RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Ley 1772 de 2016 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
06/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/01/2016
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 49747 del 06 de enero de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 1772 DE 2016

 

(Enero 06)

 

Por medio de la cual se declara patrimonio inmaterial, cultural, artístico y folclórico de la Nación, el desfile el Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, y se dictan otras disposiciones

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1o. Objeto. Declárese Patrimonio Inmaterial, Cultural, Artístico y Folclórico de la Nación, el desfile el Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali.

 

ARTÍCULO 2°. La República de Colombia, exalta a las Escuelas que participan activamente con sus espectáculos en el desfile el Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali.

 

ARTÍCULO 3o. La salsa quedará incluida dentro de las acciones culturales que contarán con el apoyo del Gobierno Nacional.

 

ARTÍCULO 4o. El desfile el Salsódromo como evento inaugural de la Feria de Cali, contará con espacios amplios y confortables para las personas con discapacidad.

 

ARTÍCULO 5o. Se incrementará y garantizará la presencia de la Fuerza Pública durante el evento del desfile el Salsódromo para garantizar mayor protección a los asistentes e invitados.

 

ARTÍCULO 6o. La Nación, a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al desarrollo, perpetuación, publicidad, programas, alocuciones por canales de televisión y medios de comunicaciones locales y nacionales, para la difusión y propagación del desfile el Salsódromo.

 

ARTÍCULO 7o. De las obras y su financiación. A partir de la sanción de la presente Ley y conforme a lo establecido en los Artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, la Ley 819 de 2003, se autoriza al Gobierno Nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación e impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación y del Programa Nacional de Concertación Cultural, las apropiaciones necesarias para el Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, al igual que la financiación, fomento y permanencia de las Escuelas de Salsa de Santiago de Cali en concordancia con la Administración Municipal.

 

ARTÍCULO 8o. Bailódromo, Créese “El Bailódromo”, como escenario físico y espacio para estimular la práctica y desarrollo del baile en sus diversas manifestaciones a través de academias y escuelas.

 

Parágrafo. Facúltese al Gobierno Nacional para que efectúe las asignaciones presupuéstales pertinentes para la construcción del Bailódromo en la Ciudad de Cali.

 

ARTÍCULO 9o. Vigencia. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación y deroga toda disposición que le sea contraría.

 

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

 

LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

 

GREGORIO ELJACH PACHACO

 

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES

 

ALFREDO RAFAEL DELUQUE ZULETA

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES

 

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO

 

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de enero del año 2016

 

EL VICEMINISTRO TÉCNICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ANDRES ESCOBAR ARANGO

 

LA MINISTRA DE CULTURA,

 

MARIANA GARCES CORDOBA