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PROYECTO
DE ACUERDO 428 DE 2017 Por medio del cual se ordena la adopción de una estrategia integral para
sensibilizar sobre el impacto, y determinar
soluciones a propósito de la pérdida y el desperdicio de alimentos en la ciudad
de Bogotá EL CONCEJO
DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, En
ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial por las
conferidas en el Numeral 1 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993. ACUERDA: Artículo
1. Objeto: El presente Acuerdo tiene como objetivo
instar a la Administración Distrital a abordar, a través de la implementación de
una estrategia integral, la problemática de perdida y desperdicio de alimentos
a lo largo de la cadena de suministro y de consumo que tiene lugar en la Ciudad
de Bogotá. Artículo
2. Cuantificación del problema: La administración
distrital desarrollará a través de la Universidad Distrital Francisco José de
Caldas una investigación cualitativa que permita identificar la magnitud del
problema de desperdicio y pérdida de alimentos en el territorio Distrital. Artículo
3. Medidas contra la pérdida y desperdicio de Alimentos: El
Gobierno Distrital a través de la
Secretaria de Desarrollo Económico diseñará e implementará una estrategia
integral que permita disminuir las situaciones de pérdida y desperdicio de
alimentos, que contemple las siguientes acciones de referencia: a) Promover la investigación y el conocimiento en
seguridad alimentaria y desarrollo de estrategias para prever la pérdida y
desperdicio de alimentos. b) Consolidar estrategias de sensibilización
para evitar el desperdicio de alimentos en hogares. c) Promover el pacto
por la no destrucción, desnaturalización o eliminación de todo alimento o
bebida por parte de supermercados, hoteles grandes superficies y centrales de
abastos, de los alimentos que sean aptos para el consumo humano y no estén
contaminados. d) Expedir una manual para aprovechar al máximo los alimentos en hogares,
a llamarse “Guía de buenas prácticas para evitar el desperdicio” Parágrafo: En consonancia con el numeral c) del presente Artículo la Administración
Distrital diseñará una plataforma informática cuyo objetivo es dar a conocer a
Organizaciones no gubernamentales y al Banco de Alimentos de Bogotá lugares en
los que existan excedentes de alimentos disponibles para el consumo. En dicho mecanismo,
los supermercados, grandes cadenas, industrias, restaurantes y hoteles manifestarán
disponibilidad de alimentos aptos para el consumo humano, y las ONGS,
fundaciones debidamente registradas expondrán su interés en adquirirlas. Sera obligación de las organizaciones benéficas
recoger y almacenar los alimentos en condiciones
higiénicas y distribuirlos adecuadamente. Artículo 4: La administración Distrital
evaluará la posibilidad de otorgar beneficios tributarios a organizaciones o empresas que presten servicios o
generen bienes relacionados con la gestión sustentable de residuos de alimentos.
Artículo 5.
El presente acuerdo rige a partir de la fecha
de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los ______ días del mes de ________
de 2016 Ver Anexo |