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Ley 1863 de 2017 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
15/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/08/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50326 del 15 de agosto de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 1863 DE 2017

 

(Agosto 15)

 

Por medio de la cual se crea el reconocimiento por La Paz, Diana Turbay

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA


DECRETA:

 

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto crear el Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay, en conmemoración a su labor periodística con la que pretendió conseguir una salida negociable al conflicto armado, trabajando incansablemente para lograr una paz estable y duradera en Colombia.

 

Artículo 2°. Reconocimiento. Créese el Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay que se entregará anualmente para galardonar a quienes hayan contribuido de manera excepcional en la terminación del conflicto y en la construcción de una Paz estable y duradera en Colombia.

 

Artículo 3°. Facúltese al Gobierno nacional para que a través de la Presidencia de la República, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamente todo lo necesario para la aplicación y cumplimiento de lo aquí dispuesto, como: los requisitos para la postulación de candidatos, el método de escogencia, el galardón, así como la ceremonia de entrega del Reconocimiento por la Paz, Diana Turbay.

 

Artículo 4°. Vigencia. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

El Presidente del honorable Senado de la República,

 

Óscar Mauricio Lizcano Arango.

 

El Secretario General del honorable Senado de la República,

 

Gregorio Eljach Pacheco.

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

 

Miguel Ángel Pinto Hernández.

 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

 

Jorge Humberto Mantilla Serrano.

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de agosto del año 2017

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

El Ministro del interior,

 

Guillermo Abel Rivera Flórez.