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Decreto 69 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/03/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/03/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2839 de Marzo 25 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 069 DE 2003

(Marzo 20)

Derogado por el art. 17, Decreto Distrital 335 de 2006

"Por el cual se crea la Comisión intersectorial de Servicio al Ciudadano"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que los Centros de Atención Distrital Especializados - CADE - se estructuraron mediante el Decreto 150 de 1997.

Que el Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir Todos del Mismo Lado" en su objetivo "Gestión Pública Admirable" ha venido desarrollando el Programa Servimos al Ciudadano en el que se han obtenido importantes resultados en materia de servicio en la ciudad, con el concurso de las entidades del Distrito.

Que el artículo 45 de la Ley 489 de 1998 le otorga facultades al Gobierno para crear comisiones intersectoriales para la coordinación y orientación superior de la ejecución de ciertas actividades y servicios públicos, cuando por mandato legal o en razón de sus características estén a cargo de dos o más entidades del sector central o descentralizado, sin perjuicio de las funciones específicas en cada uno de ellos.

Que por lo anterior y con el fin de mantener los logros alcanzados y potenciarlos, se hace necesario institucionalizar dicho trabajo mediante la creación de una Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano.

Que por lo expuesto,

Ver la Directiva Distrital 02 de 2005

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Creación. Créase la Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano, conformada por los Jefes de Servicio al Ciudadano de las entidades Distritales, los Gerentes Comerciales de las entidades participantes en los CADE, RapiCADE, y SuperCADE y el Gerente de la Unidad Coordinadora del Programa CADE.

Parágrafo Primero: El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su Delegado presidirá la Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano que se crea por el presente Decreto. El Gerente de la Unidad Coordinadora del Programa CADE hará las veces de Secretario de la Comisión.

Parágrafo Segundo: Los miembros de la Comisión podrán delegar su participación, pero los delegados que participen deberán hacerlo con poder decisorio.

ARTÍCULO SEGUNDO. Reuniones y reglamento. La Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano se reunirá cada sesenta (60) días y podrá fijar y modificar su reglamento.

ARTÍCULO TERCERO. Funciones. Son funciones de la Comisión:

  1. Formular recomendaciones para optimizar el servicio al ciudadano en el Distrito Capital.

  2. Velar por una eficaz y eficiente prestación de los servicios en el Distrito.

  3. Definir planes conjuntos para optimizar el servicio al ciudadano en el Distrito Capital.

  4. Establecer mecanismos de seguimiento y control en la prestación de servicio al ciudadano.

ARTÍCULO CUARTO. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los 20 días de Marzo de 2003

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor