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PROYECTO DE ACUERDO 463 DE 2017
Por medio del cual se definen los parámetros para el diseño e implementación del programa de detección temprana y atención oportuna de la enfermedad de alzhéimer en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numerales 1 y 25;
ACUERDA:
ARTICULO 1°. Defínanse los parámetros para el diseño e implementación del programa de detección temprana y atención oportuna para las personas que padecen la enfermedad de Alzheimer en el Distrito Capital.
ARTÍCULO 2°. Para los efectos del presente acuerdo, la Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría de Integración Social, Secretaría de Educación y la Secretaría Distrital de Salud, promoverán desde su ámbito de competencia las intervenciones dirigidas a las personas con demencia causada a raíz del padecimiento del Alzheimer.
ARTÍCULO 3º. Son objetivos de este programa:
a. Identificar factores de riesgo poblacionales que predispongan a la enfermedad de Alzheimer.
b. Fomentar desde el Estado, la familia y la sociedad, la cultura del buen trato y el aprecio a los enfermos de Alzheimer.
c. Sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre la enfermedad.
d. Implementar estrategias de capacitación y preparación para los cuidadores de personas que padezcan Alzheimer.
e. fomentar colaboración intersectorial y ONG, para atención, cuidado y fomento de investigación sobre la enfermedad de Alzheimer.
ARTÍCULO 4°. Los gastos presupuestales que genere este acuerdo, serán con cargo a lo establecido en los presupuestos anuales de cada entidad.
ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
HORACIO JOSÉ SERPA MONCADA
Presidente Concejo de Bogotá D.C.
LUIS ALBERTO DONOSO RINCON
Secretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver Anexo.
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