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PROYECTO DE ACUERDO 442 DE
2017 Por el cual las entidades del Distrito implementan una ventanilla de
atención a población con discapacidad auditiva y sordomuda En ejercicio de
sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 1 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993, ACUERDA: Artículo 1.- Creación Ventanilla de Atención
Especializada. Créese
en las entidades distritales la ventanilla de atención a población con
discapacidad auditiva y sordomuda que contará con un servicio de intérprete
permanente. Artículo 2.-
Destinatarios. Serán destinatarias del
presente Acuerdo los organismos y entidades distritales, a quienes corresponderá la implementación de
que trata el artículo 1°. Artículo 3.- Loa coordinación y el seguimiento a
la implementación de la ventanilla de atención a población con discapacidad
auditiva y sordomuda estará a cargo del Consejo Distrital de Discapacidad. Artículo 4.- La capacitación de los funcionarios
encargados de brindar atención especializada a la población con discapacidad
auditiva y sordomuda estará a cargo de cada una de las entidades la cual será
incluida en sus Planes Anuales de Capacitación, ésta se llevará a cabo mediante
acciones coordinadas con la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Dirección
Distrital de Servicio al Ciudadano y con las demás entidades e instancias del
orden distrital cuyas competencias se encuentren relacionadas con el presente
acuerdo. Artículo 5.- Término
de implementación. El
plazo de implementación del presente acuerdo será 1 año, a partir de la fecha
de su publicación. Artículo 6.- Vigencia El presente Acuerdo rige a partir de
su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá, D. C.,
a los XX días del mes de XX de 2017. Nota: ver Anexo. |