RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 012 de 2017 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
01/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6216 del 14 de diciembre de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 


DECRETO LOCAL 012 DE 2017

 

(Diciembre 1)

 

Por el cual se efectúa un traslado presupuestal entre rubros de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2017

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el numeral 1 del Artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.

 

Que de acuerdo con el oficio 20176720013633 de 10 de noviembre de 2017, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria, se solicita Certificados de Disponibilidad Presupuestal para efectuar un traslado entre rubros de inversión de la presente vigencia.

 

Que mediante radicado 2-2017-64756 de 24 de noviembre de 2017, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de la Inversión Directa del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

 

Que mediante radicado 2017EE293278 de 01 de diciembre de 2017, la Dirección Distrital de Presupuesto - DDP emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de la Inversión Directa del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

 

Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 515, 516, 517, 518, 519, 520 y 521 de 2017.

 

Que en mérito de lo expuesto anteriormente,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Inversión para la vigencia de 2017, de acuerdo con el siguiente detalle:

 


CÓDIGO

NOMBRE

MODIFICACION PRESUPUESTAL

3

GASTOS

  1.044.995.360

3-3

INVERSIÓN

  1.044.995.360

3-3-1

Inversión directa

794.615.115

3-3-1-15

Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos"

794.615.115

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

 794.615.115

3-3-1-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

 

3-3-1-15-01-03-1386

Subsidio bono tipo C

27.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

 

3-3-1-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

 

3-3-1-15-02-17-1390

Parques mejores para todos

693.615.115

 

3-3-1-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

 

3-3-1-15-05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

 

3-3-1-15-05-37

Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región

 

3-3-1-15-05-37-1394

Candelaria turística mejor para todos

74.000.000

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

250.380.245

3-3-6-14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

 139.600.860

3-3-6-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

 

3-3-6-14-01-08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

 

3-3-6-14-01-08-1269

Candelaria  cultural y deportiva

42.399.045

3-3-6-14-02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

 

3-3-6-14-02-17

Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

 

3-3-6-14-02-17-1271

Sensibilización, prevención y adecuaciones para la

recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente-

82.884.400

3-3-6-14-03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

 

3-3-6-14-03-31

Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional

 

3-3-6-14-03-31-1279

Acciones de fortalecimiento institucional-

14.317.415

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

110.779.385

4

TOTAL CONTRACREDITO

 1.044.995.360

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de Inversión para la vigencia de 2017 de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

MODIFICACION PRESUPUESTAL

3

GASTOS

 1.044.995.360

3-3

INVERSIÓN

 1.044.995.360

3-3-1

Inversión directa

 1.044.995.360

3-3-1-15

Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos"

 1.044.995.360

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

 

3-3-1-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

 

3-3-1-15-01-03-1387

Banco de ayudas técnicas

20.000.000

3-3-1-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

 

3-3-1-15-01-11-1389

Candelaria cultural y deportiva mejor para todos

74.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

 

3-3-1-15-02-18

Mejor movilidad para todos

 

3-3-1-15-02-18-1391

Movilidad y espacio público mejor para todos

693.615.115

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

 

3-3-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

 

3-3-1-15-07-45-1395

Gobierno local legítimo

257.380.245

 

TOTAL CREDITOS

 1.044.995.360

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dado en Bogotá, D. C., al 1 día del mes de diciembre de 2017.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

 

Alcalde Local de La Candelaria