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DECRETO
158 DE 2017 (Abril
5) Por
medio del cual se hace un nombramiento EL
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso
de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 20 de la
Ley 1797 de 2016 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo Distrital 641 del 6 de abril de 2016, el Concejo de Bogotá,
D.C. efectuó
la reorganización del "Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital" y
ordenó la fusión de las Empresas Sociales del Estado adscritas a la Secretaría
Distrital de Salud de Bogotá. Que
el artículo 3 del citado Acuerdo, estableció un período de transición de un año
contado a partir de su expedición y mediante Decreto Distrital 171 de 2016 se
efectuó la designación de los Gerentes de transición. Que
el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016 establece: "Los Gerentes o
Directores de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados para periodos
institucionales de cuatro (4) años, el cual empezará con la posesión y
culminará tres (3) meses después del inicio del periodo institucional del Presidente
de la República, del Gobernador o del Alcalde. Que
una vez aprobada la estructura organizacional y la planta de personal de la
Subred Integrada
de Servicios de Salud Centro Oriente, es procedente nombrar a la doctora MARTHA
YOLANDA RUÍZ VALDÉS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.837.463,
en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado Código 085 Grado 09. Que,
en mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1º.-
Nombrar a partir del 7 de abril de 2017 y hasta el 31 de marzo de 2020, a la doctora
MARTHA YOLANDA RUÍZ VALDÉS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.837.463,
en el cargo de Gerente Empresa Social del Estado Código 085 Grado 09 de la
Código Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E. S. E. Artículo 2º.-
Notificar a la doctora MARTHA YOLANDA RUÍZ VALDÉS, el contenido del presente
Decreto a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3º.-
Comunicar a la Secretaría Distrital de Salud y a la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del
presente Decreto, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de
esta última Secretaría. Artículo 4º.- El
presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE,
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado
en Bogotá, D.C., a los 05 días mes abril de 2017. ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde
Mayor de Bogotá, D.C |