Universidad; esto significa que la
Universidad no logra incorporar la cantidad de aspirantes que desean
matricularse en estos programas, como se observa en el siguiente gráfico: Fuente:
http://sigud.udistrital.edu.co/vision/filesSIGUD/Universidad%20Visible.pdf.
Febrero 13 de 2015. La UDFJC tiene alrededor de 23.871
estudiantes, distribuidos en 40 programas de pregrado. El informe de
Universidad Visible No. 15, estableció un posible incremento de cupos conforme
al comportamiento de dos escenarios posibles de ingresos. El escenario uno hace referencia a una
ampliación de la Estampilla que se vería reflejado desde el año 2021 y el
escenario dos, aumentando la base presupuestal del Distrito9, que para
el 2016 implicaría recursos adicionales por $19.341 millones. Bajo estos supuestos, el futuro de la oferta
educativa que brinda la Universidad Distrital, depende de la siguiente
proyección de recursos: b.
Descentralizar
la oferta educativa de la UDFJC- El papel de la U en la ciudad. Bogotá
cuenta con 115 Instituciones de Educación Superior en Bogotá, distribuidos de
la siguiente forma:
Fuente: Sistema Nacional
de Información de la Educación Superior (SNIES) Las universidades en Bogotá, están
concentradas en el borde oriental de la ciudad, especialmente ubicadas en las
localidades de La Candelaria, Teusaquillo y Chapinero. Se puede observar el
siguiente grafico para comprender el panorama: Fuente:
Universia.net Adiciona a ello, en el ranking de las
universidades Bogotá tiene entre las 10 mejores universidades del país, un
número de 6.
http://www.4icu.org/co/ En ese sentido, la oferta de educación
superior de la Universidad Distrital, ha expresado la necesidad de llegar a las
localidades para facilitar la absorción de los estudiantes y evitar la
deserción, en ese sentido: “(…) la Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”, en su papel de
foco educativo de la Ciudad, pretende generar políticas de descentralización
geográfica, con el objetivo de ser un constructor de núcleos de desarrollo
educativo que se cohesionan con la ciudad y la ciudadanía, con el propósito de
conformar espacios críticos de avance en el desarrollo incluyente de la ciudad.
En este sentido, proponemos a la Universidad como el lugar que crea ciudad. (…) toda vez que a partir de la dispersión geográfica de sus sedes ha
generado un acercamiento con la ciudadanía, procurando el aumento de cobertura
y calidad como condición necesaria para su desarrollo. Sin embargo, esta
cercanía debe ir acompañada de políticas administrativas que permitan la
centralización de la gobernabilidad institucional. (…) Ahora bien, el tema de la educación superior para la Ciudad implica
pensar una solución para más de 3,5 millones de jóvenes que son del Distrito,
de los cuales cerca de un 30% vienen de otros municipios demandando servicios
de educación.10” La Universidad Distrital cuenta con 8 sedes,
sin incluir la del Porvenir en Bosa, las cuales están distribuidas de la
siguiente forma:
Según la información de la Universidad
Distrital, se tiene proyectado que: “Dada la infraestructura nueva, este escenario es el que mayores
posibilidades posee de llevarse a la realidad, con proyectos que ampliaran los
cupos a 8.800 estudiantes nuevos en cada semestre. Sumado con la composición
actual este aumento representaría la absorción de 16% del total de graduados de
educación media y el 19% de colegios oficiales del Distrito en el año 202111” c. Diálogo sobre la Visión
conjunta al 2034 de la Universidad Distrital. El pasado 2 y 3 de septiembre de 2015, se realizó un taller conjunto del Consejo Superior Universitario y Consejo Académico, para identificar soluciones a problemáticas que enfrenta la institución. Según el documento publicado, resultado de dicho encuentro, la Visión 2034 se construye atendiendo los cuatro temas priorizados del ejercicio, es decir (i) Currículo y docencia, (ii) Investigación, (iii) Extensión e (iv) Internacionalización. Al respecto en dicho taller, Francisco Cajiao planteaba 3 grandes visiones de la Universidad a
2034: “Si
la Universidad Distrital quiere ser la más grande en cobertura, podría
plantearse el reto de ser en América Latina la única Universidad que absorbe el
100% de la población que termina bachillerato en la ciudad de Bogotá. Si
lo que quiere es ser la más grande por cantidad de sedes, entonces puede
plantearse el modelo de Escuela en Tu
Cuadra, en el cual con muchas sedes por Bogotá lograría ser la más
grande. Una Sede por localidad, por ejemplo. Por
otro lado si lo que se desea la Universidad Distrital es ser la más grande en
Centros de Investigación, es importante preguntarse si la Universidad Distrital
ha tenido el interés de investigar algunos problemas de la ciudad como la
movilidad, la gestión de la educación, la economía social, la gestión de la salud
y el urbanismo entre otros. De ocurrir esto, podría convertirse en la
Universidad referente en temas de desarrollo urbano, no sólo en Colombia sino
en Latinoamérica”12. El documento de trabajo también expresa que
19 participantes del taller consideraron que el relacionamiento estratégico de
la Universidad con la ciudad de Bogotá, es un tema clave para la Institución,
ubicándolo en el rango de prioridad entre 1 y 5. 14 consideran que el
fortalecimiento de la presencia de la Universidad en todas las localidades de
la ciudad es una gran oportunidad para la Universidad. Este resultado es
coherente si se observa que 13 personas consideran que la ampliación de
cobertura y el acceso a la Universidad es algo que la Institución debe tener en
cuenta13. Esto revela, una idea clara y precisa de los
temas que inquietan a los órganos de autoridad de la Universidad y que el
Distrito como el Concejo debe darle prioridad para permitir que el Acuerdo por
lo superior 2034, sea exitoso en Bogotá y permita fortalecer la oferta
educativa oficial que hoy brinda la Universidad Distrital. c.
FUNDAMENTO
LEGAL. La Constitución Política establece en su
Artículo 67, que la Educación Superior es un servicio público, el cual cumple
una función social desarrollada en la Ley 30 de 1992, el legislador ha garantizado
también la autonomía universitaria en los preceptos 28 y 57 de la Ley en
mención, como se señala a continuación: “Artículo 28. La
autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de
conformidad con la presente ley, reconoce a las universidades el derecho a
darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y
administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos,
definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y
culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores,
admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes, y establecer,
arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de
función institucional”. Artículo 57. Las universidades estatales u oficiales
deben organizarse como entes universitarios autónomos, con régimen especial y
vinculados al Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las
políticas y la planeación del sector educativo”14. Frente a estos dos puntos, es importante
aclarar que este proyecto no vulnera la autonomía que la Universidad tiene dado
que aprobar un proyecto de acuerdo de este tenor, no afecta la
auto gobernabilidad marcada en los siguientes puntos: ü
Darse y
modificar sus estatutos; ü
Designar
sus autoridades académicas y administrativas; ü
Crear,
desarrollar sus programas académicos, lo mismo que expedir los correspondientes
títulos; ü
Definir y
organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales
y de extensión; ü
Seleccionar
y vincular a sus docentes, lo mismo que sus alumnos; ü
Adoptar el
régimen de alumnos y docentes, y ü
Arbitrar y
aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función
institucional. Al contrario, permite generar un marco
normativo, tal y como lo enuncia la Carta Política en su artículo segundo donde
manifiesta que “son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad,
promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación
de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,
administrativa y cultural de la Nación (…)” Al respecto el Consejo Nacional de Educación
Superior-CESU ha señalado: “La Política Pública es una
brújula y resume los acuerdos y orientaciones estratégicas de todos los
estamentos de la educación superior y mostrando hacia dónde debemos ir como
país en educación superior; solamente así es posible llegar a los grandes
acuerdos nacionales que permitan impulsar las reformas necesarias a la Ley 30 y
a las otras leyes. (…) Los lineamientos son
viables en el inmediato, mediano y largo plazo, es que la política pública va
acompañada de un Plan Estratégico, con indicadores numéricos precisos
y metas esperadas para 2018, 2024 y 2034, que constituyen los insumos
técnicos para que el Congreso de la República, el Departamento Nacional de
Planeación y los Gobiernos municipales, entre otros, los incluyan en sus
respectivos planes de acción desde ya. (…)Aunque el CESU es un órgano
asesor del Gobierno Nacional en temas de política de educación superior, y no
tiene la función de tomar decisiones ejecutivas o legislativas, así como
tampoco de asignación de presupuestos, sí representa los intereses de la
sociedad en su conjunto y se compromete con el país en que ejercerá una
veeduría permanente para que se lleven a cabo los programas y proyectos que en
el plan estratégico prospectivo se han incorporado15”. El Concejo de Bogotá no ha sido ajeno al
fomento de la educación superior en la ciudad,
tenemos los siguientes antecedentes: El Acuerdo
257 de 2006 en su artículo señala que son funciones básicas de la
Secretaría de Educación, “…b) Formular, orientar y coordinar las
políticas y planes del sector. …f) Promover estrategias de
articulación de la educación con las demandas de la ciudad y las necesidades de
sus habitantes. …j) Fomentar la investigación
y su relación con los procesos de docencia, en coordinación con la Universidad
Distrital y en articulación con las instituciones de educación superior
radicadas en Bogotá”. Por eso el Concejo de Bogotá ha emitido
normas como el Acuerdo 37 de 1999 y el Acuerdo 273 de 2007. Acuerdo 37 de 1999, Creación, Fondo Distrital, para la
Financiación de la Educación Superior de los Mejores Bachilleres de los
Estratos 1 y 2. Acuerdo 273 de 2007, Establece estímulos para promover la
calidad de la educación en los colegios oficiales del Distrito Capital. Dispone
que el monto de los recursos del Fondo Cuenta para la Financiación de la
Educación Superior, se incrementará en 3.000 SMMLV con el fin de ampliar el
número de beneficiarios y beneficiarias de éste y orientar estos recursos a
cubrir los costos educativos de los bachilleres de los estratos 1, 2, y 3
egresados del sistema educativo oficial de Bogotá que obtengan los mejores
resultados en el ICFES y que ingresen a las instituciones de educación
superior, en las modalidades técnica, tecnológica y universitaria. El número de
estudiantes favorecidos será el que se pueda cubrir hasta agotar el presupuesto
de dicho fondo en cada año. Señala los requisitos para exonerar de deuda a
beneficiarios de los créditos otorgados por el Fondo. El Plan de Desarrollo Bogotá Humana
2012-2015 planteó dos metas en el proyecto “Educación Media fortalecida y Mayor
Acceso a la Educación Superior” con una inversión de $373.878 millones de
pesos. ü
2 nuevas sedes para la Universidad Distrital. ü
30.000 Nuevos cupos en educación pública distrital
superior. El Plan de Desarrollo Bogotá mejor para
todos 2016-2019 planteó las siguientes metas en el proyecto “Acceso con calidad
a la educación superior” ü
Crear 35.000 cupos en educación superior ü
Crear el subsistema de Educación superior en la
ciudad. a.
Competencia
del Concejo. El Decreto-Ley 1421 de 1993, Por el cual se dicta el régimen especial
para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá, señala en su artículo 12 que corresponde
al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: 1. Dictar las normas necesarias para
garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación
de los servicios a cargo del Distrito”. b.
Impacto fiscal. De conformidad con el artículo 7 de la Ley 819 de 2003 esta iniciativa
no demanda las apropiaciones fiscales, dado que se está estableciendo unas
líneas de acción que deben ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo
de la ciudad y con los recursos asignados a la Universidad Distrital. Cordialmente, Hs Cs Bancada Cambio Radical,
PROYECTO DE ACUERDO No. ____________ DE 2016 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA
IMPLEMENTAR LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL DISTRITO
CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. El Concejo de Bogotá D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el numeral1 del artículo 12 del Decreto
Ley 1421 de 1993, ACUERDA: ARTICULO 1. Objeto. Establecer lineamientos de fomento en la educación superior para que el
Subsistema de Distrital de Educación Superior en Bogotá D.C., sea la máxima instancia
articuladora de participación, discusión y consulta de las estrategias de la
Administración Distrital para para alcanzar el acceso con calidad a la
educación superior de los jóvenes del distrito la calidad. ARTICULO 2. Alcance. El Subsistema de Distrital de Educación deberá observar la autonomía
universitaria y convocar a los diversos actores de educación superior,
principalmente las Instituciones de Educación Superior públicas y privadas, el
SENA y demás Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano localizadas
en el Distrito. ARTICULO 3. Lineamientos. Las acciones de fomento promovidas dentro del Subsistema de Distrital
de Educación Superior, se realizarán conforme a los siguientes lineamientos: a.
