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Proyecto de Acuerdo 456 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 456 DE 2017

 

Por medio del cual se establece la cátedra de la paz para Bogotá

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.


En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en la Constitución Política y en el Artículo 12, numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º.-  Establézcase para Bogotá D. C. la catedra de la paz como mecanismo efectivo para la construcción de una cultura de paz en todas las instituciones educativas oficiales y privadas  de preescolar, básica y media como una asignatura obligatoria e independiente.

 

Artículo 2º.-  Promover la catedra de la paz en las instituciones de educación superior en el marco de la Administración Distrital y autonomía universitaria.

 

Artículo 3º.-  La catedra de la paz del Distrito Capital desarrollará por lo menos dos (2) temas de los establecidos por el artículo 4  Decreto Nacional 1038 de 2015 consistentes en:

 

a) Justicia y Derechos Humanos;

b) Uso sostenible de los recursos naturales;

c) Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación.;

d) Resolución pacífica de conflictos;

e) Prevención del acoso escolar;

f) Diversidad y pluralidad;

g) Participación política;

h) Memoria histórica;

i) Dilemas morales;

j) Proyectos de impacto social;

k) Historia de los acuerdos de paz, nacionales e internacionales;

l) Proyectos de vida y prevención de riesgos.

 

PARÁGRAFO. La Secretaria de Educación del Distrito incluirá en los Proyectos Educativos Institucionales (PEI) conceptos basados en principios y valores integrales del perdón.

 

Artículo 4º.- El gobierno distrital incluirá dentro del plan institucional de capacitación a docentes y directivos docentes los programas y actividades con el fin de cumplir con los objetivos de la catedra de la paz.

 

Artículo 5º.- La Secretaria de Educación del Distrito será la encargada de realizar el  diseño, implementación y desarrollo de la catedra de la paz en Bogotá D. C.

 

Artículo 6º.-  Las entidades educativas oficiales y privadas de prescolar, básica y media deberán armonizar sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI) pertinentes, de acuerdo a los establecido en la Ley 115 de 1994 General de Educación.

 

PARÁGRAFO. La Secretaria de Educación del Distrito establecerá el plazo máximo y criterios metodológicos, para que las entidades educativas públicas del Distrito cumplan con la armonización de sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI). Y podrán ser adoptadas por los colegios privados.

 

Artículo 7º.-. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

 

Dado en Bogotá, a los _____ días del mes de __________ de 2017

 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.



Nota: ver anexos