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CIRCULAR CONJUNTA 006 DE 2017
Cómo es de su
conocimiento, el Decreto Distrital No. 371 de 20101 3, en el
artículo tercero numerales 3 y 4, señala que las entidades del Distrito Capital
deben garantizar “el registro de la
totalidad de las quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes de información que
reciba cada Entidad, por los diferentes canales, en el Sistema Distrital de
Quejas y Soluciones, así como también la elaboración de un informe estadístico
mensual de estos requerimientos, a partir de los reportes generados por el
mismo, el cual deberá ser remitido a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., y a la Veeduría Distrital, con el fin de obtener una
información estadística precisa, correspondiente a cada entidad”. Por lo anterior, la
Veeduría Distrital y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, han
diseñado un formato para la elaboración y preparación del citado informe el
cual deberá ser implementado por las entidades distritales a partir del mes de
marzo y presentado en el mes de abril de la presente vigencia. En adelante, el
informe deberá ser presentado tanto a la Secretaría General, como a la Veeduría
Distrital a más tardar los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al
respectivo corte. La debida presentación
del informe en mención, debe ser registrada en la página web de la Red
Distrital de Quejas y Reclamos http://redquejas.veeduriadistrital. gov.co
- sin que se haga necesario remitir la información por oficio o de manera
escrita. Es importante destacar
que dicho formato fue elaborado y ajustado en desarrollo del trabajo realizado
por el nodo intersectorial de Informes PQRS, de la red Distrital de Quejas y
Reclamos. Esta circular deroga la 087 de 2015. Cualquier información
relacionada con el diligenciamiento del formato, podrá ser resuelta en el
correo serviciociudadania@veeduriadistrital.gov.co RAÚL BUITRAGO ARIAS Secretario General JAIME TORRES MELO Veedor Distrital NOTA DE PIE DE PAGINA: 1
Por
el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia
y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del
Distrito Capital”. |