Reconocer la heterogeneidad
de la oferta pública y privada de la educación superior, promoviendo la
descentralización de la misma y la movilidad de los jóvenes que desean acceder
a los cupos y opciones de financiación, observado las asimetrías de acceso a
educación superior por localidad. b.
Crear un modelo de
acompañamiento y orientación socio ocupacional para brindar a los jóvenes que
culminan sus estudios de educación media, la información necesaria para la
selección autónoma de una carrera. c.
Instaurar a Bogotá como una ciudad del conocimiento, en donde la ciencia,
la tecnología y la innovación sean el soporte de las estrategias del aprendizaje,
promoviendo las TICS como un medio de educación fundamental. d.
Incrementar los niveles
de interlocución con las instituciones educativas distritales para facilitar la
inscripción de los graduados de la educación media y promover su acceso por vía directa,
aumentado la oferta de cupos en las sedes y programas existentes. e.
Aunar esfuerzos para mitigar
la deserción estudiantil y el paso hacia el primer empleo, propendiendo por la
elaboración de convenios con el sector público y privado en la ciudad. ARTÍCULO 3. Fortalecimiento de la Universidad
Distrital. El Subsistema de Distrital de Educación desarrollará
un trabajo conjunto con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas para formular
un marco estratégico que propenda por examinar los aspectos críticos de desfinanciación, la falta de infraestructura y la
ampliación de sedes y programas en diferentes localidades de la ciudad. Para
ello, se adoptará un instrumento técnico de evolución presupuestal anual que
reconozca los gastos que tiene la Universidad, así como su pasivo pensional. ARTICULO 4. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLIQUESE (sic) Y CUMPLASE (sic) NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1RAMIREZ, NATALIA ARIZA.
Viceministerio de Educación Superior. SISTEMA DE EDUCACIÓN TERCIARIA. Ver: http://mineducacion.gov.co/1621/articles-323714_presentacion_1.pdf
2Ver: http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-344500_Brochure_acuerdo_Superior.pdf
3Ibídem. 4Otra
vez, Mineducación inicia construcción de lineamientos
de la política de regionalización en educación superior Ver: http://www.universidad.edu.co/index.php?option=com_content&view=article&id=6296%3A2015-10-30-11-15-42&catid=16%3Anoticias&Itemid=14 5http://www.dialogoeducacionsuperior.edu.co/1750/articles-319917_recurso_1.pdf
página 106. 6RAMIREZ, NATALIA ARIZA, Ibidem 7Bases del Plan de
Desarrollo, página 121-22 8Ver: http://www.mineducacion.gov.co/sistemasdeinformacion/1735/articles-212352_bogota.pdf 9La proyección de ampliación
de cobertura se elabora con base en la canasta de costos aprobada por el CSU
que establece que el costo promedio de un estudiante de pregrado es de 10 SMLV
para el 2015, ver Informe No. 15 de la Universidad Distrital. Ver: http://comunidad.udistrital.edu.co/planeacion/universidad-visible/
10Universidad Visible,
Publicación No 2, Febrero 20 de 2015. Oficina Asesora de Planeación y Control –
OAPC, Ver: http://sigud.udistrital.edu.co/vision/filesSIGUD/Universidad%20Visible%20N%202.pdf
11Universidad Visible,
Publicación No 14, 24 de junio de 2015. 12Diálogo sobre la
Visión conjunta al 2034 UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS, Octubre
6 de 2015. Ver: http://comunidad.udistrital.edu.co/reformaUD/files/2015/10/Informe-Ejecutivo-Taller-UD-VFinal-1.pdf
13Ibidem, Ver: http://comunidad.udistrital.edu.co/reformaUD/files/2015/10/Informe-Ejecutivo-Taller-UD-VFinal-1.pdf
página 14 14Ver: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=253
15El acuerdo por la educación
superior, publicado en http://www.las2orillas.co/el-acuerdo-por-la-educacion-superior/
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