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PROYECTO DE ACUERDO
421 DE 2017 Por medio del cual se crea la Red Distrital de
Laboratorios Digitales Locales como como mecanismo de incentivo y fortalecimiento
a la red de innovación, tecnología y emprendimiento del Distrito Capital EL CONCEJO DE BOGOTÁ En uso de sus
facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
numerales 18 y 23 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Definición: Se entenderá por Laboratorio
Digital Local, el centro de innovación, tecnología y emprendimiento diseñado
bajo los lineamientos de la Secretaría de Desarrollo Económico con asistencia
de la Alta Consejería de las TIC Distrital, que se ubicará en cada una de las Localidades
del Distrito Capital. La creación, diseño, funcionamiento y mantenimiento de
los laboratorios digitales locales podrán ser apoyados por la academia, organizaciones
no gubernamentales, organizaciones y/o entidades privadas así como otras
entidades públicas distritales o nacionales. ARTÍCULO 2º. Objeto de los Laboratorios
Digitales: Los Laboratorios Digitales tienen como objetivo el
desarrollo de temas y contenidos de innovación, tecnología y emprendimiento que
impulsen el desarrollo económico del Distrito Capital. Los lineamientos y
contenidos de los laboratorios digitales serán definidos por la Secretaría de
Desarrollo Económico con asistencia técnica de la Alta Consejería Distrital de
TIC. Los Laboratorios Digitales Locales deberán articularse con los proyectos
de “ViveLab” desarrollados por la Alta Consejería Distrital de las TIC para
lograr el objetivo de consolidar una ciudadanía digital en las distintas Localidades
del Distrito Capital. ARTÍCULO 3º. Creación de la Red Distrital de
Laboratorios de Innovación, Tecnología y Emprendimiento del Distrito Capital: Créase
la Red Distrital de Laboratorios de Innovación, Tecnología y Emprendimiento del
Distrito Capital en cabeza de la Secretaría de Desarrollo Económico que tendrá
como objetivo la articulación de laboratorios, centros de investigación,
organizaciones gubernamentales, ONG, privadas y públicas que estén adelantando
proyectos de innovación, tecnología y emprendimiento en el Distrito Capital, y
en general aquellas iniciativas encaminadas a promover contenidos locales,
aplicaciones, servicios y plataformas TIC. Para consolidar la Red, la Secretaría de
Desarrollo Económico liderará mesas de trabajo periódicas, que se realizarán
por lo menos bimestralmente, teniendo en cuenta actores clave como la Alta
Consejería Distrital de TIC, redes de emprendedores y de innovación, grupos de
investigación, Bancada de la Innovación del Concejo de Bogotá, entre otros que
considere pertinentes. ARTÍCULO 4º Seguimiento: La
Secretaría de Desarrollo Económico implementará una metodología para el
seguimiento y evaluación de los laboratorios digitales locales que deberá
incluir como mínimo: 1. Cronograma de trabajo teniendo en cuenta las
actividades planeadas y las ejecutadas. 2. Estado de cada laboratorio digital local. 3. Temas y logros desarrollados en cada
laboratorio digital local. 4. Evaluación de desempeño de cada laboratorio
digital local. 5. Demás variables que considere pertinentes. PARÁGRAFO 1: La Secretaría de
Desarrollo Económico tendrá cuatro (4) meses, a partir de la entrada en
vigencia del presente Acuerdo, para implementar dicha metodología. PARÁGRAFO 2: La Secretaría de Desarrollo Económico presentará
informes semestrales de seguimiento y evaluación al Concejo de Bogotá, acerca
de la implementación y funcionamiento de los laboratorios locales, así como
acerca del desarrollo de la RED; su funcionamiento, integrantes,
administradores y/o creadores de cada laboratorio digital local y demás aspectos
que considere pertinentes. ARTÍCULO 5º. Vigencia. El
presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C. a los___del mes de ___ 2017 PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE XXXXXXXXXXXXXXX Presidente ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde mayor de Bogotá Ver documento anexo: exposición de motivos. |