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LEY 1856 DE 2017 (Julio 26) Por medio de la cual se declara el 25 de octubre como el
Día Nacional de las Personas de Talla Baja EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ARTÍCULO 1°. Objeto. El objeto de la
presente ley es la inclusión de un grupo humano, desarrollando el principio
constitucional de la Igualdad en relación a las personas de talla baja,
entendidas como aquellas que tienen trastorno del crecimiento de tipo hormonal
o genético, caracterizado por una talla inferior a la medida de los individuos
de talla promedio colombiano, haciéndolas visibles dentro del territorio
nacional. ARTÍCULO 2°. Declárese el 25 de
octubre como el Día Nacional de las Personas de Talla Baja. ARTÍCULO 3°. El Gobierno, a través
de la organización estatal, en todas sus ramas, órganos, niveles y sectores,
adoptará las medidas necesarias para hacer efectivo el objeto de la presente
ley, desarrollando actividades que promuevan la inclusión social, igualdad y
respeto de los derechos humanos de las personas de talla baja. ARTÍCULO 4°. La presente ley rige a
partir de la fecha de su sanción, promulgación y publicación en el Diario
Oficial. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,
ÒSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA,
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES,
MIGUEL ÁNGEL PINTO HERNÀNDEZ
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE
REPRESENTANTES,
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
REPÚBLICA DE COLOMBIA GOBIERNO NACIONAL PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C.,
a los 26 días del mes de julio del año 2017 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN EL MINISTERIO DEL INTERIOR, GUILLERMO ABEL RIVERA FLÒREZ EL MINISTERIO DE SALUD
Y PROTECCIÓN SOCIAL,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE |