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Decreto 356 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/07/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/07/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6113 del 11 de julio de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 356 DE 2017

 

(Julio 10)

 

Por el cual se modifica la planta de personal de la Secretaría Distrital del Hábitat

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del artículo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa  y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.

 

Que con el fin de cumplir con las funciones asignadas a la Secretaría Distrital del Hábitat, fortalecer las áreas misionales y el nivel profesional de la Entidad, resulta necesaria la adopción de una nueva planta de personal.

 

Que la Secretaría Distrital del Hábitat presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico para la modificación de la planta de personal de carácter permanente, y con base en éste, la entidad  emitió concepto técnico favorable  mediante oficio número 2016 EE26 l 4 del 13 de diciembre de 2016.

 

Que igualmente, la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuesta! mediante oficio con radicado No. 20 l 7EE76449 del 24 de abri I   de 2017.

 

Que para los fines de este decreto, existe apropiación y disponibilidad presupuesta! para cubrir el pago de salarios y prestaciones  sociales de los funcionarios que sean vinculados en la planta permanente

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo  Modificar la planta permanente de la Secretaría Distrital del Hábitat, con la creación de los siguientes cargos.

 

DENOMINACIÓN

COD

GR

No. CARGOS

PROFESIONAL 52

Profesional


Universitario



219



01



4



Profesional


Universitario



219



12



l



Profesional


Universitario



219



15



3



Profesional


Universitario



219



l 8



2



Profesional


especializado



222



22



7



Profesional


especializado



222



24



30



Profesional


especializado



222



27



5



TI



ÉCNICO 8



Técnico


administrativo



367



08



4



Técnico


administrativo



367



12



4



ASISTENCIA!. 6



Auxiliar


Administrativo



407



20



l



Conductor



480



10



5



TOTAL 66



 

 

Artículo 2º. Modificado por el art. 2, Decreto 458 de 2021.<El nuevo texto es el siguiente> Las funciones propias de la Secretaría Distrital del Hábitat serán cumplidas con la planta de personal que se establece a continuación:


N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

 

CÓDIGO

GRADO

 

DESPACHO DE LA SECRETARÍA

 

 

Uno (1)

Secretario de Despacho

 

020

09

Tres (3)

Asesor

 

105

05

4 (Cuatro)

Total planta Despacho

 

 

 

PLANTA GLOBAL

 

 

 

NIVEL DIRECTIVO

 

 

Seis (6)

Subsecretario de Despacho

 

045

08

Doce (12)

Subdirector Técnico

 

068

05

Uno (1)

Subdirector Administrativo

 

068

05

Uno (1)

Subdirector Financiero

 

068

05

Uno (1)

Jefe de Oficina

 

006

05

Veintiuno (21)

Total Nivel Directivo

 

 

 

NIVEL ASESOR

 

 

Uno (1)

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

 

115

07

Uno (1)

Total Nivel Asesor

 

 

 

NIVEL PROFESIONAL

 

 

Nueve (9)

Profesional Especializado

 

222

27

Uno (1)

Profesional Especializado

 

222

25

Treinta y cinco (35)

Profesional Especializado

 

222

24

Siete (7)

Profesional Especializado

 

222

22

Cinco(5)

Profesional Universitario

 

219

18

Cinco (5)

Profesional Universitario

 

219

15

Uno (1)

Profesional Universitario

 

219

12

Uno (1)

Profesional Universitario

 

219

07

Cuatro (4)

Profesional Universitario

 

219

01

Sesenta y ocho (68)

Total Nivel Profesional

 

 

 

NIVEL TÉCNICO

 

 

Cuatro (4)

Técnico Administrativo

 

367

12

Cuatro (4)

Técnico Administrativo

 

367

08

Ocho (8)

Total Nivel Técnico

 

 

 

NIVEL ASISTENCIAL

 

 

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

 

407

20

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

 

407

16

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

 

407

09

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

 

407

07

Uno (1)

Secretario

 

440

15

Cinco (5)

Conductor

 

480

10

Diez (10)

Total Nivel Asistencial

 

 

Total

Ciento doce (112) empleos

 

 


El texto original era el siguiente:

Artículo 2º La Secretaría Distrital del Hábitat cumplirá sus funciones con la planta de empleos permanentes que se fija a continuación.

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DE LA SECRETARÍA

Uno (1)

Secretario de Despacho

020

09

Tres (3)

Asesor

105

05

PLANTA GLOBAL

Seis (6)

Subsecretario de Despacho

045

08

Doce (12)

Subdirector Técnico

068

05

Uno (1)

Subdirector Administrativo

068

05

Uno (1)

Subdirector Financiero

068

05

Uno (1)

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

115

07

Nueve (9)

Profesional Especializado

222

27

Uno (1)

Profesional Especializado

222

25

Treinta y cinco (35)

Profesional Especializado

222

24

Siete (7)

Profesional Especializado

222

22

Cinco(5)

Profesional Universitario

219

18

Cinco (5)

Profesional Universitario

219

15

Uno (1)

Profesional Universitario

219

12

Uno (1)

Profesional Universitario

219

07

Cuatro (4)

Profesional Universitario

219

01

Cuatro (4)

Técnico Administrativo

367

12

Cuatro (4)

Técnico Administrativo

367

08

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

20

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

16

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

09

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

07

Uno (1)

Secretario

440

15

Cinco (5)

Conductor

480

10

Total

Ciento once (111) empleos


Artículo 3º La provisión de los cargos creados en el artículo primero se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004.

 

Los empleos existentes no sufrirán variación alguna y quienes ocupan éstos cargos en propiedad o provisionalidad no se verán afectados en sus derechos.

 

Artículo 4º La provisión de los empleos se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.3.1 y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública".

 

Artículo  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Distrital 536 de 2016.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de julio del año 2017.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR

 

Secretaria Distrital del Hábitat

 

NIDIA ROCIO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital