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CIRCULAR 042 DE 2017 (Octubre 23) PARA:
Subsecretarios Jurídicos, Directores Jurídicos y Jefes Oficinas Jurídicas de
las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos,
Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales del
Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades Públicas, Subredes
Integradas de Servicios de Salud, Veeduría Distrital, Contraloría Distrital,
Personería de Bogotá, Concejo de Bogotá, Alcaldes / as Locales, Rector del Ente
Universitario Autónomo. DE:
Subsecretario Jurídico Distrital ASUNTO:
Solicitud de información sobre la declaración de nulidad total o parcial de
Decretos Distritales De acuerdo al objeto señalado en el Acuerdo Distrital
638 de 2016 y el Decreto Distrital 323 de 2016, el cual establece la estructura
organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, constituyéndola “como ente
rector en todos los asuntos jurídicos del Distrito y tiene por objeto formular,
orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital; la definición,
adopción, coordinación y ejecución de políticas en materia de contratación
estatal, gestión judicial, representación judicial y extrajudicial, gestión
disciplinaria Distrital, prevención del daño antijurídico, gestión de la
información jurídica e inspección, vigilancia y control de las entidades sin
ánimo de lucro”1 En virtud de lo anterior y en desarrollo de la función
señalada en el numeral 122 del artículo 3 del Decreto Distrital 323 de 2016, se solicita enviar a la
Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico, la
información de aquellos Decretos Distritales en los cuales a través de un
proceso judicial se haya declarado la nulidad total o parcial de los mismos,
que correspondan a fallos del año 2015 a la fecha. Lo anterior, para efectos de analizar y verificar la
decisión ordenada por el respectivo Despacho Judicial, por tal razón, es
importarte que todas las entidades incorporen los fallos de cada proceso
judicial dentro del Sistema de Información de Procesos Judiciales- SIPROJ WEB. Para el envío de dicha información, se debe diligenciar una tabla que se describe a continuación, la cual debe ser remitida dentro de los treinta (30) días calendario a la fecha de publicación de la presente Circular, a los correos electrónicos cgamboa@secretariajuridica.gov.co, y mpescobarasecretariajuridica.gov.co. De igual manera, se precisa que luego de lo anterior, las entidades deberán actualizar y remitir la información en las mismas condiciones cada vez que se presente una nulidad total o parcial de algún Decreto Distrital.
Cordialmente, WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO Subsecretario Jurídico Distrital NOTAS
DE PIÉ DE PÁGINA 1 Artículo 2 del Decreto Distrital 323 de 2016 - Por medio del cual se establece la Estructura Organizacional de la Secretaria Jurídica Distrital. y se dictan otras Disposiciones" 2 “(...) 12. Ejercer la defensa del Distrito Capital en los procesos judiciales y mecanismos alternativos de solución de conflictos que, por razones de importancia económica, social. ambiental, de seguridad o cultural considere conveniente, así como ordenar el cumplimiento de sentencias_ conciliaciones y laudos arbitrales según el artículo 8 del Decreto 606 de 2011 o el que lo sustituya.” Elaboró: Claudia Yohana Gamboa Pineda María Pilar Escobar Remicio Revisó: Dr.
José Ignacio Córdoba Delgado Aprobó: William Antonio Burgos |