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Proyecto de Acuerdo 428 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO 428 DE 2017

 

Por medio del cual se ordena la adopción de una estrategia integral para sensibilizar sobre el impacto, y determinar soluciones a propósito de la pérdida y el desperdicio de alimentos en la ciudad de Bogotá

 

EL CONCEJO DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial por las conferidas en el Numeral 1 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Objeto: El presente Acuerdo tiene como objetivo instar a la Administración Distrital a abordar, a través de la implementación de una estrategia integral, la problemática de perdida y desperdicio de alimentos a lo largo de la cadena de suministro y de consumo que tiene lugar en la Ciudad de Bogotá.

 

Artículo 2. Cuantificación del problema: La administración distrital desarrollará a través de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas una investigación cualitativa que permita identificar la magnitud del problema de desperdicio y pérdida de alimentos en el territorio Distrital.

 

Artículo 3. Medidas contra la pérdida y desperdicio de Alimentos: El Gobierno Distrital a través de la Secretaria de Desarrollo Económico diseñará e implementará una estrategia integral que permita disminuir las situaciones de pérdida y desperdicio de alimentos, que contemple las siguientes acciones de referencia:

 

a) Promover la investigación y el conocimiento en seguridad alimentaria y desarrollo de estrategias para prever la pérdida y desperdicio de alimentos.

 

b) Consolidar estrategias de sensibilización para evitar el desperdicio de alimentos en hogares.

 

c) Promover el pacto por la no destrucción, desnaturalización o eliminación de todo alimento o bebida por parte de supermercados, hoteles grandes superficies y centrales de abastos, de los alimentos que sean aptos para el consumo humano y no estén contaminados.

 

d) Expedir una manual para aprovechar al máximo los alimentos en hogares, a llamarse “Guía de buenas prácticas para evitar el desperdicio”

 

Parágrafo: En consonancia con el numeral c) del presente Artículo la Administración Distrital diseñará una plataforma informática cuyo objetivo es dar a conocer a Organizaciones no gubernamentales y al Banco de Alimentos de Bogotá lugares en los que existan excedentes de alimentos disponibles para el consumo. En dicho mecanismo, los supermercados, grandes cadenas, industrias, restaurantes y hoteles manifestarán disponibilidad de alimentos aptos para el consumo humano, y las ONGS, fundaciones debidamente registradas expondrán su interés en adquirirlas.

 

Sera obligación de las organizaciones benéficas recoger y almacenar los alimentos en condiciones higiénicas y distribuirlos adecuadamente.

 

Artículo 4: La administración Distrital evaluará la posibilidad de otorgar beneficios tributarios a organizaciones o empresas que presten servicios o generen bienes relacionados con la gestión sustentable de residuos de alimentos.

 

Artículo 5. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los ______ días del mes de ________ de 2016

 

Ver Anexo