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ACUERDO LOCAL 002 DE 2017 (Diciembre 14) Por
el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo
Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2018 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En ejercicio de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial, las que le confiere el
artículo 69 del Decreto ley 1421 de 1993 y el artículo 31 del Decreto Distrital
372 de 2010, y, CONSIDERANDO Que el Alcalde Local de Antonio Nariño presentó el proyecto de
presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del
término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010. Que la Secretaria Distrital de Hacienda mediante comunicación No.
2015EE275647 del 30 de octubre de 2017, comunico la Cuota de asignación por un
monto de $16.936.463.000 para la vigencia. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS –
en su sesión No. 20 del 30 de noviembre de 2017, emitió concepto favorable al
proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el
cual asciende a la suma de $40.458.537.000 Cuarenta mil cuatrocientos cincuenta
y ocho millones quinientos treinta y siete mil pesos M/cte., para la vigencia
fiscal 2018. Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el
Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, previo
concepto favorable del CONFIS. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO
PRIMERO: Fíjense
los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de
$40.458.537.000 Cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos
treinta y siete mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto
Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal
de enero 1 a diciembre 31 de 2018, por la suma de $40.458.537.000 Cuarenta mil
cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos treinta y siete mil pesos
M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO
TERCERO: El
presente Acuerdo rige a partir de su publicación y surte efecto fiscal a partir
del 1 de enero de 2018. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los 14
días del mes de diciembre del año 2017. CARLOS ARTEAGA MUÑOZ Presidente JAL Antonio Nariño ELIANA K. ROZO QUINTERO Secretaría JAL Antonio Nariño EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO Alcalde Local de Antonio Nariño |