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Decreto 722 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6222 del 22 de diciembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 722 DE 2017

(Diciembre 20)

Por medio del cual se concede la Orden al Mérito “Ciudad de Bogotá” a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá. D.C., en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con la Administración Distrital

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital 637 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creando el Sector Administrativo de Seguridad, Convivencia y Justicia, integrado por la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, modificó el Sector Administrativo de Gobierno, así como el Objeto y funciones de la Secretaria Distrital de Gobierno y dispuso que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumiría las funciones y programas que venía realizando la Secretaría Distrital de Gobierno en materia de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Que mediante el Decreto Distrital 555 de 2016 se estableció “(…) la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones. (…)" y se derogaron expresamente los Decretos Distritales 693 de 1971, 625 de 1972, 626 de 1974, 480 de 1991, 393 de 2004, 241 y 349 de 2008 y las Resoluciones Distritales 615 de 2001 y 19 de 2011.

Que el artículo 2 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.

Que el artículo 4 ídem señala que la Medalla “Ciudad de Bogotá” se concederá al Oficial, Sub-Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, que por sus méritos y servicios especiales al Distrito Capital y la Policía Nacional en el año inmediatamente anterior, se haga acreedor a ella por actos de valor, distinción en el cumplimiento del deber y buena conducta.

Que el artículo 12 ídem dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” tiene los siguientes grados: a) Gran Cruz Extraordinaria. b) Gran Cruz. c) Gran Oficial. d) Comendador. e) Cruz de Caballero.

Que el articulo 15 ibídem señala que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá” podrá concederse en el grado de Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o a la ciudad.

Que el artículo 16 del Decreto Distrital 555 de 2016, dispone que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá”  podrá concederse en el grado de Comendador tanto a colombianos como a extranjeros que por sus servicios importantes a la ciudad se hagan acreedores a dicha distinción.

Que el artículo 17 ídem señala que la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá" podrá concederse en el grado de Cruz de Caballero, a funcionarios del Distrito Capital, de Gobiernos Territoriales, y Gobierno Nacional o de Gobiernos Extranjeros, que a juicio del Consejo los hagan merecedores de esta distinción.

Que el articulo 19 ídem señala que la Medalla Cívica “Ciudad de Bogotá”, podrá concederse como reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial y a los ciudadanos colombianos o extranjeros eminentes que se hayan distinguido por su compromiso con Bogotá a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad, el bienestar de sus habitantes, la cultura ciudadana y el civismo.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones decidió, según consta en acta de sesión extraordinaria del 19 de diciembre de 2017, otorgar la Orden Civil a Mérito "Ciudad de Bogotá" en los distintos grados, así como la medalla “Ciudad de Bogotá”, a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá.

Que el personal de la Policía Metropolitana de Bogotá. D.C., propuesto ha venido apoyando continuamente la labor administrativa y protocolaria que se desarrolla en la administración distrital, demostrando  su entrega y compromiso en garantizar la seguridad, no solo del Señor Alcalde Mayor, sino de todos los ciudadanos que participan y acompañan sus actos públicos, arriesgando en muchos casos su vida y su integridad física al contribuir a la seguridad y al mantenimiento de condiciones óptimas en los actos públicos en los cuales participan los ciudadanos.

Que la Jefe de la Oficina de Protocolo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, revisó los certificados de antecedentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Policía Nacional, la Oficina de Atención al Ciudadano MEBOG y el Grupo de Seguimiento y Control Disciplinario de MEBOG (sistema de información disciplinaria SIJUR), señalando que el referido personal uniformado no presenta sanciones de tipo disciplinario, fiscal, penal o quejas contra ellos vigentes.

Que el trabajo realizado por el personal de la Policía Metropolitana de Bogotá a condecorar, facilita la labor de la Administración Distrital generando seguridad en los momentos de acercamiento entre el Alcalde Mayor y los ciudadanos en los diversos espacios públicos en los cuales se desarrolla su agenda de gobierno.

Que por lo anterior se hace necesario realizar un justo reconocimiento a los siguientes miembros de Policía Metropolitana de Bogotá, relacionados en la parte resolutiva del presente acto administrativo, los cuales por su compromiso y entrega se hacen merecedores de exaltar esta digna labor.

En mérito de lo expuesto.

DECRETA:

Artículo 1°. OTORGAR la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en el Grado que se indica a continuación, a un personal de la Policía Nacional de Colombia:

CATEGORÍA “GRAN OFICIAL”

GRADO

APELLIDO Y NOMBRES

TC

Vásquez Arguello Diego Fernando

MY

Vargas García Arturo Enrique

MY

Fonseca Barbosa José Cristóbal

 

CATEGORÍA “COMENDADOR”

GRADO

APELLIDO Y NOMBRES

TE

Sandoval Delgado Diana Mireya

SC

Vacca Cely Fabricio

SI

Lavacude Cadena Wilder

SI

Pastor Hernández Hugo Fernando

SI

Leo Garavito Gustavo Esneyder

PT

Palacios Salas Leidy Viviana

PT

Gil Peña Jaime Armando

PT

Rodríguez Garzón Oscar Iván

PT

Forero Castellanos Jefferson

PT

Jhonson Dávila Gabriel Enrique

 

CATEGORÍA “CRUZ DE CABALLERO”

GRADO

APELLIDO Y NOMBRES

TE

Sandoval Delgado Leidy Alejandra

IT

Hastamorir Moreno Julio Cesar

IT

Moreno Rojas Martha Isabel

IT

Cañón Quiroga Alexander Augusto

IT

Moya Moreno José Giovanny

IT

Pérez Sierra Fernando Antonio

SI

Méndez Tenjo José Giovanny

PT

Árias Ortíz Andersson

PT

Camargo Castro Ulises

PT

Cárdenas Pacheco Javier Enrique

PT

Rocha Julio Cesar

PT

Rodríguez Pulido Jauder Humberto

PT

Torralba Marín Alberth Andrés

PT

Gutiérrez Puentes Carlos Mario

PT

Sacristán Parada Alexander

PT

Ocampo Buitrago Carlos Augusto

PT

Suárez Caballero Juan de Jesús

PT

Espitia Benítez Oscar Fabián


Artículo 2°. OTORGAR la medalla “Ciudad de Bogotá” al siguiente personal de la Policía Nacional de Colombia:

GRADO

APELLIDO Y NOMBRES

MY

Guzmán Amaya Carlos Andrés

MY

Carvajal Peñalosa Manuel Leonardo

TE

Urrego Morales Jonathan Steve

IJ

Gómez Peña Álvaro

PT

Cárdenas Cajamarca Jhon Alexander

PT

Molina Rodas Dy Jeferson

PT

Barbosa Montealegre Oscar Andrés

PT

Arias Ortíz Yidiar Leandro

PT

Cruz Perdomo Erly Lorena

PT

Barón Crispín Kelly Mar

PT

Duitama Sánchez Juan Carlos

Artículo 3°. En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de las condecoraciones descritas en este Decreto.

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2017.

ENRIQUE PEÑAOLOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Gran Maestre

DANIEL MEJIA LONDOÑO

Secretario Distrital de Seguridad. Convivencia Justicia

Gran Canciller