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Decreto Local 020 de 2016 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
26/12/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5992 del 10 de enero de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 020 DE 2016

 

(Diciembre 26)

 

Por medio del cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y  31 de diciembre de 2017

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el catorce (14) de diciembre de 2016, la Junta Administradora Local de La Candelaria expidió el Acuerdo Local No. 018 de 2016 “Por medio del cual se aprueba el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2017”.

 

Que fue sancionado debidamente por el alcalde Local el 19 de diciembre de 2016.

 

Que de conformidad con el Decreto 372 de 30 de Agosto de 2010, se dio cumplimiento a los procedimientos establecidos en el mismo, para los efectos de la aprobación del presupuesto.

 

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos.

 

En mérito de lo anterior, este Despacho


DECRETA:

 

Artículo 1: Fijar el Presupuesto de INGRESOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017 por la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($27.643.192.000,00), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO 2017

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

16.778.517.000

2

INGRESOS

10.864.675.000

2  1

INGRESOS CORRIENTES

112.000.000

2  1  2

NO TRIBUTARIOS

112.000.000

2  1  2  03

Multas

110.000.000

2  1  2  99

Otros Ingresos No Tributarios

2.000.000

2 2

TRANSFERENCIAS

10.732.675.000

2 2 4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

10.732.675.000

2 2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

10.732.675.000

2 2 4 05 01

Vigencia

10.732.675.000

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

20.000.000

2 4 3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

20.000.000

2 4 3 02

Rendimientos Provenientes de Recursos de Libre Destinación

20.000.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

27.643.192.000

 

Artículo 2: Fijar el Presupuesto de GASTOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017 por la suma de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($27.643.192.000,00), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO INICIAL 2017

3

GASTOS

27.643.192.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1.956.639.000

3-1-2

GASTOS GENERALES

1.372.000.000

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

107.000.000

3-1-2-01-02

Gastos de Computador

40.000.000

3-1-2-01-03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

12.000.000

3-1-2-01-04

Materiales y Suministros

40.000.000

3-1-2-01-05

Compra de Equipo

15.000.000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

1.265.000.000

3-1-2-02-01

Arrendamientos

15.000.000

3-1-2-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

9.000.000

3-1-2-02-04

Impresos y Publicaciones

13.000.000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

969.029.000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

969.029.000

3-1-2-02-06

Seguros

117.072.000

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

32.400.000

3-1-2-02-06-04

Seguro de Vida Ediles

16.848.000

3-1-2-02-06-05

Seguro de Salud Ediles

67.824.000

3-1-2-02-08

Servicios Públicos

93.000.000

3-1-2-02-08-01

Energía

34.000.000

3-1-2-02-08-02

Acueducto y Alcantarillado

16.000.000

3-1-2-02-08-03

Aseo

9.000.000

3-1-2-02-08-04

Teléfono

29.000.000

3-1-2-02-08-05

Gas

5.000.000

3-1-2-02-11

Promoción Institucional

17.000.000

3-1-2-02-17

Información

18.899.000

3-1-2-02-18

Publicidad

13.000.000

3-1-8

OBLIGACIONES POR PAGAR

584.639.000

3-1-8-02

GASTOS GENERALES

584.639.000

3-1-8-02-01

Adquisición de Bienes

90.409.000

3-1-8-02-01-02

Gastos de Computador

44.804.000

3-1-8-02-01-04

Materiales y Suministros

37.670.000

3-1-8-02-01-05

Compra de Equipo

7.935.000

3-1-8-02-02

Adquisición de Servicios

494.230.000

3-1-8-02-02-01

Arrendamientos

4.208.000

3-1-8-02-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

1.332.000

3-1-8-02-02-04

Impresos y Publicaciones

13.000.000

3-1-8-02-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

420.691.000

3-1-8-02-02-05-0001

Mantenimiento Entidad

420.691.000

3-1-8-02-02-06

Seguros

22.196.000

3-1-8-02-02-06-0001

Seguros Entidad

20.305.000

3-1-8-02-02-06-0004

Seguro de Vida Ediles

1.891.000

3-1-8-02-02-11

Promoción Institucional

9.904.000

3-1-8-02-02-17

Información

22.899.000

3-3

INVERSIÓN

25.686.553.000

3-3-1

Inversión Directa

9.492.675.000

3-3-1-15

Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos"

9.492.675.000

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

1.979.048.000

3-3-1-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

1.304.048.000

3-3-1-15-01-03-1386

Subsidio bono tipo C

1.234.048.000

3-3-1-15-01-03-1387

Banco de ayudas técnicas

70.000.000

3-3-1-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

675.000.000

3-3-1-15-01-11-1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

675.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

3.891.997.000

3-3-1-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

949.268.000

3-3-1-15-02-17-1390

Parques mejores para todos

949.268.000

3-3-1-15-02-18

Mejor movilidad para todos

2.942.729.000

3-3-1-15-02-18-1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

2.942.729.000

3-3-1-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

474.633.000

3-3-1-15-03-19

Seguridad y convivencia para todos

474.633.000

3-3-1-15-03-19-1392

Candelaria más segura para todos

474.633.000

3-3-1-15-05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

300.000.000

3-3-1-15-05-37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

300.000.000

3-3-1-15-05-37-1394

Candelaria turística mejor para todos

300.000.000

3-3-1-15-06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

199.346.000

3-3-1-15-06-38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

199.346.000

3-3-1-15-06-38-1393

Candelaria ambiental mejor para todos

199.346.000

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

2.647.651.000

3-3-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

2.647.651.000

3-3-1-15-07-45-1395

Gobierno local legítimo

2.468.096.000

3-3-1-15-07-45-1396

Candelaria más participativa

179.555.000

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

16.193.878.000

3-3-6-14

Bogotá Humana

12.693.878.000

3-3-6-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

4.980.000.000

3-3-6-14-01-01

Garantía  del desarrollo integral de la  primera infancia

190.000.000

3-3-6-14-01-01-1259

Dotación y adecuación de espacios para la atención de la primera infancia

190.000.000

3-3-6-14-01-02

Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad

470.000.000

3-3-6-14-01-02-1263

Promoción y prevención en salud candelaria

470.000.000

3-3-6-14-01-03

Construcción de saberes- Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

370.000.000

3-3-6-14-01-03-1264

Educación extraescolar y dotación para estudiantes y población local

370.000.000

3-3-6-14-01-04

Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres

500.000.000

3-3-6-14-01-04-1265

Garantía, restitución de derechos, igualdad de oportunidades y eliminación de violencias hacia las mujeres

500.000.000

3-3-6-14-01-05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

1.650.000.000

3-3-6-14-01-05-1266

Ayudas técnicas a discapacitados no incluidas en el POS y subsidio tipo C para adulto mayor

650.000.000

3-3-6-14-01-05-1267

Inclusión social a personas en condición de fragilidad social y acciones afirmativas hacia diversas poblaciones

500.000.000

3-3-6-14-01-05-1268

Red de protección local  para niños, niñas, adolescentes y jóvenes

500.000.000

3-3-6-14-01-08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

1.800.000.000

3-3-6-14-01-08-1269

Candelaria  cultural y deportiva

1.800.000.000

3-3-6-14-02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

5.913.878.000

3-3-6-14-02-17

Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

350.000.000

3-3-6-14-02-17-1271

Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente

350.000.000

3-3-6-14-02-19

Movilidad Humana

4.813.878.000

3-3-6-14-02-19-1272

 

Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales

2.713.878.000

3-3-6-14-02-19-1273

Mantenimiento y adecuación de malla vial

2.100.000.000

3-3-6-14-02-20

Gestión integral de riesgos

550.000.000

3-3-6-14-02-20-1274

Gestión Integral de Riesgos

550.000.000

3-3-6-14-02-21

Basura Cero

150.000.000

3-3-6-14-02-21-1275

Plan Piloto de Basura Cero

150.000.000

3-3-6-14-02-22

Bogotá humana ambientalmente saludable

50.000.000

3-3-6-14-02-22-1276

Acciones para una Candelaria ambientalmente saludable

50.000.000

3-3-6-14-03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

1.800.000.000

3-3-6-14-03-24

Bogotá Humana: Participa y Decide

250.000.000

3-3-6-14-03-24-1277

Inclusión social para la participación ciudadana, la organización comunitaria y el control social a la gestión pública

250.000.000

3-3-6-14-03-27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

100.000.000

3-3-6-14-03-27-1278

Red social de convivencia y seguridad ciudadanas

100.000.000

3-3-6-14-03-31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

1.450.000.000

3-3-6-14-03-31-1279

Acciones de fortalecimiento institucional

1.450.000.000

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

3.500.000.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

27.643.192.000

 

Artículo 3: El presente Decreto rige a partir del primero (1º) de enero de 2017.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá. D. C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2016

 

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

 

Alcalde Local