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Decreto 452 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/08/2017
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 452 DE 2017

 

(Agosto 28)


Por el cual se crea un empleo en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad en cumplimiento de fallo judicial

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el JUZGADO CATORCE (14) CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ, D.C., al resolver la Acción de Tutela con radicado 2017 - 00756, impetrada por el señor FRANCIS VALENTÍN CALDERÓN QUINTANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.835.802, mediante proveído del 04 de julio de 2017, resolvió.

 

"PRIMERO: CONCEDER COMO MECANISMO TRANSITORIO LA TUTELA solicitada por FRANCIS VALENTÍN CALDERÓN QUINTANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.835.802, a los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, y al mínimo vital, de conformidad con las razones expuestas en la motiva de esta providencia.

 

SEGUNDO: ORDENAR a la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD que dentro de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a REINTEGRAR al señor FRANCIS VALENTÍN CALDERÓN QUINTANA a un cargo de iguales o mejores condiciones al que desempeñaba al momento de la finalización del vínculo laboral.

 

TERCERO: PRECISAR que el accionante cuenta con el término de cuatro (4) meses contados a partir de la notificación de este fallo, para instaurar la acción laboral de reintegro, incluyendo lo relativo a la indemnizaciones, salarios y prestaciones sociales que dejó de percibir durante el tiempo que estuvo desvinculado de su trabajo. Transcurrido este término, cesarán los efectos del fallo (…)”

 

Que frente al cumplimiento de fallos judiciales, la Corte Constitucional se ha pronunciado definiéndolas como órdenes de obligatorio cumplimiento que reconocen derechos a favor de las personas, en virtud de las cuales, la autoridad demandada tiene la obligación perentoria de cumplir con exactitud y oportunidad lo judicialmente ordenado y por consiguiente, es menester de la Administración adelantar las acciones administrativas pertinentes para dar debido cumplimiento a lo ordenado.

 

Que el empleo creado estará vigente por un término de cuatro (4) meses a partir de la notificación del fallo de tutela con radicado 2017-00756 0 hasta que se resuelva la acción judicial que eventualmente impetre en contra de la Secretaría Distrital de Movilidad el señor FRANCIS VALENTÍN CALDERÓN QUINTANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.835.802, de conformidad con el numeral 3 del fallo emitido por el Juzgado Catorce (14) Civil Municipal de Bogotá D.C., o cuando se configure otra de las causales que en el sub júdice den lugar al retiro.

 

Que en uso de las facultades conferidas en el artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital- DASCD -, mediante oficio No. 2017EE1288 01 del 18 de julio de 2017, emitió concepto técnico favorable para la creación de un empleo con denominación Técnico Operativo, Código 314, Grado 04 en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad en observancia de fallo judicial.

 

Que mediante oficio 2017EE128869 01 del 21 de julio de 2017, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda -SHD- expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Crear un (1) empleo en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad, en cumplimiento del fallo judicial del 04 de julio de 2017 proferido por el Juzgado Catorce (14) Civil Municipal de Bogotá D.C., dentro de la Acción de Tutela con radicado 2017 - 00756, así:

 

NOMBRE

CÉDULA

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

DEPENDENCIA

FRANCIS

VALENTIN

CALDERON QUINTANA

79.835.802

TÉCNICO OPERATIVO

314

04

DIRECCIÓN DE

CONTROL Y

VIGILANCIA

 

Parágrafo. El empleo creado mediante el presente Decreto estará vigente por un término de cuatro (4) meses a partir de la notificación del fallo de tutela referido o hasta que se resuelva la acción judicial que eventualmente impetre en contra de la Secretaría Distrital de Movilidad el señor FRANCIS VALENTÍN CALDERÓN QUINTANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.835.802, de conformidad con el numeral 3 del fallo emitido por el Juzgado Catorce (14) Civil Municipal de Bogotá, D.C., o cuando se configure otra de las causales que en el sub júdice den lugar al retiro.

 

Artículo 2°. El empleo creado mediante el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Movilidad, estando sujetos a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°. Una vez se extinga la situación que da lugar a la creación del empleo o el servidor vinculado se retire del servicio por cualquier de las causales señaladas en la ley, el cargo quedará automáticamente suprimido.

 

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Artículo 5°. Notificar el presente Decreto al señor FRANCIS VALENTIN CALDERON QUINTANA.

 

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de agosto del año 2017.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

 

Secretario Distrital de Movilización

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital